Ubicación
Dirección: JUAN IGNACIO GORRITI 1789 ESQ BLAS ROSALES
Exhibición: 09/04/2026 10:00hs
Ya no se puede realizar el depósito requerido para participar de la subasta.
Fecha vencimiento:
Porcentaje a abonar: % del valor + comisiones + costo medio de pago
Porcentaje a abonar: % del valor + comisiones + costo medio de pago
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|CASA EN B° ALTOS SUD DE SAN VICENTE
Se trata de una casa esquina, que tiene el ingreso principal sobre calle Gorriti y, luego, por el costado por calle Rosales tiene otro ingreso por el que se accede al departamento del fondo. Por la entrada principal de la casa, cuenta con el frente pintado de color rosado, con un jardín de ingreso con parte del piso de tierra y parte con piedra tipo laja, con una verja, sin rejas, con dos ventanas y una doble puerta de ingreso una de reja y la otra de madera.
LA CASA PRINCIPAL: se ingresa por un pasillo con las paredes revocadas y pintadas, con piso de mosaico; con un dormitorio de 5 por 5 metros, con paredes revocadas y pintadas, sin placar, con un comedor de 4 por 5 metros, con piso de mosaico, con las paredes revocadas y pintadas, con los techos con partes del revoque caído, con otro dormitorio de 4 por 5 metros, también con varias partes del techo con el revoque caído, con una cocina de 4 por 5 metros, con una mesada de material revestida con cerámica en regular estado, con una bacha simple, con un mueble bajo mesada y alacena, todo en mal estado, con parte de la pared con azulejos, el resto de las paredes revocadas y pintadas con partes dañadas, y el techo con partes con el revoque caído, con un baño con inodoro, bidet, lavatorio,
y ducha eléctrica, con cerámica en piso y pared hasta la altura de 1,80 metros, con un patio de mosaico de 8 por 10 metros, con una división precaria con parte de ladrillo block y parte de ladrillo sin revocar, que divide
el patio con un departamento al fondo o casa dentro del mismo terreno, con
un garaje de 3 por 6 metros, con piso de cemento y con las paredes con
ladrillos sin revocar.
Al fondo, se encuentra un departamento o casita, a la que no se puedo acceder pero en su interior cuenta con un living comedor, dos dormitorios, un baño chiquito, con una cocinita y está deshabitado esa parte porque el techo está roto y se llueve todo por dentro.
El inmueble cuenta con luz eléctrica, agua corriente, gas natural y la calle está pavimentada.
CORDOBA, 11/03/2026. Atento lo solicitado y constancias de la causa, sáquese a la venta en pública subasta a través del portal de subastas judiciales electrónicas, conforme el Reglamento de la Subasta Judicial Electrónica aprobado Reglamento vigente (Ac. Regl. Nro. 167, Serie “B” de fecha 16/05/2024), con intervención de la martillera designada Sra. DEL BEL, KARINA SOLEDAD M.P. 01-3243 el siguiente bien inmueble que se describe como: inmueble inscripto matrícula 66978(11), inscripto a nombre de Martínez, Calixto Marcelo DNI: 2792883, Cuenta Nº 110103782627, Nomenclatura catastral 1101010223020025000, que se describe como Lote de terreno ubicado en B° Altos Sud de San Vicente, Dpto Capital, desig, como lote Diez y siete, manz. "S", mide 13 ms, 64 cms. de fte. al O.; por 23 ms 53 cms. de fondo. y fte al S; con sup de 319 ms. 60 dms cdos". Según surge del Acta de Constatación celebrada con fecha 25/09/2025, el inmueble, sito en calle: Juan Ignacio Gorriti 1789 esquina Blas Rosales, se encuentra ocupado por la Sra. VERONICA MARTÍNEZ, DNI 33.414.594., quien habita la parte principal de la casa, y su hermano MANUEL MARTINEZ, quien vive en un departamento ubicado al fondo del terreno. El acto de subasta tendrá una duración de cinco (5) días hábiles y se iniciará el día 13 de abril 2026 a las 12:00 hs., momento a partir del cual los usuarios registrados podrán efectuar sus posturas en el Portal de Subastas, finalizando el día 17 de abril de 2026 a las 12:00 hs., sin perjuicio de la prórroga derivada del uso de la opción de “minuto adicional”. Atento la modalidad virtual, no se admitirá la compra en comisión. En virtud del valor comercial denunciado por el martillero actuante a tenor de lo normado por el art. 20 del AR N° 167 Serie "B" del 16/05/2024, constancias de las actas de constatación referidas supra; y de acuerdo a lo prescripto por el art. 579 del CPC, el inmueble referido saldrá a la venta, por la suma de Pesos DIECIOCHO MILLONES ($18.000.000); dinero de contado, mejor postor. Las posturas e incrementos se establecen en la suma de PESOS QUINIENTOS MIL ($500.000). La oferta de quien resulte mejor postor deberá efectivizarse a través de las modalidades de pago autorizadas en el portal, debiendo abonar el comprador el veinte por ciento (20%) del valor de su compra, con más la comisión de la ley del martillero, y el aporte del cuatro por ciento (4%) sobre el precio de la subasta (Fondo para la prevención de la violencia familiar, Art 24 Ley 9505, modif. por Decr. N° 480/14), y demás comisiones e impuestos que resulten a su cargo, dentro del plazo de 24 (veinticuatro) horas de finalizado el remate. Publicítese en el Portal de Subastas Judiciales durante un plazo mínimo de siete (7) días corridos. Hágase saber al ejecutante que en caso de solicitar autorización de compensar hasta el importe de su crédito y sin perjuicio de aquellos de mayor privilegio, deberá inscribirse como postor (art. 22, segundo párrafo). Una vez concluido el acto de subasta, el Tribunal adjudicará el bien a quien hubiere realizado la mejor oferta. El ganador será notificado en su panel de usuario del Portal y - supletoriamente- a la dirección de correo electrónico que hubiere denunciado al momento de su inscripción, para que proceda al pago en los términos arriba dispuestos. El saldo se deberá abonar luego de aprobarse la subasta mediante transferencia electrónica (art. 32, última parte del Reglamento), en la cuenta judicial a la vista abierta a la orden del tribunal y para estos autos, bajo apercibimiento (art. 585 C .P.C.C.). En cualquier caso, de no aprobarse el remate antes de los 30 (treinta) días desde la fecha de realizado, el saldo devengará un interés equivalente a la tasa pasiva para uso judicial que publica el B.C.R.A., con más el 3% mensual y hasta su efectivo pago, que se considera adecuado para mantener la equivalencia entre el valor del bien objeto de la venta y su precio. A los fines de evitar el pago de intereses el comprador podrá consignar judicialmente el saldo adeudado. Una vez verificado el pago por el tribunal en su Panel de Control, se procederá a realizar el acta definitiva, que se pondrá a la oficina por el plazo y a los efectos de ley, y a los fines establecidos en el art. 589 y conc. CPCC. No constando en el Portal el pago por el adjudicatario en el plazo de 72 (setenta y dos) horas, será considerado remiso e informáticamente se dará aviso al segundo mejor postor para que proceda al pago. En su defecto, se dará aviso al tercer mejor postor (siempre que este último no sea el postor incumplidor). En el caso de que éstos no mantengan su interés en la compra, la subasta se declarará desierta. Los pedidos de suspensión o cancelación de la subasta deberán formalizarse con una anticipación de 24 (veinticuatro) horas a la fecha prevista como finalización, bajo pena de inadmisibilidad. Hágase saber al martillero que, en el término de 24 (veinticuatro) horas de habilitado su panel, deberá: A) Publicar en el Portal una descripción detallada de los bienes, al menos 6 (seis) fotografías y 1 (un) video, además de fotografías del informe de dominio, catastral, datos profesionales y de contacto del Martillero designado, y todo otro dato que pueda resultar de interés y que surja de las constancias de autos. Ello deberá reflejar adecuadamente el estado, calidad y característica del bien objeto del acto. B) Responder adecuadamente las consultas de los interesados en el plazo de 2 (dos) días de realizada la consulta en el “Portal”, de manera de que los interesados tengan real conocimiento de las características de los bienes objeto de la venta. C) Rendir cuentas dentro del plazo de 5 (cinco) días de finalizado el remate, bajo apercibimiento de ley ( art. 13 inc. K de la Ley 7191). D) Acreditar, en el plazo de 5 días de realizada la subasta, el diligenciamiento del oficio de comunicación del remate al Registro de Propiedad, haciéndolo responsable en los términos del art. 58 y conc. de Ley 7191 y modif. E) Acreditar el pago del impuesto a la transferencia de inmueble. F) Efectuar los trámites de inscripción del bien subastado y las comunicaciones a los organismos Tributarios para la toma de razón del cambio de titular, en la forma ordenada por el art. 28 del Reglamento de la oficina de subastas (Ac. Regl. N° 1233/2014). Hágase saber a todos los interesados que ante el incumplimiento del adjudicatario del que resultare la frustración de la subasta, éste será sancionado con la suma que resultare de calcular el veinte por ciento (20%) del valor ofertado, en concepto de cláusula penal por incumplimiento de su oferta, según lo dispuesto por los artículos 974 y 790 siguientes y concordantes del Código Civil y Comercial de la Nación, siendo el monto resultante destinado a la cuenta de Tasa de Justicia. Conforme art. 2 del Anexo I del Acuerdo Reglamentario 165 serie B, hágase saber que “… los pedidos de suspensión o cancelación de la subasta deberán formalizarse con una anticipación de veinticuatro horas a la fecha prevista como finalización, bajo pena de inadmisibilidad”. Notifíquese con un mínimo de diez (10) días de anticipación a los fines de poner en conocimiento de la presente subasta a las partes, al martillero interviniente, a la Municipalidad de Córdoba y a la D.G.R. en los términos del art. 571 del CPC. Cumpliméntese las demás formalidades de ley. Exhórtese a la Secretaría de Gestión Común Ejec. Fiscales Nro 1 y Secretaría de Gestión Común Ejec. Fiscales Nro 3, quienes han dispuesto embargos sobre el inmueble, a fin de que tomen razón de lo aquí ordenado. NOTIFÍQUESE con un mínimo de diez (10) días de anticipación a los fines de poner en conocimiento de la presente subasta a las partes al domicilio constituido, o real en caso de no haber comparecido a la causa. a la martillera interviniente, a la Municipalidad de Córdoba y a la D.G.R. en los términos del art. 571 del CPC.
Texto Firmado digitalmente por: LIKSENBERG Mariana Andrea
JUEZ/A DE 1RA. INSTANCIA
Fecha: 2026.03.11
FORNASARI Marianela
SECRETARIO/A JUZGADO 1RA. INSTANCIA
Fecha: 2026.03.11
Martillero: Karina Soledad Del Bel
Matrícula: 01-3243
Matrícula pública: 05-3914
Teléfono: 351-2001189
|CASA EN B° ALTOS SUD DE SAN VICENTE
Se trata de una casa esquina, que tiene el ingreso principal sobre calle Gorriti y, luego, por el costado por calle Rosales tiene otro ingreso por el que se accede al departamento del fondo. Por la entrada principal de la casa, cuenta con el frente pintado de color rosado, con un jardín de ingreso con parte del piso de tierra y parte con piedra tipo laja, con una verja, sin rejas, con dos ventanas y una doble puerta de ingreso una de reja y la otra de madera.
LA CASA PRINCIPAL: se ingresa por un pasillo con las paredes revocadas y pintadas, con piso de mosaico; con un dormitorio de 5 por 5 metros, con paredes revocadas y pintadas, sin placar, con un comedor de 4 por 5 metros, con piso de mosaico, con las paredes revocadas y pintadas, con los techos con partes del revoque caído, con otro dormitorio de 4 por 5 metros, también con varias partes del techo con el revoque caído, con una cocina de 4 por 5 metros, con una mesada de material revestida con cerámica en regular estado, con una bacha simple, con un mueble bajo mesada y alacena, todo en mal estado, con parte de la pared con azulejos, el resto de las paredes revocadas y pintadas con partes dañadas, y el techo con partes con el revoque caído, con un baño con inodoro, bidet, lavatorio,
y ducha eléctrica, con cerámica en piso y pared hasta la altura de 1,80 metros, con un patio de mosaico de 8 por 10 metros, con una división precaria con parte de ladrillo block y parte de ladrillo sin revocar, que divide
el patio con un departamento al fondo o casa dentro del mismo terreno, con
un garaje de 3 por 6 metros, con piso de cemento y con las paredes con
ladrillos sin revocar.
Al fondo, se encuentra un departamento o casita, a la que no se puedo acceder pero en su interior cuenta con un living comedor, dos dormitorios, un baño chiquito, con una cocinita y está deshabitado esa parte porque el techo está roto y se llueve todo por dentro.
El inmueble cuenta con luz eléctrica, agua corriente, gas natural y la calle está pavimentada.
CORDOBA, 11/03/2026. Atento lo solicitado y constancias de la causa, sáquese a la venta en pública subasta a través del portal de subastas judiciales electrónicas, conforme el Reglamento de la Subasta Judicial Electrónica aprobado Reglamento vigente (Ac. Regl. Nro. 167, Serie “B” de fecha 16/05/2024), con intervención de la martillera designada Sra. DEL BEL, KARINA SOLEDAD M.P. 01-3243 el siguiente bien inmueble que se describe como: inmueble inscripto matrícula 66978(11), inscripto a nombre de Martínez, Calixto Marcelo DNI: 2792883, Cuenta Nº 110103782627, Nomenclatura catastral 1101010223020025000, que se describe como Lote de terreno ubicado en B° Altos Sud de San Vicente, Dpto Capital, desig, como lote Diez y siete, manz. "S", mide 13 ms, 64 cms. de fte. al O.; por 23 ms 53 cms. de fondo. y fte al S; con sup de 319 ms. 60 dms cdos". Según surge del Acta de Constatación celebrada con fecha 25/09/2025, el inmueble, sito en calle: Juan Ignacio Gorriti 1789 esquina Blas Rosales, se encuentra ocupado por la Sra. VERONICA MARTÍNEZ, DNI 33.414.594., quien habita la parte principal de la casa, y su hermano MANUEL MARTINEZ, quien vive en un departamento ubicado al fondo del terreno. El acto de subasta tendrá una duración de cinco (5) días hábiles y se iniciará el día 13 de abril 2026 a las 12:00 hs., momento a partir del cual los usuarios registrados podrán efectuar sus posturas en el Portal de Subastas, finalizando el día 17 de abril de 2026 a las 12:00 hs., sin perjuicio de la prórroga derivada del uso de la opción de “minuto adicional”. Atento la modalidad virtual, no se admitirá la compra en comisión. En virtud del valor comercial denunciado por el martillero actuante a tenor de lo normado por el art. 20 del AR N° 167 Serie "B" del 16/05/2024, constancias de las actas de constatación referidas supra; y de acuerdo a lo prescripto por el art. 579 del CPC, el inmueble referido saldrá a la venta, por la suma de Pesos DIECIOCHO MILLONES ($18.000.000); dinero de contado, mejor postor. Las posturas e incrementos se establecen en la suma de PESOS QUINIENTOS MIL ($500.000). La oferta de quien resulte mejor postor deberá efectivizarse a través de las modalidades de pago autorizadas en el portal, debiendo abonar el comprador el veinte por ciento (20%) del valor de su compra, con más la comisión de la ley del martillero, y el aporte del cuatro por ciento (4%) sobre el precio de la subasta (Fondo para la prevención de la violencia familiar, Art 24 Ley 9505, modif. por Decr. N° 480/14), y demás comisiones e impuestos que resulten a su cargo, dentro del plazo de 24 (veinticuatro) horas de finalizado el remate. Publicítese en el Portal de Subastas Judiciales durante un plazo mínimo de siete (7) días corridos. Hágase saber al ejecutante que en caso de solicitar autorización de compensar hasta el importe de su crédito y sin perjuicio de aquellos de mayor privilegio, deberá inscribirse como postor (art. 22, segundo párrafo). Una vez concluido el acto de subasta, el Tribunal adjudicará el bien a quien hubiere realizado la mejor oferta. El ganador será notificado en su panel de usuario del Portal y - supletoriamente- a la dirección de correo electrónico que hubiere denunciado al momento de su inscripción, para que proceda al pago en los términos arriba dispuestos. El saldo se deberá abonar luego de aprobarse la subasta mediante transferencia electrónica (art. 32, última parte del Reglamento), en la cuenta judicial a la vista abierta a la orden del tribunal y para estos autos, bajo apercibimiento (art. 585 C .P.C.C.). En cualquier caso, de no aprobarse el remate antes de los 30 (treinta) días desde la fecha de realizado, el saldo devengará un interés equivalente a la tasa pasiva para uso judicial que publica el B.C.R.A., con más el 3% mensual y hasta su efectivo pago, que se considera adecuado para mantener la equivalencia entre el valor del bien objeto de la venta y su precio. A los fines de evitar el pago de intereses el comprador podrá consignar judicialmente el saldo adeudado. Una vez verificado el pago por el tribunal en su Panel de Control, se procederá a realizar el acta definitiva, que se pondrá a la oficina por el plazo y a los efectos de ley, y a los fines establecidos en el art. 589 y conc. CPCC. No constando en el Portal el pago por el adjudicatario en el plazo de 72 (setenta y dos) horas, será considerado remiso e informáticamente se dará aviso al segundo mejor postor para que proceda al pago. En su defecto, se dará aviso al tercer mejor postor (siempre que este último no sea el postor incumplidor). En el caso de que éstos no mantengan su interés en la compra, la subasta se declarará desierta. Los pedidos de suspensión o cancelación de la subasta deberán formalizarse con una anticipación de 24 (veinticuatro) horas a la fecha prevista como finalización, bajo pena de inadmisibilidad. Hágase saber al martillero que, en el término de 24 (veinticuatro) horas de habilitado su panel, deberá: A) Publicar en el Portal una descripción detallada de los bienes, al menos 6 (seis) fotografías y 1 (un) video, además de fotografías del informe de dominio, catastral, datos profesionales y de contacto del Martillero designado, y todo otro dato que pueda resultar de interés y que surja de las constancias de autos. Ello deberá reflejar adecuadamente el estado, calidad y característica del bien objeto del acto. B) Responder adecuadamente las consultas de los interesados en el plazo de 2 (dos) días de realizada la consulta en el “Portal”, de manera de que los interesados tengan real conocimiento de las características de los bienes objeto de la venta. C) Rendir cuentas dentro del plazo de 5 (cinco) días de finalizado el remate, bajo apercibimiento de ley ( art. 13 inc. K de la Ley 7191). D) Acreditar, en el plazo de 5 días de realizada la subasta, el diligenciamiento del oficio de comunicación del remate al Registro de Propiedad, haciéndolo responsable en los términos del art. 58 y conc. de Ley 7191 y modif. E) Acreditar el pago del impuesto a la transferencia de inmueble. F) Efectuar los trámites de inscripción del bien subastado y las comunicaciones a los organismos Tributarios para la toma de razón del cambio de titular, en la forma ordenada por el art. 28 del Reglamento de la oficina de subastas (Ac. Regl. N° 1233/2014). Hágase saber a todos los interesados que ante el incumplimiento del adjudicatario del que resultare la frustración de la subasta, éste será sancionado con la suma que resultare de calcular el veinte por ciento (20%) del valor ofertado, en concepto de cláusula penal por incumplimiento de su oferta, según lo dispuesto por los artículos 974 y 790 siguientes y concordantes del Código Civil y Comercial de la Nación, siendo el monto resultante destinado a la cuenta de Tasa de Justicia. Conforme art. 2 del Anexo I del Acuerdo Reglamentario 165 serie B, hágase saber que “… los pedidos de suspensión o cancelación de la subasta deberán formalizarse con una anticipación de veinticuatro horas a la fecha prevista como finalización, bajo pena de inadmisibilidad”. Notifíquese con un mínimo de diez (10) días de anticipación a los fines de poner en conocimiento de la presente subasta a las partes, al martillero interviniente, a la Municipalidad de Córdoba y a la D.G.R. en los términos del art. 571 del CPC. Cumpliméntese las demás formalidades de ley. Exhórtese a la Secretaría de Gestión Común Ejec. Fiscales Nro 1 y Secretaría de Gestión Común Ejec. Fiscales Nro 3, quienes han dispuesto embargos sobre el inmueble, a fin de que tomen razón de lo aquí ordenado. NOTIFÍQUESE con un mínimo de diez (10) días de anticipación a los fines de poner en conocimiento de la presente subasta a las partes al domicilio constituido, o real en caso de no haber comparecido a la causa. a la martillera interviniente, a la Municipalidad de Córdoba y a la D.G.R. en los términos del art. 571 del CPC.
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Fecha: 2026.03.11
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Martillero: Karina Soledad Del Bel
Matrícula: 01-3243
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