Ubicación
Dirección: LOTE 25 Mza 60 LOMAS DE LA CAROLINA -Córdoba
Exhibición: 04/05/2026 de 17:30 hs a 18:30 hs. y el día 08/05/2026 de 14:30 a 15:30 hs. Previo turno al 0351-158081384
Ya no se puede realizar el depósito requerido para participar de la subasta.
Fecha vencimiento:
Porcentaje a abonar: % del valor + comisiones + costo medio de pago
Porcentaje a abonar: % del valor + comisiones + costo medio de pago
Ya no se puede realizar el depósito requerido para participar de la subasta.
Fecha vencimiento:
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KANGOO 2015 CON GNC DOS TUBOS , BUEN ESTADO GENERAL , NO ARRANCA POR FALTA DE BATERIA NO SE COMPROBO FUNCIONAMIENTO, DETALLES PROPIOS DEL USO POR SER UTILITARIO .
CORDOBA, 13/04/2026.- Proveyendo a la presentación efectuada por la martillera que antecede (AGREGA): Agréguese el informe proveniente del Ente Nacional Regulador del GAS (ENARGAS) que se acompaña. Téngase presente lo informado respecto de los tubos de gas natural comprimido colocados en el vehículo Dominio PBU191; por cumplimentado el proveído de fecha 10/03/2026.--- Atento el estado de la causa y lo dispuesto por los arts. 204 inc. c) y 208 L.C.Q., art. 571 y cc. C.P.C. y C., art. 83 Ley N°7191 y Acuerdo Reglamentario N°167 Serie B del 16/05/2024, sáquese a la venta a través del Portal de Subastas Judiciales Electrónicas y con intervención de la martillera PAOLA VIVIANA QUIROGA (Mat. Prof. N°01-2514), los bienes muebles no registrables y los rodados que conforman el ‘activo’ de la sociedad fallida “GALA S.R.L.” (CUIT 30-71124593-2), en el estado en que se encuentran (conforme el oficio de constatación diligenciado el 25/03/2026) y depositados en el domicilio sito en calle Av. Ejército Argentino N°9520, Lote 25, Mzna. 60, B° Lomas de la Carolina de esta ciudad, los que se describen como: LOTE N°1: (i) Tráiler de un eje, Patente 101 PBU 191, con luces traseras, de color naranja, medidas aproximadas 1,50 metros por 4 metros aproximadamente; tiene 2 ruedas y rueda de auxilio, porta objeto con candado y no tienen las llaves y (ii) Aspiradora marca ORM de color amarilla. LOTE N°2: Vehículo Marca: RENAULT, Tipo: FURGON, Modelo: ZL, KANGOO PH3 CONFORT 1.6 1P, Año 2015, Marca motor: RENAULT, Nro. Motor: K4MJ730Q161299, Marca Chasis: RENAULT Nro. Chasis: 8A1FC1315GL926671, DOMINIO PBU191 con dos (2) tubos de gas debajo de la carrocería (obleas vencidas última revisión 09/05/2024 s/informe de ‘ENARGAS’ incorporado el 10/04/2024). LOTE N°3: Motovehículo Marca: OKINOI, MODELO: 03- OKINOI 110, TIPO: MOTOCICLETA, MARCA MOTOR: OKINOI, MOTOR N°152FMHH040254P, MARCA CUADRO: OKINOI, CUADRO N°8D20KU110L1000540, MODELO 2020, DOMINIO A111XOV. LOTE N°4: Motovehículo Marca: OKINOI, MODELO: 03, OKINOI 110, TIPO: MOTOCICLETA, MARCA MOTOR: OKINOI, MOTOR N°152FMHH402197, MARCA CUADRO: OKINOI, CUADRO N°8D20KU110L1000672, MODELO 2020, DOMINIO A123IVA. LOTE N°5: Motovehículo Marca: OKINOI, MODELO: 03-OKINOI 110, TIPO: MOTOCICLETA, MARCA MOTOR: OKINOI, MOTOR N°152FMHH0402543, MARCA CUADRO: OKINOI, CUADRO N°8D20KU110L1000673, MODELO 2020, DOMINIO A123IVB. LOTE N°6: Motovehículo Marca: OKINOI, MODELO: 03- OKINOI 110, TIPO: MOTOCICLETA, MARCA MOTOR: OKINOI, MOTOR N°152FMHL1090130, MARCA CUADRO: OKINOI, CUADRO N°8D20KU110N1001116, MODELO: 2021, DOMINIO A150GBX. LOTE N°7: Motovehículo Marca: OKINOI, MODELO: 03-OKINOI 110, TIPO: MOTOCICLETA, MARCA MOTOR: OKINOI, MOTOR N°152FMHL1090228, MARCA CUADRO: OKINOI, CUADRO N° 8D20KU110N1001117, MODELO 2021, DOMINIO A150GBY. El acto de subasta tendrá una duración de cinco (5) días hábiles y se iniciará el día 04 de mayo de 2026 a las 10:00 hs., momento a partir del cual los usuarios registrados podrán efectuar sus posturas en el Portal de Subastas, y finalizará el día 11de mayo de 2026 a las 10,00 hs., sin perjuicio de la prórroga derivada del uso de la opción de “minuto adicional”. CONDICIONES: Los bienes saldrán a la venta, con una base inicial y con un incremento de la postura mínima -luego de la base-, tal como se consigna respecto de cada uno de ellos; y al mejor postor al momento de la conclusión automática de la subasta. Los bienes muebles no registrables (Lote 1) saldrán con Base: $100.000,00 y el monto incremental de cada oferta, luego de la base, de $10.000,00. El rodado Dominio PBU191 (Lote 2) saldrá con Base: $3.000.000,00 y el incremento de la postura mínima, luego de la base, de $100.000,00. El motovehículo Dominio A123IVA (Lote 4) saldrá con Base: $75.000,00 y el monto incremental de cada oferta, luego de la base, de $5.000,00. Los restantes motovehículos Dominio A111XOV (Lote 3), Dominio A123IVB (Lote 5), Dominio A150GBX (Lote 6) y Dominio A150GBY (Lote 7) saldrán con Base: $100.000,00 y el monto incremental de cada oferta, luego de la base, de $10.000,00 cada uno. Las ofertas de quienes resulten mejores postores deberán efectivizarse exclusivamente a través de las modalidades de pago autorizadas en el portal, debiendo los compradores abonar en el plazo de 48 hs. de finalizado el remate el cien por ciento (100%) del valor de compra de los bienes muebles no registrables y de los motovehículos; y en el caso del rodado Dominio PBU191 el veinte por ciento (20%) del precio de venta y el saldo al aprobarse la subasta y, en todos los casos, con más la comisión de ley de la martillera (10%), el aporte del cuatro por ciento (4%) sobre el precio para el Fondo para la Prevención de la Violencia Familiar (art. 24, Ley Provincial N°9505, modif. por Decr. N°480/14), el Impuesto de Sellos (1,2% en el caso de los muebles no registrables y 1,5% para los rodados) y el I.V.A. (21%) en todos los casos y demás comisiones e impuestos que resulten a su cargo y adjuntar la constancia respectiva en el propio portal de subasta electrónica. A tales efectos, téngase presente la cuenta a la vista para uso judicial N°922/2415808 (CBU 0200922751000002415886), abierta a la orden de este tribunal y para estos autos. Atento a la modalidad virtual de la subasta no se admite la compra en comisión. Una vez concluido el acto de subasta y determinados los ganadores, éstos serán notificados en sus paneles de usuarios del Portal y -supletoriamente- a la dirección de correo electrónico que hubieren denunciado al momento de su inscripción. El tribunal agregará al expediente, a requerimiento de la martillera, la constancia -como acta provisoria de subasta- del resultado del remate. Una vez verificado el pago por el tribunal en su panel de control, se procederá a realizar el acta definitiva de subasta, la cual se pondrá a la oficina por el plazo y a los fines establecidos en el art. 587 y cc. del C. P. C. y C., habilitándose a la martillera interviniente a la entrega del lote de los bienes muebles no registrables a su comprador, quien deberá retirarlo en el término de tres (3) días, asumiendo los gastos pertinentes y bajo apercibimiento de hacerse cargo de los gastos de depósito que pudieran generarse con posterioridad. Póngase en conocimiento de los interesados que quienes resulten compradores de los motovehículos y del automotor tendrán a su cargo los trámites y gastos de inscripción registral correspondiente y que la ‘posesión’ de los mismos les será otorgada después de la inscripción registral a su nombre con la presentación de la tarjeta verde y título de propiedad (arts. 15 y 27, Ley N°22.977), a cuyo fin se fija el plazo de quince (15) días desde el pago del saldo de precio. Una vez obtenida la inscripción registral a su nombre y librado el oficio respectivo, los adquirentes deberán proceder al retiro de los rodados en el término de 24 horas, bajo apercibimiento de asumir toda responsabilidad disvaliosa derivada de su actuar omisivo, esto es, siendo a su exclusivo costo y cargo el gasto derivado del traslado y -en su caso- posterior depósito (art. 32 in fine Ac. Reg. cit.), coordinando el procedimiento de entrega con la martillera; queda en tal caso el tribunal, sindicatura y martillera liberados de toda responsabilidad en relación a adquirente y terceros. Se hace saber que no constando en el Portal el pago por los adjudicatarios en el plazo de 72hs., serán considerados ‘remisos’ e informáticamente se dará aviso al segundo mejor postor para que proceda al pago; en su defecto, se dará aviso al tercer mejor postor a iguales fines. En el caso de que ninguno de ellos mantenga su interés en la compra, la subasta se declarará desierta. Hágase saber a todos los interesados que, ante el incumplimiento del ganador, el mismo será pasible de la sanción prevista en concepto de ‘cláusula penal’ por el incumplimiento de su oferta equivalente al veinte por ciento (20%) del valor ofertado, según lo dispuesto por los arts. 974 y 790, sgs. y ctes. del Código Civil y Comercial de la Nación; dichos fondos serán destinados a la cuenta especial creada por Ley N°8002 a favor del Poder Judicial de la Provincia de Córdoba. A tal efecto, el tribunal generará en el Portal de Subastas la correspondiente boleta a los efectos de que el postor remiso proceda a su pago dentro del plazo de 15 días y a través de los medios habilitados en el Portal; vencido el plazo mencionado sin que se haya cancelado la boleta, el Tribunal emitirá un certificado de deuda conforme a lo informado por la oficina de subastas, en los mismos términos dispuestos por el art. 340 de la Ley N°6006 C.T.P. (t.o. decr. 550/2023 o la norma que en el futuro lo reemplace). Los pedidos de suspensión o cancelación de la subasta deberán formalizarse con una anticipación de 24hs. a la fecha prevista como finalización, bajo pena de inadmisibilidad. Terceros atenerse a lo dispuesto por el art. 188 de la Ley N°24.522, con inclusión de tal advertencia en la publicidad pertinente. En cualquier caso, de no aprobarse el remate antes de los treinta (30) días desde la fecha de realizado, con independencia de a quién sea imputable la demora, el saldo devengará un interés equivalente a la tasa pasiva para uso judicial que publica el BCRA, con más el 3% mensual y hasta su efectivo pago, que se considera adecuado para mantener la equivalencia entre el valor del bien objeto de la venta y su precio. PUBLICIDAD: Publíquese la existencia del remate en el “Portal de Subastas Judiciales Electrónicas” durante un plazo mínimo de siete (7) días corridos y se hace saber que se omite la publicación edictal en virtud de su onerosidad, procurando abaratar los costos de la liquidación. Hágase saber a la Martillera que deberá: (a) publicar en el “Portal” una descripción detallada de los bienes muebles, de los motovehículos y del automotor de que se trata, informes dominiales, al menos 2 fotografías de cada lote y un video en el término de 24hs. de habilitado su panel, con las prevenciones del art. 13 inc. g) y cc. de la Ley Provincial N°7191; consignar datos profesionales y de contacto de la enajenadora y todo otro dato que pueda resultar de interés y que surja de las constancias de autos, de modo tal de reflejar adecuadamente el estado, calidad y dimensiones de los bienes objeto del acto; (b) responder adecuadamente las consultas de los interesados en el plazo de dos (2) días de realizada la consulta en el “Portal”, de manera de que estos tengan real noción de las características de los bienes objeto de venta; (c) remitir, en el término de tres (3) días hábiles, por correo electrónico, a la casilla de correo subastas@justiciacordoba.gob.ar , la planilla mencionada en el punto II) de los Considerandos de dicho acuerdo -como archivo adjunto- con el asunto “Informe ARCA” y, luego, incorporar al expediente una constancia de esa remisión (Ac. Regl. Nº 124 Serie “B” del 07/10/2014 y N°149 B del 06/06/2017); (d) liquidar el Impuesto del Fondo para la Prevención de la Violencia Familiar e Impuesto de Sellos, correspondiente al acto de venta; e) acreditar, en el plazo de cinco (5) días de realizada la subasta, el diligenciamiento del oficio de comunicación del remate a los Registros de la Propiedad Automotor y de Motovehículos pertinentes (informando los datos de los tres mejores postores) (art. 32 Ac. Reg. cit.), haciéndola responsable en los términos del art. 58 y cc. de Ley Provincial N°7191 y modifs. y f) rendir cuentas dentro del plazo de 5 (cinco) días de finalizado el remate, bajo apercibimiento de ley (art. 13 inc. k de la Ley N°7191). Hágase saber a la Sindicatura que, una vez finalizado el remate y abonados los importes respectivos, deberá proceder a liquidar y abonar el I.V.A. correspondiente y efectuar el contralor del acto de subasta. Cumpliméntense las demás formalidades de ley. Requiérase a la Martillera que, en el plazo de dos (2) días, informe los días y horarios de ‘exhibición’ a los interesados de los bienes objeto de la subasta. Notifíquese a la fallida, sindicatura y martillera.-
Texto Firmado digitalmente por: ANTINUCCI Marcela Susana
JUEZ/A DE 1RA. INSTANCIA
Fecha: 2026.04.13
BELTRAMONE Hugo Horacio
SECRETARIO/A JUZGADO 1RA. INSTANCIA
Fecha: 2026.04.13
En la ciudad de Córdoba, a los 25 días del mes de marzo de
2026, siendo las 14:26 horas, me constituyo en el inmueble sito en Avda.
Ejército Argentino Nº 9520, Lote 25, Mza. 60, de Barrio Lomas de la
Carolina, a fin de cumplimentar lo ordenado en los autos: "GALA S.R.L.
(EN LIQUIDACIÓN) - QUIEBRA PROPIA COMPLEJA" (EXPTE.
Nº 13065732). Se encuentra presente en este acto la Martillera designada,
Sra. Paola Viviana Quiroga, y por la parte liquidadora Paola Andrea
CAPOBIANCO FELIZIA, DNI 23.824742, a quien le hago saber el motivo
de mi presencia. Procedo a realizar la constatación minuciosa del estado de
uso y funcionamiento de los bienes detallados en el oficio, a saber:
MOTOS (5 unidades): Marca OKINOI, Modelo 03-OKINOI 110.
Dominio A150GBY: Estado: Presenta roto el acrílico del kilometraje del
tablero, plásticos rayados y gastados los delanteros. Asiento de cuero negro
en buen estado. En la parte trasera presenta una grieta, una rotura de los
plásticos. Se adjunta fotografías. Dominio A123IVA: Estado general
deteriorado, faltan las ópticas y partes de la carcasa, los plásticos. No se
verifica el funcionamiento. El plástico del kilometraje se encuentra roto.
Chapa patente rota. Manillar o manubrio pegado con cinta. no tiene llaves.
Asiento de cuero roto. Dominio A123IVB: Estado regular, falta óptica
trasera , tiene lámpara. No tiene espejos . en el asiento de cuero presenta
una quemadura de cigarrillo. Caño de escape suelto al costado. no tiene
llaves. Dominio A150GBX: Estado general bueno, falta óptica trasera,
presenta una raspadura en su parte trasera. No se puede comprobar el
funcionamiento. Tiene llaves. Dominio A111XOV: Estado: general bueno.
No tiene espejo delantero. Presenta rayaduras en su parte trasera. Tiene
llaves. AUTOMÓVIL: Marca Renault, Tipo FURGÓN, Modelo ZL
KANGOO PH3 CONFORT 1.6 1P, Año 2015, Dominio PBU191.Estado
general: Bueno presenta en su capot delantero presenta un golpe en su
frente , pintura saltada. 4 ruedas desinfladas con llantas de chapa. Paragolpe
delantero agarrado con precintos. El guardabarro delantero izquierdo
presenta abolladura. Tiene dos tubos de gas debajo de la carrocería.
Paragolpe delantero desencajado, presenta raspon en guardabarro Trasero.
En su interior presenta 2 asientos con tapizado original con roturas. Tiene
rueda de auxilio . No se puede constatar el kilometraje porque no enciende.
Antena rota, con pegamento. Funcionamiento: no se puede constatar el
funcionamiento por falta de batería. BIENES INVENTARIADOS:
Tráiler de un eje: Patente 101 PBU 191, tiene luces traseras. ES de color
naranja de medidas aproximadas. 1,50 metros por 4 metros
aproximadamente. Tiene rueda de auxilio. Tiene porta objeto con candado y
no tienen las llaves. Tiene dos ruedas. Aspiradora marca ORM de color
amarilla: (enciende y estado del cable y manguera bueno. No habiendo
más objetos que constatar y previa lectura, se da por finalizado el acto,
firmando los presentes por ante mí, de lo que doy fe. FDo. Ab. Silvana
Daniela Albornoz - Oficial de Justicia.-
Otro si digo: aclaro que por un error involuntario no se consignó en el acta
precedente que no se pudo comprobar el funcionamiento ni de las 5
unidades de motocicletas, ni del automotor, por no tener carga las baterías y
algunas motocicletas no poseían llaves. Conste Doy Fe.-
Se adjuntan fotografías extraídas durante la realización del procedimiento
KANGOO 2015 CON GNC DOS TUBOS , BUEN ESTADO GENERAL , NO ARRANCA POR FALTA DE BATERIA NO SE COMPROBO FUNCIONAMIENTO, DETALLES PROPIOS DEL USO POR SER UTILITARIO .
CORDOBA, 13/04/2026.- Proveyendo a la presentación efectuada por la martillera que antecede (AGREGA): Agréguese el informe proveniente del Ente Nacional Regulador del GAS (ENARGAS) que se acompaña. Téngase presente lo informado respecto de los tubos de gas natural comprimido colocados en el vehículo Dominio PBU191; por cumplimentado el proveído de fecha 10/03/2026.--- Atento el estado de la causa y lo dispuesto por los arts. 204 inc. c) y 208 L.C.Q., art. 571 y cc. C.P.C. y C., art. 83 Ley N°7191 y Acuerdo Reglamentario N°167 Serie B del 16/05/2024, sáquese a la venta a través del Portal de Subastas Judiciales Electrónicas y con intervención de la martillera PAOLA VIVIANA QUIROGA (Mat. Prof. N°01-2514), los bienes muebles no registrables y los rodados que conforman el ‘activo’ de la sociedad fallida “GALA S.R.L.” (CUIT 30-71124593-2), en el estado en que se encuentran (conforme el oficio de constatación diligenciado el 25/03/2026) y depositados en el domicilio sito en calle Av. Ejército Argentino N°9520, Lote 25, Mzna. 60, B° Lomas de la Carolina de esta ciudad, los que se describen como: LOTE N°1: (i) Tráiler de un eje, Patente 101 PBU 191, con luces traseras, de color naranja, medidas aproximadas 1,50 metros por 4 metros aproximadamente; tiene 2 ruedas y rueda de auxilio, porta objeto con candado y no tienen las llaves y (ii) Aspiradora marca ORM de color amarilla. LOTE N°2: Vehículo Marca: RENAULT, Tipo: FURGON, Modelo: ZL, KANGOO PH3 CONFORT 1.6 1P, Año 2015, Marca motor: RENAULT, Nro. Motor: K4MJ730Q161299, Marca Chasis: RENAULT Nro. Chasis: 8A1FC1315GL926671, DOMINIO PBU191 con dos (2) tubos de gas debajo de la carrocería (obleas vencidas última revisión 09/05/2024 s/informe de ‘ENARGAS’ incorporado el 10/04/2024). LOTE N°3: Motovehículo Marca: OKINOI, MODELO: 03- OKINOI 110, TIPO: MOTOCICLETA, MARCA MOTOR: OKINOI, MOTOR N°152FMHH040254P, MARCA CUADRO: OKINOI, CUADRO N°8D20KU110L1000540, MODELO 2020, DOMINIO A111XOV. LOTE N°4: Motovehículo Marca: OKINOI, MODELO: 03, OKINOI 110, TIPO: MOTOCICLETA, MARCA MOTOR: OKINOI, MOTOR N°152FMHH402197, MARCA CUADRO: OKINOI, CUADRO N°8D20KU110L1000672, MODELO 2020, DOMINIO A123IVA. LOTE N°5: Motovehículo Marca: OKINOI, MODELO: 03-OKINOI 110, TIPO: MOTOCICLETA, MARCA MOTOR: OKINOI, MOTOR N°152FMHH0402543, MARCA CUADRO: OKINOI, CUADRO N°8D20KU110L1000673, MODELO 2020, DOMINIO A123IVB. LOTE N°6: Motovehículo Marca: OKINOI, MODELO: 03- OKINOI 110, TIPO: MOTOCICLETA, MARCA MOTOR: OKINOI, MOTOR N°152FMHL1090130, MARCA CUADRO: OKINOI, CUADRO N°8D20KU110N1001116, MODELO: 2021, DOMINIO A150GBX. LOTE N°7: Motovehículo Marca: OKINOI, MODELO: 03-OKINOI 110, TIPO: MOTOCICLETA, MARCA MOTOR: OKINOI, MOTOR N°152FMHL1090228, MARCA CUADRO: OKINOI, CUADRO N° 8D20KU110N1001117, MODELO 2021, DOMINIO A150GBY. El acto de subasta tendrá una duración de cinco (5) días hábiles y se iniciará el día 04 de mayo de 2026 a las 10:00 hs., momento a partir del cual los usuarios registrados podrán efectuar sus posturas en el Portal de Subastas, y finalizará el día 11de mayo de 2026 a las 10,00 hs., sin perjuicio de la prórroga derivada del uso de la opción de “minuto adicional”. CONDICIONES: Los bienes saldrán a la venta, con una base inicial y con un incremento de la postura mínima -luego de la base-, tal como se consigna respecto de cada uno de ellos; y al mejor postor al momento de la conclusión automática de la subasta. Los bienes muebles no registrables (Lote 1) saldrán con Base: $100.000,00 y el monto incremental de cada oferta, luego de la base, de $10.000,00. El rodado Dominio PBU191 (Lote 2) saldrá con Base: $3.000.000,00 y el incremento de la postura mínima, luego de la base, de $100.000,00. El motovehículo Dominio A123IVA (Lote 4) saldrá con Base: $75.000,00 y el monto incremental de cada oferta, luego de la base, de $5.000,00. Los restantes motovehículos Dominio A111XOV (Lote 3), Dominio A123IVB (Lote 5), Dominio A150GBX (Lote 6) y Dominio A150GBY (Lote 7) saldrán con Base: $100.000,00 y el monto incremental de cada oferta, luego de la base, de $10.000,00 cada uno. Las ofertas de quienes resulten mejores postores deberán efectivizarse exclusivamente a través de las modalidades de pago autorizadas en el portal, debiendo los compradores abonar en el plazo de 48 hs. de finalizado el remate el cien por ciento (100%) del valor de compra de los bienes muebles no registrables y de los motovehículos; y en el caso del rodado Dominio PBU191 el veinte por ciento (20%) del precio de venta y el saldo al aprobarse la subasta y, en todos los casos, con más la comisión de ley de la martillera (10%), el aporte del cuatro por ciento (4%) sobre el precio para el Fondo para la Prevención de la Violencia Familiar (art. 24, Ley Provincial N°9505, modif. por Decr. N°480/14), el Impuesto de Sellos (1,2% en el caso de los muebles no registrables y 1,5% para los rodados) y el I.V.A. (21%) en todos los casos y demás comisiones e impuestos que resulten a su cargo y adjuntar la constancia respectiva en el propio portal de subasta electrónica. A tales efectos, téngase presente la cuenta a la vista para uso judicial N°922/2415808 (CBU 0200922751000002415886), abierta a la orden de este tribunal y para estos autos. Atento a la modalidad virtual de la subasta no se admite la compra en comisión. Una vez concluido el acto de subasta y determinados los ganadores, éstos serán notificados en sus paneles de usuarios del Portal y -supletoriamente- a la dirección de correo electrónico que hubieren denunciado al momento de su inscripción. El tribunal agregará al expediente, a requerimiento de la martillera, la constancia -como acta provisoria de subasta- del resultado del remate. Una vez verificado el pago por el tribunal en su panel de control, se procederá a realizar el acta definitiva de subasta, la cual se pondrá a la oficina por el plazo y a los fines establecidos en el art. 587 y cc. del C. P. C. y C., habilitándose a la martillera interviniente a la entrega del lote de los bienes muebles no registrables a su comprador, quien deberá retirarlo en el término de tres (3) días, asumiendo los gastos pertinentes y bajo apercibimiento de hacerse cargo de los gastos de depósito que pudieran generarse con posterioridad. Póngase en conocimiento de los interesados que quienes resulten compradores de los motovehículos y del automotor tendrán a su cargo los trámites y gastos de inscripción registral correspondiente y que la ‘posesión’ de los mismos les será otorgada después de la inscripción registral a su nombre con la presentación de la tarjeta verde y título de propiedad (arts. 15 y 27, Ley N°22.977), a cuyo fin se fija el plazo de quince (15) días desde el pago del saldo de precio. Una vez obtenida la inscripción registral a su nombre y librado el oficio respectivo, los adquirentes deberán proceder al retiro de los rodados en el término de 24 horas, bajo apercibimiento de asumir toda responsabilidad disvaliosa derivada de su actuar omisivo, esto es, siendo a su exclusivo costo y cargo el gasto derivado del traslado y -en su caso- posterior depósito (art. 32 in fine Ac. Reg. cit.), coordinando el procedimiento de entrega con la martillera; queda en tal caso el tribunal, sindicatura y martillera liberados de toda responsabilidad en relación a adquirente y terceros. Se hace saber que no constando en el Portal el pago por los adjudicatarios en el plazo de 72hs., serán considerados ‘remisos’ e informáticamente se dará aviso al segundo mejor postor para que proceda al pago; en su defecto, se dará aviso al tercer mejor postor a iguales fines. En el caso de que ninguno de ellos mantenga su interés en la compra, la subasta se declarará desierta. Hágase saber a todos los interesados que, ante el incumplimiento del ganador, el mismo será pasible de la sanción prevista en concepto de ‘cláusula penal’ por el incumplimiento de su oferta equivalente al veinte por ciento (20%) del valor ofertado, según lo dispuesto por los arts. 974 y 790, sgs. y ctes. del Código Civil y Comercial de la Nación; dichos fondos serán destinados a la cuenta especial creada por Ley N°8002 a favor del Poder Judicial de la Provincia de Córdoba. A tal efecto, el tribunal generará en el Portal de Subastas la correspondiente boleta a los efectos de que el postor remiso proceda a su pago dentro del plazo de 15 días y a través de los medios habilitados en el Portal; vencido el plazo mencionado sin que se haya cancelado la boleta, el Tribunal emitirá un certificado de deuda conforme a lo informado por la oficina de subastas, en los mismos términos dispuestos por el art. 340 de la Ley N°6006 C.T.P. (t.o. decr. 550/2023 o la norma que en el futuro lo reemplace). Los pedidos de suspensión o cancelación de la subasta deberán formalizarse con una anticipación de 24hs. a la fecha prevista como finalización, bajo pena de inadmisibilidad. Terceros atenerse a lo dispuesto por el art. 188 de la Ley N°24.522, con inclusión de tal advertencia en la publicidad pertinente. En cualquier caso, de no aprobarse el remate antes de los treinta (30) días desde la fecha de realizado, con independencia de a quién sea imputable la demora, el saldo devengará un interés equivalente a la tasa pasiva para uso judicial que publica el BCRA, con más el 3% mensual y hasta su efectivo pago, que se considera adecuado para mantener la equivalencia entre el valor del bien objeto de la venta y su precio. PUBLICIDAD: Publíquese la existencia del remate en el “Portal de Subastas Judiciales Electrónicas” durante un plazo mínimo de siete (7) días corridos y se hace saber que se omite la publicación edictal en virtud de su onerosidad, procurando abaratar los costos de la liquidación. Hágase saber a la Martillera que deberá: (a) publicar en el “Portal” una descripción detallada de los bienes muebles, de los motovehículos y del automotor de que se trata, informes dominiales, al menos 2 fotografías de cada lote y un video en el término de 24hs. de habilitado su panel, con las prevenciones del art. 13 inc. g) y cc. de la Ley Provincial N°7191; consignar datos profesionales y de contacto de la enajenadora y todo otro dato que pueda resultar de interés y que surja de las constancias de autos, de modo tal de reflejar adecuadamente el estado, calidad y dimensiones de los bienes objeto del acto; (b) responder adecuadamente las consultas de los interesados en el plazo de dos (2) días de realizada la consulta en el “Portal”, de manera de que estos tengan real noción de las características de los bienes objeto de venta; (c) remitir, en el término de tres (3) días hábiles, por correo electrónico, a la casilla de correo subastas@justiciacordoba.gob.ar , la planilla mencionada en el punto II) de los Considerandos de dicho acuerdo -como archivo adjunto- con el asunto “Informe ARCA” y, luego, incorporar al expediente una constancia de esa remisión (Ac. Regl. Nº 124 Serie “B” del 07/10/2014 y N°149 B del 06/06/2017); (d) liquidar el Impuesto del Fondo para la Prevención de la Violencia Familiar e Impuesto de Sellos, correspondiente al acto de venta; e) acreditar, en el plazo de cinco (5) días de realizada la subasta, el diligenciamiento del oficio de comunicación del remate a los Registros de la Propiedad Automotor y de Motovehículos pertinentes (informando los datos de los tres mejores postores) (art. 32 Ac. Reg. cit.), haciéndola responsable en los términos del art. 58 y cc. de Ley Provincial N°7191 y modifs. y f) rendir cuentas dentro del plazo de 5 (cinco) días de finalizado el remate, bajo apercibimiento de ley (art. 13 inc. k de la Ley N°7191). Hágase saber a la Sindicatura que, una vez finalizado el remate y abonados los importes respectivos, deberá proceder a liquidar y abonar el I.V.A. correspondiente y efectuar el contralor del acto de subasta. Cumpliméntense las demás formalidades de ley. Requiérase a la Martillera que, en el plazo de dos (2) días, informe los días y horarios de ‘exhibición’ a los interesados de los bienes objeto de la subasta. Notifíquese a la fallida, sindicatura y martillera.-
Texto Firmado digitalmente por: ANTINUCCI Marcela Susana
JUEZ/A DE 1RA. INSTANCIA
Fecha: 2026.04.13
BELTRAMONE Hugo Horacio
SECRETARIO/A JUZGADO 1RA. INSTANCIA
Fecha: 2026.04.13
En la ciudad de Córdoba, a los 25 días del mes de marzo de
2026, siendo las 14:26 horas, me constituyo en el inmueble sito en Avda.
Ejército Argentino Nº 9520, Lote 25, Mza. 60, de Barrio Lomas de la
Carolina, a fin de cumplimentar lo ordenado en los autos: "GALA S.R.L.
(EN LIQUIDACIÓN) - QUIEBRA PROPIA COMPLEJA" (EXPTE.
Nº 13065732). Se encuentra presente en este acto la Martillera designada,
Sra. Paola Viviana Quiroga, y por la parte liquidadora Paola Andrea
CAPOBIANCO FELIZIA, DNI 23.824742, a quien le hago saber el motivo
de mi presencia. Procedo a realizar la constatación minuciosa del estado de
uso y funcionamiento de los bienes detallados en el oficio, a saber:
MOTOS (5 unidades): Marca OKINOI, Modelo 03-OKINOI 110.
Dominio A150GBY: Estado: Presenta roto el acrílico del kilometraje del
tablero, plásticos rayados y gastados los delanteros. Asiento de cuero negro
en buen estado. En la parte trasera presenta una grieta, una rotura de los
plásticos. Se adjunta fotografías. Dominio A123IVA: Estado general
deteriorado, faltan las ópticas y partes de la carcasa, los plásticos. No se
verifica el funcionamiento. El plástico del kilometraje se encuentra roto.
Chapa patente rota. Manillar o manubrio pegado con cinta. no tiene llaves.
Asiento de cuero roto. Dominio A123IVB: Estado regular, falta óptica
trasera , tiene lámpara. No tiene espejos . en el asiento de cuero presenta
una quemadura de cigarrillo. Caño de escape suelto al costado. no tiene
llaves. Dominio A150GBX: Estado general bueno, falta óptica trasera,
presenta una raspadura en su parte trasera. No se puede comprobar el
funcionamiento. Tiene llaves. Dominio A111XOV: Estado: general bueno.
No tiene espejo delantero. Presenta rayaduras en su parte trasera. Tiene
llaves. AUTOMÓVIL: Marca Renault, Tipo FURGÓN, Modelo ZL
KANGOO PH3 CONFORT 1.6 1P, Año 2015, Dominio PBU191.Estado
general: Bueno presenta en su capot delantero presenta un golpe en su
frente , pintura saltada. 4 ruedas desinfladas con llantas de chapa. Paragolpe
delantero agarrado con precintos. El guardabarro delantero izquierdo
presenta abolladura. Tiene dos tubos de gas debajo de la carrocería.
Paragolpe delantero desencajado, presenta raspon en guardabarro Trasero.
En su interior presenta 2 asientos con tapizado original con roturas. Tiene
rueda de auxilio . No se puede constatar el kilometraje porque no enciende.
Antena rota, con pegamento. Funcionamiento: no se puede constatar el
funcionamiento por falta de batería. BIENES INVENTARIADOS:
Tráiler de un eje: Patente 101 PBU 191, tiene luces traseras. ES de color
naranja de medidas aproximadas. 1,50 metros por 4 metros
aproximadamente. Tiene rueda de auxilio. Tiene porta objeto con candado y
no tienen las llaves. Tiene dos ruedas. Aspiradora marca ORM de color
amarilla: (enciende y estado del cable y manguera bueno. No habiendo
más objetos que constatar y previa lectura, se da por finalizado el acto,
firmando los presentes por ante mí, de lo que doy fe. FDo. Ab. Silvana
Daniela Albornoz - Oficial de Justicia.-
Otro si digo: aclaro que por un error involuntario no se consignó en el acta
precedente que no se pudo comprobar el funcionamiento ni de las 5
unidades de motocicletas, ni del automotor, por no tener carga las baterías y
algunas motocicletas no poseían llaves. Conste Doy Fe.-
Se adjuntan fotografías extraídas durante la realización del procedimiento
Oferente:
Oferta:
Dirección: LOTE 25 Mza 60 LOMAS DE LA CAROLINA -Córdoba
Exhibición: 04/05/2026 de 17:30 hs a 18:30 hs. y el día 08/05/2026 de 14:30 a 15:30 hs. Previo turno al 0351-158081384
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