Ubicación
Dirección: San Juan 427
Exhibición: Previo Coordinar con Martillero
Ya no se puede realizar el depósito requerido para participar de la subasta.
Fecha vencimiento:
Porcentaje a abonar: % del valor + comisiones + costo medio de pago
Porcentaje a abonar: % del valor + comisiones + costo medio de pago
Ya no se puede realizar el depósito requerido para participar de la subasta.
Fecha vencimiento:
Porcentaje a abonar: % del valor + comisiones + costo medio de pago
Porcentaje a abonar: % del valor + comisiones + costo medio de pago
Freezer de una tapa sin marca visible color blanco
En el estado visto que se encuentra.
Lugar de exhibición: San Juan 427, Villa María, Pcia. Córdoba, previo comunicarse con el Martillero.-
IMPORTANTE: Concluido el acto de subasta y determinado el ganador, éste será notificado en su Panel de Usuario del Portal, y supletoriamente a la dirección de correo electrónico que hubiere denunciado al momento de su inscripción, donde se le brindara toda la información para abonar dentro de las 48 hs.-No verificado el pago por el adjudicatario en el plazo establecido, será considerado remiso e informáticamente se dará aviso al segundo o tercer mejor postor para que proceda al pago. Además se procederá a la multa por inflamiento de la oferta.-
Multa: Ante el incumplimiento del adjudicatario, la Dirección de Administración del Poder Judicial de Córdoba, quedará habilitada para perseguir el cobro de la suma que resulte de calcular el 20% del valor ofertado, en concepto de cláusula penal, por incumplimiento de su oferta, según lo dispuesto por los arts. 974 y 790 sgts. Y concs. del CCC, mediante certificado de deuda emitido por el Tribunal, en los términos del art. 347 de la ley 6006, siendo el monto resultante destinado a la cuenta de Tasa de Justicia.-
VILLA MARIA, 18/02/2026. Proveyendo a “subasta-solicita”: téngase presente lo manifestado por el martillero actuante (los bienes muebles secuestrados oportunamente y detallados en el acta de secuestro, no tienen número de serie, por lo cual el Registro de Créditos Prendarios no podrá identificarlos). Atento lo solicitado y constancias de autos, SÁQUESE A LA VENTA a través del portal de subastas judiciales electrónicas, conforme “Reglamento” aprobado por el anexo único del Acuerdo Reglamentario Nº167 – SERIE “B”, de fecha 16.05.2024, con intervención del martillero designado, CARLOS ALBERTO ZURRO M.P. 01-988, los bienes muebles embargados y secuestrados en autos, habiéndose confeccionado con fecha 04/02/2026 el loteo de bienes, los que a continuación se detallan: 1) Secarropas color blanco marca Drean $ 20.000, 2) Televisor color negro marca Philips $ 40.000, 3) Ventilador de pie marca Embassy $ 30.000, 4) Freezer de una tapa sin marca visible color blanco $ 50.000, 5) Dos parlantes portátiles uno marca Harrison y el otro Sanray $ 10.000, solicitando salgan con estos valores estimados como Base y con posturas de $ 5.000; en el estado visto y en que se encuentran.
Una vez concluido el acto de subasta, el lote será adjudicado al postor que hubiere realizado la mejor oferta en cada caso. Se hace saber que la venta se efectúa previa exhibición, por lo que no se admitirán reclamos sobre el estado y/o faltantes; los compradores carecerán de derecho y acción para reclamar cualquier rubro, concepto o indemnización, emergente o vinculado al estado actual de los bienes, deterioros, menoscabo, daños y cualquier otra situación respecto de su estado general y/o particular tanto en lo principal como en sus accesorios y/o cualquier otro ítem vinculado a los mismos y carecerán de derecho para reclamar vicios ocultos o redhibitorios de dichos bienes. Se hace saber que el costo y gastos de desarme, retiro y traslado de los bienes y de toma de posesión, son por cuenta de los compradores. Los usuarios registrados en el Portal podrán participar como postores. El ganador deberá efectuar el pago, exclusivamente a través de las modalidades autorizadas en el portal, del ciento por ciento (100%) del valor de su compra, con más la comisión de la ley al martillero, y el aporte del cuatro por ciento (4%) sobre el precio de la subasta (Fondo para la prevención de la violencia familiar, Art 24 Ley 9505, modif. por Decr. N° 480/14), y demás comisiones e impuestos que resulten a su cargo, dentro del plazo de 24 (veinticuatro) horas de finalizado el remate. El acto de subasta tendrá una duración de cinco (5) días hábiles, y se iniciará el día 20 de abril de 2026 a las 12:00 hs., momento a partir del cual los usuarios registrados podrán efectuar sus posturas en el Portal de Subastas, finalizando el día 27 de abril de 2026 a las 12:00 hs. sin perjuicio de la prórroga derivada del uso de la opción de “minuto adicional”. Atento la modalidad virtual, no se admitirá la compra en comisión.
La subasta se realizará sin base, al mejor postor, estableciéndose un monto mínimo para las posturas de pesos diez mil ($20.000) para el lote 1, pesos cuarenta mil ($ 40.000) para el lote 2, pesos treinta mil ($30.000) lote 3, pesos cincuenta mil cincuenta mil ($ 50.000) lote 4 y pesos diez mil ($ 10.000) para el lote 5, debiendo abonar el mejor postor el cien por ciento (100%) del valor de su compra, con más la comisión de la ley del martillero y demás comisiones e impuestos que resulten a su cargo, dentro del plazo de 48 (cuarenta y ocho) horas de finalizado el remate (art. 30 A.R.) y el aporte del 4% sobre el precio de la subasta (Fondo para la Prevención de la Violencia Familiar, art. 24 Ley 9505, modif. por decreto N° 480/14. Sólo podrán utilizarse las modalidades de pago previstas expresamente en el Portal.
Publicítese en el Portal de Subastas Judiciales durante un plazo mínimo de siete (7) días corridos (art. 18 A.R.).
Hágase saber al ejecutante que en caso de solicitar autorización de compensar hasta el importe de su crédito y sin perjuicio de aquellos de mayor privilegio y gastos de subasta, deberá inscribirse como postor (art. 22, segundo párrafo A.R.).
Una vez concluido el acto de subasta, el Tribunal adjudicará el bien a quien hubiere realizado la mejor oferta, y agregará al expediente, a requerimiento del Martillero, la constancia –como acta provisoria de subasta- del resultado del remate. Todo ello será asentado en el acta definitiva de subasta, la cual se pondrá a la oficina por el plazo y a los efectos de ley (art. 32 A.R.). El ganador será notificado en su panel de usuario del Portal y -supletoriamente- a la dirección de correo electrónico que hubiere denunciado al momento de su inscripción, para que proceda al pago en los términos arriba dispuestos.
Póngase en conocimiento de las partes, la cuenta a la vista para uso judicial abierta para estos autos Nº Cuenta 304 / 4630702, CBU: 0200304551000004630724. El adjudicatario deberá efectivizar el pago de la totalidad del precio dentro del plazo de cuarenta y ocho horas (48 hs.), debiendo adjuntarse la constancia respectiva en el propio portal.
Una vez verificado el pago por el Tribunal en su Panel de Control, se procederá conforme lo establecido en la legislación procedimental (art. 30 del A.R.). No constando en el Portal el pago por el adjudicatario en el plazo de 72 (setenta y dos) horas, y previo emplazamiento a este último, será considerado remiso e informáticamente se dará aviso al segundo mejor postor para que proceda al pago. En su defecto, se dará aviso al tercer mejor postor (siempre que este último no sea el postor incumplidor). En el caso de que éstos no mantengan su interés en la compra, la subasta se declarará desierta (art. 33 del A.R.). Los pedidos de suspensión o cancelación de la subasta deberán formalizarse con una anticipación de 24 (veinticuatro) horas a la fecha prevista como finalización, bajo pena de inadmisibilidad; debiendo transcribirse tal apercibimiento en la cédula de notificación del decreto que ordena la subasta (Art. 27 A.R.).
Hágase saber al Martillero que deberá:
A) Publicar en el “Portal” una descripción detallada de los bienes, al menos 6 (seis) fotografías y 1 (un) video. Además de las fotografías, datos profesionales y de contacto del Martillero designado y todo otro dato que pueda resultar de interés y que surja de las constancias de autos. Ello deberá reflejar adecuadamente el estado, calidad y dimensiones de los bienes objeto del acto.
B) Responder adecuadamente las consultas de los interesados en el plazo de dos (2) días de realizada la consulta en el “Portal”, de manera de que los interesados tengan real dimensión de las características de los bienes objeto de la venta y asimismo deberá exhibir los bienes al menos durante un día antes de la fecha fijada para la subasta;
C) Presentar una cuenta de gastos tres (3) días antes de la subasta (art. 53 inc. a de la citada ley);
D) Rendir cuentas dentro del plazo de diez (10) días, en los términos y bajo el apercibimiento fijado por el art. 13 inc. K de la Ley Provincial N° 7191;
E) Remitir, en el término de 3 días hábiles, por correo electrónico, a la casilla de correo subastas@justiciacordoba.gob.ar , la planilla mencionada en el punto II) de los Considerandos de dicho acuerdo -como archivo adjunto- con el asunto “Informe AFIP”. Luego incorporar al expediente una constancia de esa remisión. Hágase saber a todos los interesados -en los términos del art. 34 A.R.- que ante el incumplimiento del adjudicatario, la Dirección de Administración del Poder Judicial de Córdoba quedará habilitada para perseguir el cobro de la suma que resulte de calcular el veinte por ciento (20%) del valor ofertado, en concepto de cláusula penal por incumplimiento de su oferta, según lo dispuesto por los artículos 974 y 790 siguientes y concordantes del Código Civil y Comercial de la Nación, siendo el monto resultante destinado a la cuenta de Tasa de Justicia. Cumpliméntese las demás formalidades de ley y lo dispuesto por el reglamento referido.
Cumpliméntese las demás formalidades de ley y lo dispuesto por el reglamento referido. Asimismo, denuncie el martillero actuante en autos fecha y lugar en que exhibirá los bienes objeto de subasta.
Notifíquese a las partes con transcripción del apercibimiento contenido en el art. 34 del Acuerdo Reglamentario.
Por último, se hace saber que en atención a la fecha de secuestro de los bienes (13/11/2025) y en razón de lo dispuesto por el art. 2 R.E., los gastos de conservación y custodia posteriores serán a cargo del ejecutante.
Notifíquese a la parte ejecutada con una antelación de diez días (art. 571 CPCC).
| Texto Firmado digitalmente por: | ROMERO Arnaldo Enrique JUEZ/A DE 1RA. INSTANCIA Fecha: 2026.02.18 |
| YATCHESEN Nadya Sofia PROSECRETARIO/A LETRADO Fecha: 2026.02.18 |
ACTA DE SECUESTRO En la localidad de Chazón, a los 13 días del mes de noviembre del año 2025, en cumplimiento del Oficio librado en autos caratulados "MUSICALÍSIMO S.A. c/ SWINT, CÉSAR DANIEL – EJECUCIÓN POR COBRO DE LETRAS O PAGARÉS" (Expte. Nº 11278540), con fecha 10/11/2025, se procedió al SECUESTRO de los bienes detallados en el mencionado oficio, a saber: un secarropas color blanco marca Drean, un televisor color negro marca Philips de pantalla plana, un ventilador de pie marca Embassy, un freezer de una tapa sin marca visible color blanco, y dos parlantes portátiles, uno marca Harrison y otro marca Sanray, todo ello con la presencia y autorización del martillero público Carlos Alberto Zurro. Asimismo, se deja constancia de que los bienes secuestrados quedan en posesión del citado martillero público, conforme a lo dispuesto, y que el procedimiento se realizó Quntave lss4 sin incidentes. Quien los traslada =a calle ciuda d de villa hana - Seguidamente intimo al demandado en los términos del art. 570 incs. 1 del C. de P.C. para que manifieste en el término de tres días si los bienes secuestrados están prendados o embargados, en el primer caso nombre y domicilio del acreedor y monto del crédito y en el segundo, el tribunal, secretaria y caratula del expediente. Con lo que se da por finalizado el presente acto, firmando y sellando para constancia, Doy fe. Melina Rita García Juez/a de Paz - Localidad de Chazón Dpto. General San Martín - Provincia de Córdoba CARLOS ALBERTO ZURRO MARTILLERO JUDICIAL M.P. 01-988 olo i Mariela delUelle Rivsrdde 283350/3. SADO DE BA PODER JUDICIH CHAZON hu do puy
Freezer de una tapa sin marca visible color blanco
En el estado visto que se encuentra.
Lugar de exhibición: San Juan 427, Villa María, Pcia. Córdoba, previo comunicarse con el Martillero.-
IMPORTANTE: Concluido el acto de subasta y determinado el ganador, éste será notificado en su Panel de Usuario del Portal, y supletoriamente a la dirección de correo electrónico que hubiere denunciado al momento de su inscripción, donde se le brindara toda la información para abonar dentro de las 48 hs.-No verificado el pago por el adjudicatario en el plazo establecido, será considerado remiso e informáticamente se dará aviso al segundo o tercer mejor postor para que proceda al pago. Además se procederá a la multa por inflamiento de la oferta.-
Multa: Ante el incumplimiento del adjudicatario, la Dirección de Administración del Poder Judicial de Córdoba, quedará habilitada para perseguir el cobro de la suma que resulte de calcular el 20% del valor ofertado, en concepto de cláusula penal, por incumplimiento de su oferta, según lo dispuesto por los arts. 974 y 790 sgts. Y concs. del CCC, mediante certificado de deuda emitido por el Tribunal, en los términos del art. 347 de la ley 6006, siendo el monto resultante destinado a la cuenta de Tasa de Justicia.-
VILLA MARIA, 18/02/2026. Proveyendo a “subasta-solicita”: téngase presente lo manifestado por el martillero actuante (los bienes muebles secuestrados oportunamente y detallados en el acta de secuestro, no tienen número de serie, por lo cual el Registro de Créditos Prendarios no podrá identificarlos). Atento lo solicitado y constancias de autos, SÁQUESE A LA VENTA a través del portal de subastas judiciales electrónicas, conforme “Reglamento” aprobado por el anexo único del Acuerdo Reglamentario Nº167 – SERIE “B”, de fecha 16.05.2024, con intervención del martillero designado, CARLOS ALBERTO ZURRO M.P. 01-988, los bienes muebles embargados y secuestrados en autos, habiéndose confeccionado con fecha 04/02/2026 el loteo de bienes, los que a continuación se detallan: 1) Secarropas color blanco marca Drean $ 20.000, 2) Televisor color negro marca Philips $ 40.000, 3) Ventilador de pie marca Embassy $ 30.000, 4) Freezer de una tapa sin marca visible color blanco $ 50.000, 5) Dos parlantes portátiles uno marca Harrison y el otro Sanray $ 10.000, solicitando salgan con estos valores estimados como Base y con posturas de $ 5.000; en el estado visto y en que se encuentran.
Una vez concluido el acto de subasta, el lote será adjudicado al postor que hubiere realizado la mejor oferta en cada caso. Se hace saber que la venta se efectúa previa exhibición, por lo que no se admitirán reclamos sobre el estado y/o faltantes; los compradores carecerán de derecho y acción para reclamar cualquier rubro, concepto o indemnización, emergente o vinculado al estado actual de los bienes, deterioros, menoscabo, daños y cualquier otra situación respecto de su estado general y/o particular tanto en lo principal como en sus accesorios y/o cualquier otro ítem vinculado a los mismos y carecerán de derecho para reclamar vicios ocultos o redhibitorios de dichos bienes. Se hace saber que el costo y gastos de desarme, retiro y traslado de los bienes y de toma de posesión, son por cuenta de los compradores. Los usuarios registrados en el Portal podrán participar como postores. El ganador deberá efectuar el pago, exclusivamente a través de las modalidades autorizadas en el portal, del ciento por ciento (100%) del valor de su compra, con más la comisión de la ley al martillero, y el aporte del cuatro por ciento (4%) sobre el precio de la subasta (Fondo para la prevención de la violencia familiar, Art 24 Ley 9505, modif. por Decr. N° 480/14), y demás comisiones e impuestos que resulten a su cargo, dentro del plazo de 24 (veinticuatro) horas de finalizado el remate. El acto de subasta tendrá una duración de cinco (5) días hábiles, y se iniciará el día 20 de abril de 2026 a las 12:00 hs., momento a partir del cual los usuarios registrados podrán efectuar sus posturas en el Portal de Subastas, finalizando el día 27 de abril de 2026 a las 12:00 hs. sin perjuicio de la prórroga derivada del uso de la opción de “minuto adicional”. Atento la modalidad virtual, no se admitirá la compra en comisión.
La subasta se realizará sin base, al mejor postor, estableciéndose un monto mínimo para las posturas de pesos diez mil ($20.000) para el lote 1, pesos cuarenta mil ($ 40.000) para el lote 2, pesos treinta mil ($30.000) lote 3, pesos cincuenta mil cincuenta mil ($ 50.000) lote 4 y pesos diez mil ($ 10.000) para el lote 5, debiendo abonar el mejor postor el cien por ciento (100%) del valor de su compra, con más la comisión de la ley del martillero y demás comisiones e impuestos que resulten a su cargo, dentro del plazo de 48 (cuarenta y ocho) horas de finalizado el remate (art. 30 A.R.) y el aporte del 4% sobre el precio de la subasta (Fondo para la Prevención de la Violencia Familiar, art. 24 Ley 9505, modif. por decreto N° 480/14. Sólo podrán utilizarse las modalidades de pago previstas expresamente en el Portal.
Publicítese en el Portal de Subastas Judiciales durante un plazo mínimo de siete (7) días corridos (art. 18 A.R.).
Hágase saber al ejecutante que en caso de solicitar autorización de compensar hasta el importe de su crédito y sin perjuicio de aquellos de mayor privilegio y gastos de subasta, deberá inscribirse como postor (art. 22, segundo párrafo A.R.).
Una vez concluido el acto de subasta, el Tribunal adjudicará el bien a quien hubiere realizado la mejor oferta, y agregará al expediente, a requerimiento del Martillero, la constancia –como acta provisoria de subasta- del resultado del remate. Todo ello será asentado en el acta definitiva de subasta, la cual se pondrá a la oficina por el plazo y a los efectos de ley (art. 32 A.R.). El ganador será notificado en su panel de usuario del Portal y -supletoriamente- a la dirección de correo electrónico que hubiere denunciado al momento de su inscripción, para que proceda al pago en los términos arriba dispuestos.
Póngase en conocimiento de las partes, la cuenta a la vista para uso judicial abierta para estos autos Nº Cuenta 304 / 4630702, CBU: 0200304551000004630724. El adjudicatario deberá efectivizar el pago de la totalidad del precio dentro del plazo de cuarenta y ocho horas (48 hs.), debiendo adjuntarse la constancia respectiva en el propio portal.
Una vez verificado el pago por el Tribunal en su Panel de Control, se procederá conforme lo establecido en la legislación procedimental (art. 30 del A.R.). No constando en el Portal el pago por el adjudicatario en el plazo de 72 (setenta y dos) horas, y previo emplazamiento a este último, será considerado remiso e informáticamente se dará aviso al segundo mejor postor para que proceda al pago. En su defecto, se dará aviso al tercer mejor postor (siempre que este último no sea el postor incumplidor). En el caso de que éstos no mantengan su interés en la compra, la subasta se declarará desierta (art. 33 del A.R.). Los pedidos de suspensión o cancelación de la subasta deberán formalizarse con una anticipación de 24 (veinticuatro) horas a la fecha prevista como finalización, bajo pena de inadmisibilidad; debiendo transcribirse tal apercibimiento en la cédula de notificación del decreto que ordena la subasta (Art. 27 A.R.).
Hágase saber al Martillero que deberá:
A) Publicar en el “Portal” una descripción detallada de los bienes, al menos 6 (seis) fotografías y 1 (un) video. Además de las fotografías, datos profesionales y de contacto del Martillero designado y todo otro dato que pueda resultar de interés y que surja de las constancias de autos. Ello deberá reflejar adecuadamente el estado, calidad y dimensiones de los bienes objeto del acto.
B) Responder adecuadamente las consultas de los interesados en el plazo de dos (2) días de realizada la consulta en el “Portal”, de manera de que los interesados tengan real dimensión de las características de los bienes objeto de la venta y asimismo deberá exhibir los bienes al menos durante un día antes de la fecha fijada para la subasta;
C) Presentar una cuenta de gastos tres (3) días antes de la subasta (art. 53 inc. a de la citada ley);
D) Rendir cuentas dentro del plazo de diez (10) días, en los términos y bajo el apercibimiento fijado por el art. 13 inc. K de la Ley Provincial N° 7191;
E) Remitir, en el término de 3 días hábiles, por correo electrónico, a la casilla de correo subastas@justiciacordoba.gob.ar , la planilla mencionada en el punto II) de los Considerandos de dicho acuerdo -como archivo adjunto- con el asunto “Informe AFIP”. Luego incorporar al expediente una constancia de esa remisión. Hágase saber a todos los interesados -en los términos del art. 34 A.R.- que ante el incumplimiento del adjudicatario, la Dirección de Administración del Poder Judicial de Córdoba quedará habilitada para perseguir el cobro de la suma que resulte de calcular el veinte por ciento (20%) del valor ofertado, en concepto de cláusula penal por incumplimiento de su oferta, según lo dispuesto por los artículos 974 y 790 siguientes y concordantes del Código Civil y Comercial de la Nación, siendo el monto resultante destinado a la cuenta de Tasa de Justicia. Cumpliméntese las demás formalidades de ley y lo dispuesto por el reglamento referido.
Cumpliméntese las demás formalidades de ley y lo dispuesto por el reglamento referido. Asimismo, denuncie el martillero actuante en autos fecha y lugar en que exhibirá los bienes objeto de subasta.
Notifíquese a las partes con transcripción del apercibimiento contenido en el art. 34 del Acuerdo Reglamentario.
Por último, se hace saber que en atención a la fecha de secuestro de los bienes (13/11/2025) y en razón de lo dispuesto por el art. 2 R.E., los gastos de conservación y custodia posteriores serán a cargo del ejecutante.
Notifíquese a la parte ejecutada con una antelación de diez días (art. 571 CPCC).
| Texto Firmado digitalmente por: | ROMERO Arnaldo Enrique JUEZ/A DE 1RA. INSTANCIA Fecha: 2026.02.18 |
| YATCHESEN Nadya Sofia PROSECRETARIO/A LETRADO Fecha: 2026.02.18 |
ACTA DE SECUESTRO En la localidad de Chazón, a los 13 días del mes de noviembre del año 2025, en cumplimiento del Oficio librado en autos caratulados "MUSICALÍSIMO S.A. c/ SWINT, CÉSAR DANIEL – EJECUCIÓN POR COBRO DE LETRAS O PAGARÉS" (Expte. Nº 11278540), con fecha 10/11/2025, se procedió al SECUESTRO de los bienes detallados en el mencionado oficio, a saber: un secarropas color blanco marca Drean, un televisor color negro marca Philips de pantalla plana, un ventilador de pie marca Embassy, un freezer de una tapa sin marca visible color blanco, y dos parlantes portátiles, uno marca Harrison y otro marca Sanray, todo ello con la presencia y autorización del martillero público Carlos Alberto Zurro. Asimismo, se deja constancia de que los bienes secuestrados quedan en posesión del citado martillero público, conforme a lo dispuesto, y que el procedimiento se realizó Quntave lss4 sin incidentes. Quien los traslada =a calle ciuda d de villa hana - Seguidamente intimo al demandado en los términos del art. 570 incs. 1 del C. de P.C. para que manifieste en el término de tres días si los bienes secuestrados están prendados o embargados, en el primer caso nombre y domicilio del acreedor y monto del crédito y en el segundo, el tribunal, secretaria y caratula del expediente. Con lo que se da por finalizado el presente acto, firmando y sellando para constancia, Doy fe. Melina Rita García Juez/a de Paz - Localidad de Chazón Dpto. General San Martín - Provincia de Córdoba CARLOS ALBERTO ZURRO MARTILLERO JUDICIAL M.P. 01-988 olo i Mariela delUelle Rivsrdde 283350/3. SADO DE BA PODER JUDICIH CHAZON hu do puy
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