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Direccion de la subasta: Diego de Torres 2660
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REMATE JUDICIAL ELECTRONICO: DEL 8 AL 15 DE ABRIL - A PARTIR DE LAS 10 HS.
INM. EN B° JOSÉ I. DIAZ 1RA SECCION
2 UN. HABITACIONALES – 338,78 M2
Calle Diego de Torres N° 2660
Lugar y Fecha:
Remate electrónico, desde el siguiente link:
El acto de subasta tendrá una duración de 5 días hábiles, y se iniciará el día 8 DE ABRIL a las 10 hs, momento en el cual los usuarios podrán efectuar sus posturas en el Portal de Subastas, finalizando el día 15 DE ABRIL a las 10 hs.
Martillero:
Emiliano Carlos Ferreyra, M.P. 01-1753
Condiciones:
BASE: $1.453.910. Posturas mínimas: $ 100.000. Dinero de contado y al mejor postor mas comisión de ley (3%); seña 20% mas ley 9505 de “Fondo para la Prevención de la Violencia Familiar (4%), impuesto de sellos (0,75%), comisión del portal de Subastas electrónicas y demás comisiones que resultaren a su cargo, saldo a la aprobación de la subasta.
Art. 34 del Reglamento de subastas electrónicas del Poder Judicial: Ante el incumplimiento del adjudicatario, la Dirección de Administración del Poder Judicial de Córdoba quedará habilitada para perseguir el cobro de la suma que resulte de calcular el veinte por ciento (20%) del valor ofertado, en concepto de cláusula penal por incumplimiento de su oferta, según lo dispuesto por los artículos 974 y 790 siguientes y concordantes del Código Civil y Comercial de la Nación. A tal efecto, el Tribunal transcribirá el apercibimiento en el decreto que ordena la subasta, y en caso de declarar remiso al adjudicatario, emitirá un certificado de deuda conforme a lo informado por la Oficina de Subastas, en los mismos términos dispuestos por el artículo 263 del Código Tributario provincial, siendo el monto resultante destinado a la cuenta de Tasa de Justicia.
Inmueble:
Según constatación:
Dos unidades habitacionales.
1) Ingresando por portón de chapa de dos hojas que lleva a la unidad habitacional del fondo donde se constata que existe un patio con contrapiso y tierra, un garage cubierto con techo de chapa plástico en parte y techo de lona en la otra. en el interior del inmueble se constata que cuenta con cocina-comedor, tres dormitorios sin placard con baño instalado completo sin bañera y un pequeño patio al fondo de tierra que se accede desde el living-.comedor.
2) Ingresando por puerta principal, consta de un living, una habitación y un baño instalado completo y una cocina pequeña con patio pequeño de contrapiso que linda con la vivienda del fondo separado por una tapia de 1.60 metros de altura.
Servicios : luz eléctrica, agua corriente no tiene gas natural conectado, pozo y la calle de ingreso es pavimentada .
UBICACION:
Diego de Torres N° 2660, B° José Ignacio Díaz 1ra Sección, Córdoba Ciudad.
Localización vía google maps:
https://maps.app.goo.gl/iwExKqeeL2NL2Fq76
Estado de ocupación: Vivienda del fondo: Sr. Viera Carlos Sebastián DNI 29.063.784 de 44 años quien manifiesta que lo hace en carácter de inquilino con contrato de locación vigente y vence en marzo del 2026 aproximadamente y abona por el alquiler $ 340.000 mil pesos. Vivienda del frente: Sr. Burgos Wilson Damián DNI 39.324.536 inquilino.
Nomenclatura Catastral: 11-01-01-26-01-003-010.-
N° de Cuenta: 1101-0908973/7.-
Matricula N° 878.413 (11).-
Informes:
Al Martillero. Tel : 3513868522.-
https://walink.co/e80cea
Mart.eferreyra@hotmail.com
Datos de la subasta
Expediente: 9421253
Entidad: JUZG 1A INST CIV COM 8A NOM-SEC
Decreto
CORDOBA, 26/02/2026. Al escrito del martillero Emiliano Carlos Ferreyra, Martillero Judicial M.P. 1-1753, y ejecutante Dr. Felauto, atento lo solicitado y constancias de autos, SÁQUESE A LA VENTA a través del portal de subastas judiciales electrónicas, conforme al Reglamento que corresponde al Ac. Regl. Nº 167, Serie "B", 16/05/24, con intervención del martillero designado Sr. Emiliano Carlos Ferreyra, Martillero Judicial M.P. 1-1753, el inmueble Embargado inscripto en la Matricula 878413(11), y que se describe como: un lote de terreno con todo lo edificado, ubicado en esta Provincia, Dpto CAPITAL, barrio José Ignacio Díaz de esta ciudad, que de conformidad a un plano de subdivisión de los lotes 2 y 3 de la manzana "H", del primer fraccionamiento, se designa como LOTE 0, FRACCIÓN "e" y mide: diez metros de frente al Este, sobre avenida 4; igual contrafrente al Oeste, lindando con lote "a"; su costado Norte mide 35,87 metros, lindando con lote "d", e igual medida en su costado Sur, lindando con lote "f", o sea 338,70 mts-2. Dista 49,87 mts. el Sur, a esquina con calle 18.
La propiedad figura empadronada en la Dirección General de Rentas de la Provincia al Número 1101-0908973-7. y su NOMENCLATURA CATASTRAL PROVINCIAL es :11-01-01-26-01-003-010
Estado de ocupación: EN EL MISMO TERRENO HAY DOS UNIDADES HABITACIONALES. Ocupado según constatación del 19/11/2025.-
Base del remate: Su base imponible según la DGR de $1.453.910,00 –art. 579 del CPC.
Incrementos: No inferiores a pesos cien mil ($100.000).
Postores: Los usuarios registrados en el Portal podrán participar como postores.
Compra en comisión: Atento la modalidad virtual no se admite.
Duración: El acto de subasta tendrá una duración de cinco (5) días hábiles y se iniciará el día ocho (8) de abril del corriente a las 10:00 hs., momento a partir del cual los usuarios registrados podrán efectuar sus posturas en el Portal de Subastas, finalizando el día quince (15) de abril del corriente a las 10:00 hs., sin perjuicio de la prórroga derivada del uso de la opción de “minuto adicional”.
Publicidad: Publicítese en “Portal de Subastas del Poder Judicial” durante un plazo mínimo de 7 días corridos en la forma establecida en el art. 18 y 19 del Ac. Regl. Nº 167, Serie "B", 16/05/24).
Adjudicación: El bien será adjudicado a quien hubiere realizado la mejor oferta, conforme con el reglamento de subastas electrónicas (art 29 y 30 del )..
Será notificado en su panel de usuario del Portal y -supletoriamente- a la dirección de correo electrónico que hubiere denunciado al momento de su inscripción, lo cual constituirá domicilio especial en los términos del art. 75 del CCCN, a todos los efectos de los trámites del presente remate, sin perjuicio de que a efectos de poder ser oído en el juicio deberá constituir domicilio dentro del radio de las cincuenta cuadras del Edificio de Tribunales I (Caseros 551, Cba.), compareciendo a tal efecto por escrito con patrocinio letrado o por apoderado, en la forma establecida por el art. 22 del Reglam. Gral. del Expte. Judicial Electrónico, o, en su defecto, presentándose personalmente ante el Tribunal (art. 24 inc. b, ib.).
Pago de la oferta: Dentro del plazo de 48 hs. de finalizado el remate el adjudicatario deberá efectivizar la oferta abonando, solo a través de las modalidades de pago autorizadas en el portal, debiendo adjuntarse la constancia respectiva en el propio portal, el veinte por ciento (20%) del valor de su compra, con más la comisión de la ley al martillero (3 %), y el aporte del cuatro por ciento (4%) sobre el precio de la subasta (Fondo para la prevención de la violencia familiar, Art 24 Ley 9505, modif. por Decr. N° 480/14), e impuesto de sellos en el 0,75%, (art. 262/3, 269, 273 4º párrafo y ccs. CTP y art. 74 L.I.A.).
Incumplimiento : Ante el incumplimiento del adjudicatario, la Dirección de Administración del Poder Judicial de Córdoba quedará habilitada para perseguir el cobro de la suma que resulte de calcular el veinte por ciento (20%) del valor ofertado, en concepto de cláusula penal por incumplimiento de su oferta, según lo dispuesto por los artículos 974 y 790 siguientes y concordantes del Código Civil y Comercial de la Nación, siendo el monto resultante destinado a la cuenta de la tasa de justicia. (transcripción textual del art. 34 del Reglamento de subasta judicial electrónica)
Saldo: El saldo del precio se deberá abonar luego de aprobarse la subasta, en el plazo que el Tribunal indique, mediante transferencia a la cuenta judicial a la vista del expediente: 922 / 5312803, CBU 0200922751000005312832 bajo apercibimiento de quedar sin efecto la venta y de responder, por la vía ejecutiva, de la disminución que resultare en el precio obtenido, así como de los intereses acrecidos y de las costas causadas con ese motivo (art. 585 y 590, CPC).
En cualquier caso, de no aprobarse el remate dentro de los treinta días desde la fecha de realizado, el comprador podrá consignar el saldo de precio y, si así no lo hiciere, se devengará un interés equivalente a la tasa pasiva para uso judicial que publica el B.C.R.A., con más el 3 % mensual y hasta su efectivo pago, a efectos de mantener la equivalencia entre el valor del bien objeto de la venta y su precio (art. 589, CPC).
Entrega del Bien: Una vez verificado el pago y aprobada la subasta se procederá de conformidad con el art. 598 del CPCC.
Títulos e inscripción: Se expedirán copias y oficios para la inscripción en el Registro de la Propiedad (art. 599, CPCC).
Los trámites de inscripción y comunicaciones a los organismos tributarios serán a cargo del martillero interviniente quien deberá iniciarlos dentro de los tres (3) días de notificado del depósito judicial por parte del adquirente del importe de los aranceles correspondientes presupuestados que ello demande, que serán comunicados con la aprobación de la subasta.
Obligaciones del martillero:
a) Presentar una cuenta de gastos como mínimo tres días antes de la subasta (art. 53 inc. a de la Ley 7191), a efectos del art. 582 del CPC;
b) Publicar en el “Portal” conforme lo reglamente el art. 18 y 19 del Reglamento de la subasta Judicial Electrónica -Ac. Regl. Nº 167, Serie "B", 16/05/24- una descripción detallada del inmueble, sus fotografías y/o videos, . Además, copia digital de los informes de dominio, anotación preventiva de subasta, certificados catastrales y constatación, datos profesionales y de contacto del Martillero designado y todo otro dato que pueda resultar de interés y que surja de las constancias de autos, como así también el protocolo a aplicarse a los efectos de la exhibición del bien, que deberá informar y cumplir bajo su exclusiva responsabilidad el martillero interviniente. Ello deberá reflejar adecuadamente el estado y condición del bien objeto del acto.
c) Indicar lugar y horario de exhibición del bien y responder adecuadamente las consultas de los interesados en el plazo de 24 hs de realizada la consulta en el “Portal”, de manera de que los interesados tengan real dimensión de las características del bien objeto de la venta.
d) Inmediatamente de realizada la subasta deberá presentar un presupuesto de los aranceles que demande los trámites de inscripción y comunicación a los organismos tributarios para la toma de razón del cambio de titularidad (art. 28, Reglamento de la oficina de subastas aprobado por A.R. TSJ N° 1233, serie “A”, del 16/09/2014).
e) Remitir, en el término de 3 días hábiles, por correo electrónico, a la casilla de correo subastas@justiciacordoba.gob.ar, la planilla mencionada en el punto II) de los Considerandos de dicho acuerdo -como archivo adjunto- con el asunto “Informe AFIP”. Luego deberá incorporar al expediente una constancia de esa remisión.
f) Acreditar dentro de los cinco (5) días el diligenciamiento del oficio de comunicación del remate al Registro de la Propiedad (art. 58, ley 7191).
g) Acreditar el pago del impuesto de sellos 1,5 % y demás tributos a cargo del adjudicatario.
h) Rendir cuentas dentro del plazo de 10 días, en los términos y bajo el apercibimiento fijado por el art. 13 inc. k de la Ley 7191.
i) Acreditar la iniciación de los trámites de inscripción del bien subastado y las comunicaciones a los organismos tributarios para la toma de razón del cambio de titular dentro de los tres (3) días de la notificación del depósito de la suma presupuestada de conformidad con el punto D (art. 28 del Reglamento de la oficina de subastas aprobado por Ac. Regl.del TSJ N° 1233/2014).
j) Realizar las acciones necesarias a los fines de proveer al adjudicatario de la documentación necesaria para la inscripción registral, procurando agilizar la entrega del bien subastado o la toma de posesión. ( art. 32 último párrafo de Ac. 167 –Serie B- 16/05/2024-).
Suspensión de la subasta: Los pedidos de suspensión o cancelación de la subasta deberán formalizarse con una anticipación de veinticuatro horas a la fecha prevista como finalización, bajo pena de inadmisibilidad según lo dispuesto en el art. 27 del Reglamento de la Subasta Judicial Electrónica.
Ofíciese a EPEC y a Aguas Cordobesas en los términos del art. 569 inc. 1º del C. de P. C.-
NOTIFIQUESE a la ejecutada en su domicilio real, constituido, y en el domicilio del inmueble a subastar en sus dos unidades.-
Texto Firmado digitalmente por: MAINA Nicolas
JUEZ/A DE 1RA. INSTANCIA
Fecha: 2026.02.26
BONALDI Hugo Luis Valentin
SECRETARIO/A JUZGADO 1RA. INSTANCIA
Fecha: 2026.02.26
Martillero: Emiliano Carlos Ferreyra
Matrícula: 01-1753
Matrícula pública: 05-2284
Teléfono: 351-3868522
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INM. EN B° JOSE IGNACIO DIAZ - 338.78M2
REMATE JUDICIAL ELECTRONICO: DEL 8 AL 15 DE ABRIL - A PARTIR DE LAS 10 HS.
INM. EN B° JOSÉ I. DIAZ 1RA SECCION
2 UN. HABITACIONALES – 338,78 M2
Calle Diego de Torres N° 2660
Lugar y Fecha:
Remate electrónico, desde el siguiente link:
El acto de subasta tendrá una duración de 5 días hábiles, y se iniciará el día 8 DE ABRIL a las 10 hs, momento en el cual los usuarios podrán efectuar sus posturas en el Portal de Subastas, finalizando el día 15 DE ABRIL a las 10 hs.
Martillero:
Emiliano Carlos Ferreyra, M.P. 01-1753
Condiciones:
BASE: $1.453.910. Posturas mínimas: $ 100.000. Dinero de contado y al mejor postor mas comisión de ley (3%); seña 20% mas ley 9505 de “Fondo para la Prevención de la Violencia Familiar (4%), impuesto de sellos (0,75%), comisión del portal de Subastas electrónicas y demás comisiones que resultaren a su cargo, saldo a la aprobación de la subasta.
Art. 34 del Reglamento de subastas electrónicas del Poder Judicial: Ante el incumplimiento del adjudicatario, la Dirección de Administración del Poder Judicial de Córdoba quedará habilitada para perseguir el cobro de la suma que resulte de calcular el veinte por ciento (20%) del valor ofertado, en concepto de cláusula penal por incumplimiento de su oferta, según lo dispuesto por los artículos 974 y 790 siguientes y concordantes del Código Civil y Comercial de la Nación. A tal efecto, el Tribunal transcribirá el apercibimiento en el decreto que ordena la subasta, y en caso de declarar remiso al adjudicatario, emitirá un certificado de deuda conforme a lo informado por la Oficina de Subastas, en los mismos términos dispuestos por el artículo 263 del Código Tributario provincial, siendo el monto resultante destinado a la cuenta de Tasa de Justicia.
Inmueble:
Según constatación:
Dos unidades habitacionales.
1) Ingresando por portón de chapa de dos hojas que lleva a la unidad habitacional del fondo donde se constata que existe un patio con contrapiso y tierra, un garage cubierto con techo de chapa plástico en parte y techo de lona en la otra. en el interior del inmueble se constata que cuenta con cocina-comedor, tres dormitorios sin placard con baño instalado completo sin bañera y un pequeño patio al fondo de tierra que se accede desde el living-.comedor.
2) Ingresando por puerta principal, consta de un living, una habitación y un baño instalado completo y una cocina pequeña con patio pequeño de contrapiso que linda con la vivienda del fondo separado por una tapia de 1.60 metros de altura.
Servicios : luz eléctrica, agua corriente no tiene gas natural conectado, pozo y la calle de ingreso es pavimentada .
UBICACION:
Diego de Torres N° 2660, B° José Ignacio Díaz 1ra Sección, Córdoba Ciudad.
Localización vía google maps:
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Estado de ocupación: Vivienda del fondo: Sr. Viera Carlos Sebastián DNI 29.063.784 de 44 años quien manifiesta que lo hace en carácter de inquilino con contrato de locación vigente y vence en marzo del 2026 aproximadamente y abona por el alquiler $ 340.000 mil pesos. Vivienda del frente: Sr. Burgos Wilson Damián DNI 39.324.536 inquilino.
Nomenclatura Catastral: 11-01-01-26-01-003-010.-
N° de Cuenta: 1101-0908973/7.-
Matricula N° 878.413 (11).-
Informes:
Al Martillero. Tel : 3513868522.-
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Mart.eferreyra@hotmail.com
Datos de la subasta
Expediente: 9421253
Entidad: JUZG 1A INST CIV COM 8A NOM-SEC
Decreto
CORDOBA, 26/02/2026. Al escrito del martillero Emiliano Carlos Ferreyra, Martillero Judicial M.P. 1-1753, y ejecutante Dr. Felauto, atento lo solicitado y constancias de autos, SÁQUESE A LA VENTA a través del portal de subastas judiciales electrónicas, conforme al Reglamento que corresponde al Ac. Regl. Nº 167, Serie "B", 16/05/24, con intervención del martillero designado Sr. Emiliano Carlos Ferreyra, Martillero Judicial M.P. 1-1753, el inmueble Embargado inscripto en la Matricula 878413(11), y que se describe como: un lote de terreno con todo lo edificado, ubicado en esta Provincia, Dpto CAPITAL, barrio José Ignacio Díaz de esta ciudad, que de conformidad a un plano de subdivisión de los lotes 2 y 3 de la manzana "H", del primer fraccionamiento, se designa como LOTE 0, FRACCIÓN "e" y mide: diez metros de frente al Este, sobre avenida 4; igual contrafrente al Oeste, lindando con lote "a"; su costado Norte mide 35,87 metros, lindando con lote "d", e igual medida en su costado Sur, lindando con lote "f", o sea 338,70 mts-2. Dista 49,87 mts. el Sur, a esquina con calle 18.
La propiedad figura empadronada en la Dirección General de Rentas de la Provincia al Número 1101-0908973-7. y su NOMENCLATURA CATASTRAL PROVINCIAL es :11-01-01-26-01-003-010
Estado de ocupación: EN EL MISMO TERRENO HAY DOS UNIDADES HABITACIONALES. Ocupado según constatación del 19/11/2025.-
Base del remate: Su base imponible según la DGR de $1.453.910,00 –art. 579 del CPC.
Incrementos: No inferiores a pesos cien mil ($100.000).
Postores: Los usuarios registrados en el Portal podrán participar como postores.
Compra en comisión: Atento la modalidad virtual no se admite.
Duración: El acto de subasta tendrá una duración de cinco (5) días hábiles y se iniciará el día ocho (8) de abril del corriente a las 10:00 hs., momento a partir del cual los usuarios registrados podrán efectuar sus posturas en el Portal de Subastas, finalizando el día quince (15) de abril del corriente a las 10:00 hs., sin perjuicio de la prórroga derivada del uso de la opción de “minuto adicional”.
Publicidad: Publicítese en “Portal de Subastas del Poder Judicial” durante un plazo mínimo de 7 días corridos en la forma establecida en el art. 18 y 19 del Ac. Regl. Nº 167, Serie "B", 16/05/24).
Adjudicación: El bien será adjudicado a quien hubiere realizado la mejor oferta, conforme con el reglamento de subastas electrónicas (art 29 y 30 del )..
Será notificado en su panel de usuario del Portal y -supletoriamente- a la dirección de correo electrónico que hubiere denunciado al momento de su inscripción, lo cual constituirá domicilio especial en los términos del art. 75 del CCCN, a todos los efectos de los trámites del presente remate, sin perjuicio de que a efectos de poder ser oído en el juicio deberá constituir domicilio dentro del radio de las cincuenta cuadras del Edificio de Tribunales I (Caseros 551, Cba.), compareciendo a tal efecto por escrito con patrocinio letrado o por apoderado, en la forma establecida por el art. 22 del Reglam. Gral. del Expte. Judicial Electrónico, o, en su defecto, presentándose personalmente ante el Tribunal (art. 24 inc. b, ib.).
Pago de la oferta: Dentro del plazo de 48 hs. de finalizado el remate el adjudicatario deberá efectivizar la oferta abonando, solo a través de las modalidades de pago autorizadas en el portal, debiendo adjuntarse la constancia respectiva en el propio portal, el veinte por ciento (20%) del valor de su compra, con más la comisión de la ley al martillero (3 %), y el aporte del cuatro por ciento (4%) sobre el precio de la subasta (Fondo para la prevención de la violencia familiar, Art 24 Ley 9505, modif. por Decr. N° 480/14), e impuesto de sellos en el 0,75%, (art. 262/3, 269, 273 4º párrafo y ccs. CTP y art. 74 L.I.A.).
Incumplimiento : Ante el incumplimiento del adjudicatario, la Dirección de Administración del Poder Judicial de Córdoba quedará habilitada para perseguir el cobro de la suma que resulte de calcular el veinte por ciento (20%) del valor ofertado, en concepto de cláusula penal por incumplimiento de su oferta, según lo dispuesto por los artículos 974 y 790 siguientes y concordantes del Código Civil y Comercial de la Nación, siendo el monto resultante destinado a la cuenta de la tasa de justicia. (transcripción textual del art. 34 del Reglamento de subasta judicial electrónica)
Saldo: El saldo del precio se deberá abonar luego de aprobarse la subasta, en el plazo que el Tribunal indique, mediante transferencia a la cuenta judicial a la vista del expediente: 922 / 5312803, CBU 0200922751000005312832 bajo apercibimiento de quedar sin efecto la venta y de responder, por la vía ejecutiva, de la disminución que resultare en el precio obtenido, así como de los intereses acrecidos y de las costas causadas con ese motivo (art. 585 y 590, CPC).
En cualquier caso, de no aprobarse el remate dentro de los treinta días desde la fecha de realizado, el comprador podrá consignar el saldo de precio y, si así no lo hiciere, se devengará un interés equivalente a la tasa pasiva para uso judicial que publica el B.C.R.A., con más el 3 % mensual y hasta su efectivo pago, a efectos de mantener la equivalencia entre el valor del bien objeto de la venta y su precio (art. 589, CPC).
Entrega del Bien: Una vez verificado el pago y aprobada la subasta se procederá de conformidad con el art. 598 del CPCC.
Títulos e inscripción: Se expedirán copias y oficios para la inscripción en el Registro de la Propiedad (art. 599, CPCC).
Los trámites de inscripción y comunicaciones a los organismos tributarios serán a cargo del martillero interviniente quien deberá iniciarlos dentro de los tres (3) días de notificado del depósito judicial por parte del adquirente del importe de los aranceles correspondientes presupuestados que ello demande, que serán comunicados con la aprobación de la subasta.
Obligaciones del martillero:
a) Presentar una cuenta de gastos como mínimo tres días antes de la subasta (art. 53 inc. a de la Ley 7191), a efectos del art. 582 del CPC;
b) Publicar en el “Portal” conforme lo reglamente el art. 18 y 19 del Reglamento de la subasta Judicial Electrónica -Ac. Regl. Nº 167, Serie "B", 16/05/24- una descripción detallada del inmueble, sus fotografías y/o videos, . Además, copia digital de los informes de dominio, anotación preventiva de subasta, certificados catastrales y constatación, datos profesionales y de contacto del Martillero designado y todo otro dato que pueda resultar de interés y que surja de las constancias de autos, como así también el protocolo a aplicarse a los efectos de la exhibición del bien, que deberá informar y cumplir bajo su exclusiva responsabilidad el martillero interviniente. Ello deberá reflejar adecuadamente el estado y condición del bien objeto del acto.
c) Indicar lugar y horario de exhibición del bien y responder adecuadamente las consultas de los interesados en el plazo de 24 hs de realizada la consulta en el “Portal”, de manera de que los interesados tengan real dimensión de las características del bien objeto de la venta.
d) Inmediatamente de realizada la subasta deberá presentar un presupuesto de los aranceles que demande los trámites de inscripción y comunicación a los organismos tributarios para la toma de razón del cambio de titularidad (art. 28, Reglamento de la oficina de subastas aprobado por A.R. TSJ N° 1233, serie “A”, del 16/09/2014).
e) Remitir, en el término de 3 días hábiles, por correo electrónico, a la casilla de correo subastas@justiciacordoba.gob.ar, la planilla mencionada en el punto II) de los Considerandos de dicho acuerdo -como archivo adjunto- con el asunto “Informe AFIP”. Luego deberá incorporar al expediente una constancia de esa remisión.
f) Acreditar dentro de los cinco (5) días el diligenciamiento del oficio de comunicación del remate al Registro de la Propiedad (art. 58, ley 7191).
g) Acreditar el pago del impuesto de sellos 1,5 % y demás tributos a cargo del adjudicatario.
h) Rendir cuentas dentro del plazo de 10 días, en los términos y bajo el apercibimiento fijado por el art. 13 inc. k de la Ley 7191.
i) Acreditar la iniciación de los trámites de inscripción del bien subastado y las comunicaciones a los organismos tributarios para la toma de razón del cambio de titular dentro de los tres (3) días de la notificación del depósito de la suma presupuestada de conformidad con el punto D (art. 28 del Reglamento de la oficina de subastas aprobado por Ac. Regl.del TSJ N° 1233/2014).
j) Realizar las acciones necesarias a los fines de proveer al adjudicatario de la documentación necesaria para la inscripción registral, procurando agilizar la entrega del bien subastado o la toma de posesión. ( art. 32 último párrafo de Ac. 167 –Serie B- 16/05/2024-).
Suspensión de la subasta: Los pedidos de suspensión o cancelación de la subasta deberán formalizarse con una anticipación de veinticuatro horas a la fecha prevista como finalización, bajo pena de inadmisibilidad según lo dispuesto en el art. 27 del Reglamento de la Subasta Judicial Electrónica.
Ofíciese a EPEC y a Aguas Cordobesas en los términos del art. 569 inc. 1º del C. de P. C.-
NOTIFIQUESE a la ejecutada en su domicilio real, constituido, y en el domicilio del inmueble a subastar en sus dos unidades.-
Texto Firmado digitalmente por: MAINA Nicolas
JUEZ/A DE 1RA. INSTANCIA
Fecha: 2026.02.26
BONALDI Hugo Luis Valentin
SECRETARIO/A JUZGADO 1RA. INSTANCIA
Fecha: 2026.02.26
Martillero: Emiliano Carlos Ferreyra
Matrícula: 01-1753
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