KANGOO PH3 CONFORT 1.6 - AÑO 2015

AUTOMOTOR MARCA RENAULT, MODELO ZL- KANGOO PH3 CONFORT 1.6 1P; TIPO FURGON, AÑO 2015, DOMINIO OVW 260.
Atento la modalidad virtual no se admite la compra en comisión.
La oferta de quien resulte mejor postor deberá efectivizarse a través de las modalidades de pago autorizadas en el portal, debiendo el comprador abonar en el plazo de 48 horas de finalizado el remate el veinte por ciento (20%) del valor de su compra, con más la comisión de la ley al martillero, aporte al fondo para la prevención de la violencia familiar, impuesto a los sellos, y demás comisiones e impuestos que resulten a su cargo.
El bien será adjudicado a quien hubiere realizado la mejor oferta, conforme el Reglamento de subastas electrónicas referenciado.
En caso de no constar en el Portal el pago por el adjudicatario en el plazo de 72 horas, será considerado remiso e informáticamente se dará aviso al segundo mejor postor para que proceda al pago. En su defecto, se dará aviso al tercer mejor postor, siempre que éste último no sea el postor remiso, a iguales fines.
Una vez verificado el pago por el tribunal en su Panel de Control, se procederá a realizar el acta definitiva, que se pondrá a la oficina por el plazo y a los efectos de ley, y a los fines establecidos en el art. 589 y conc. del CPCC.
El saldo se deberá abonar luego de aprobarse la subasta mediante transferencia electrónica (art. 30, última parte del Reglamento).
En cualquier caso, de no aprobarse el remate antes de los treinta días desde la fecha de realizado, el saldo devengará un interés equivalente a la tasa pasiva para uso judicial que publica el B.C.R.A., con más el 2% mensual y hasta su efectivo pago, que se considera adecuado para mantener la equivalencia entre el valor del bien objeto de la venta y su precio.
Cláusula Penal : Hágase saber a todos los interesados que, ante el incumplimiento del ganador, será pasible de la sanción prevista en concepto de cláusula penal por el incumplimiento de su oferta equivalente al veinte por ciento (20%) del valor ofertado, según lo dispuesto por los artículos 974 y 790, siguientes y concordantes del Código Civil y Comercial de la Nación. Dichos fondos serán destinados a la cuenta especial creada por ley N°8002 a favor del Poder Judicial de la Provincia de Córdoba. A tal efecto, la Oficina de Tasa de Justicia, una vez comunicado por el Tribunal el incumplimiento al pago de dicha sanción, quedará habilitada para perseguir su cobro de manera compulsiva. Los pedidos de suspensión o cancelación de la subasta deberán formalizarse con una anticipación de 24 hs. a la fecha prevista como finalización, bajo pena de inadmisibilidad (art. 27 A.R. 155 SERIE B del 22/04/2018).

Datos de la subasta

Expediente: EXPEDIENTE SAC: 10905103
Entidad: JUZGADO CIVI.COM.CONC. Y FAMILIA - SEC.1 - RIO SEGUNDO
Teléfono: 3572-426100
Interno: 69042
Decreto

RIO SEGUNDO, 27/02/2026. A la presentación de fecha 20/02/2026: Agréguese cédulas de notificación.

A la presentación de fecha 23/02/2026: Agréguese informe de bloqueo de dominio. Téngase presente. En su mérito y atento constancias de autos, sáquese a la venta a través del portal de subastas judiciales electrónicas, conforme Resolución N° 153 de fecha 19/06/2020 y Acuerdo Reglamentario N° 1649 Serie A de fecha 19/08/2020 del Excmo. TSJ, así como lo preceptuado por el Acuerdo Reglamentario N° 155 Serie "B" de fecha 22/04/2018, con intervención del martillero designado, un automotor marca RENAULT, modelo ZL- KANGOO PH3 CONFORT 1.6 1P; tipo FURGON, motor RENAULT, N°K4MJ730Q158661, chasis RENAULT N°8A1FC1315GL875454, año 2015, DOMINIO OVW 260.

Términos y condiciones de la subasta: Se hace saber a todos los interesados que el acto de subasta tendrá una duración de cinco (5) días hábiles y se iniciará el día siete (07) de abril de 2026 a las 10.00 hs, momento a partir del cual los usuarios registrados podrán efectuar sus posturas en el Portal de Subastas, finalizando el día 14 de abril de 2026 a las 10.00 hs, sin perjuicio de la prórroga derivada del “minuto adicional” (art. 25 AR supra citado).

Los usuarios registrados en el Portal podrán participar como postores. Atento la modalidad virtual no se admite la compra en comisión.

El automotor saldrá a la venta por la suma de pesos CUATRO millones ($4.000.000,00), y se establece un monto incremental de CUATROCIENTOS MIL pesos ($400.000,00).

La oferta de quien resulte mejor postor deberá efectivizarse a través de las modalidades de pago autorizadas en el portal, debiendo el comprador abonar en el plazo de 48 horas de finalizado el remate el veinte por ciento (20%) del valor de su compra, con más la comisión de la ley al martillero, aporte al fondo para la prevención de la violencia familiar, impuesto a los sellos, y demás comisiones e impuestos que resulten a su cargo.

El bien será adjudicado a quien hubiere realizado la mejor oferta, conforme el Reglamento de subastas electrónicas referenciado.

Una vez concluido el acto de subasta y determinado el ganador, éste será notificado en su panel de usuario del Portal y -supletoriamente- a la dirección de correo electrónico que hubiere denunciado al momento de su inscripción. El tribunal agregará al expediente, a requerimiento del Martillero, la constancia -como acta provisoria de subasta- del resultado del remate.

En caso de no constar en el Portal el pago por el adjudicatario en el plazo de 72 horas, será considerado remiso e informáticamente se dará aviso al segundo mejor postor para que proceda al pago. En su defecto, se dará aviso al tercer mejor postor, siempre que éste último no sea el postor remiso, a iguales fines. En el caso de que ninguno de ellos mantenga su interés en la compra, la subasta se declarará desierta.

Una vez verificado el pago por el tribunal en su Panel de Control, se procederá a realizar el acta definitiva, que se pondrá a la oficina por el plazo y a los efectos de ley, y a los fines establecidos en el art. 589 y conc. del CPCC.

El saldo se deberá abonar luego de aprobarse la subasta mediante transferencia electrónica (art. 30, última parte del Reglamento).

En cualquier caso, de no aprobarse el remate antes de los treinta días desde la fecha de realizado, el saldo devengará un interés equivalente a la tasa pasiva para uso judicial que publica el B.C.R.A., con más el 2% mensual y hasta su efectivo pago, que se considera adecuado para mantener la equivalencia entre el valor del bien objeto de la venta y su precio.

Cláusula Penal : Hágase saber a todos los interesados que, ante el incumplimiento del ganador, será pasible de la sanción prevista en concepto de cláusula penal por el incumplimiento de su oferta equivalente al veinte por ciento (20%) del valor ofertado, según lo dispuesto por los artículos 974 y 790, siguientes y concordantes del Código Civil y Comercial de la Nación. Dichos fondos serán destinados a la cuenta especial creada por ley N°8002 a favor del Poder Judicial de la Provincia de Córdoba. A tal efecto, la Oficina de Tasa de Justicia, una vez comunicado por el Tribunal el incumplimiento al pago de dicha sanción, quedará habilitada para perseguir su cobro de manera compulsiva. Los pedidos de suspensión o cancelación de la subasta deberán formalizarse con una anticipación de 24 hs. a la fecha prevista como finalización, bajo pena de inadmisibilidad (art. 27 A.R. 155 SERIE B del 22/04/2018).

Pedidos de suspensión o cancelación de la subasta: Los pedidos de suspensión o cancelación de la subasta deberán presentarse con una anticipación mínima de 24 hs. respecto de la fecha prevista para su finalización, bajo pena de inadmisibilidad.

Publíquese la existencia del remate en el “Portal de Subastas del Poder Judicial” por un plazo mínimo de siete (7) días corridos.

Hágase saber al martillero que deberá: a) publicar en el “Portal” una descripción detallada del inmueble, al menos 6 (seis) fotografías y 1 (un) video. Además, fotografías de los informes de dominio, catastral, datos profesionales y de contacto del Martillero designado y todo otro dato que pueda resultar de interés y que surja de las constancias de autos. Ello deberá reflejar adecuadamente el estado, calidad y dimensiones del bien objeto del acto; b) responder adecuadamente las consultas de los interesados en el plazo de dos días de realizada la consulta en el “Portal”, de manera de que los interesados tengan real dimensión de las características del bien objeto de la venta; c) presentar una cuenta de gastos tres días antes de la subasta (art. 53 inc. a de la citada ley); d) rendir cuentas dentro del plazo de 10 días, en los términos y bajo el apercibimiento fijado por el art. 13 inc. K de la Ley 7191; e) remitir, en el término de 3 días hábiles, por correo electrónico, a la casilla de correo subastas@justiciacordoba.gob.ar, la planilla mencionada en el punto II) de los Considerandos de dicho acuerdo -como archivo adjunto con el asunto “Informe AFIP”. Luego deberá incorporar al expediente una constancia de esa remisión (Ac. Regl. Nº 124 Serie “B” del 07/10/2014); f) acreditar, en el plazo de 5 días de realizada la subasta, el diligenciamiento del oficio de comunicación del remate al Registro de Propiedad Automotor, haciéndolo responsable en los términos del art. 58 y conc. de Ley 7191 y modif. Si correspondiera, además, el pago del IVA.

Hágase saber al ejecutante que el bloqueo de dominio del automotor deberá encontrarse vigente al momento de publicarse el presente decreto en el portal de subastas judiciales debiendo, en caso de ser necesario, renovarse.

Notifíquese con la debida antelación, a los acreedores embargantes, a las partes, Martillero interviniente, a los fines y en los términos prescriptos por el art. 571 del C.P.C.C.

Cumplimente con lo ordenado en proveído de fecha 19/12/2025 in fine, esto es, córrase vista a las partes de los créditos fiscales municipales y provinciales a los fines que prevé el art. 592 del C.P.C. Notifíquese.

Texto Firmado digitalmente por: DIAZ BIALET Juan Pablo
JUEZ/A DE 1RA. INSTANCIA
Fecha: 2026.02.27
FARAONI Maria Alejandra
PROSECRETARIO/A LETRADO
Fecha: 2026.02.27

Foto de perfil de Marcelo Rodolfo Prato

Martillero: Marcelo Rodolfo Prato

Matrícula: 01-0746

Matrícula pública: 05-0000

Teléfono: 351-4594037

KANGOO PH3 CONFORT 1.6 - AÑO 2015

AUTOMOTOR MARCA RENAULT, MODELO ZL- KANGOO PH3 CONFORT 1.6 1P; TIPO FURGON, AÑO 2015, DOMINIO OVW 260.
Atento la modalidad virtual no se admite la compra en comisión.
La oferta de quien resulte mejor postor deberá efectivizarse a través de las modalidades de pago autorizadas en el portal, debiendo el comprador abonar en el plazo de 48 horas de finalizado el remate el veinte por ciento (20%) del valor de su compra, con más la comisión de la ley al martillero, aporte al fondo para la prevención de la violencia familiar, impuesto a los sellos, y demás comisiones e impuestos que resulten a su cargo.
El bien será adjudicado a quien hubiere realizado la mejor oferta, conforme el Reglamento de subastas electrónicas referenciado.
En caso de no constar en el Portal el pago por el adjudicatario en el plazo de 72 horas, será considerado remiso e informáticamente se dará aviso al segundo mejor postor para que proceda al pago. En su defecto, se dará aviso al tercer mejor postor, siempre que éste último no sea el postor remiso, a iguales fines.
Una vez verificado el pago por el tribunal en su Panel de Control, se procederá a realizar el acta definitiva, que se pondrá a la oficina por el plazo y a los efectos de ley, y a los fines establecidos en el art. 589 y conc. del CPCC.
El saldo se deberá abonar luego de aprobarse la subasta mediante transferencia electrónica (art. 30, última parte del Reglamento).
En cualquier caso, de no aprobarse el remate antes de los treinta días desde la fecha de realizado, el saldo devengará un interés equivalente a la tasa pasiva para uso judicial que publica el B.C.R.A., con más el 2% mensual y hasta su efectivo pago, que se considera adecuado para mantener la equivalencia entre el valor del bien objeto de la venta y su precio.
Cláusula Penal : Hágase saber a todos los interesados que, ante el incumplimiento del ganador, será pasible de la sanción prevista en concepto de cláusula penal por el incumplimiento de su oferta equivalente al veinte por ciento (20%) del valor ofertado, según lo dispuesto por los artículos 974 y 790, siguientes y concordantes del Código Civil y Comercial de la Nación. Dichos fondos serán destinados a la cuenta especial creada por ley N°8002 a favor del Poder Judicial de la Provincia de Córdoba. A tal efecto, la Oficina de Tasa de Justicia, una vez comunicado por el Tribunal el incumplimiento al pago de dicha sanción, quedará habilitada para perseguir su cobro de manera compulsiva. Los pedidos de suspensión o cancelación de la subasta deberán formalizarse con una anticipación de 24 hs. a la fecha prevista como finalización, bajo pena de inadmisibilidad (art. 27 A.R. 155 SERIE B del 22/04/2018).

Datos de la subasta

Expediente: EXPEDIENTE SAC: 10905103
Entidad: JUZGADO CIVI.COM.CONC. Y FAMILIA - SEC.1 - RIO SEGUNDO
Teléfono: 3572-426100
Interno: 69042
Decreto

RIO SEGUNDO, 27/02/2026. A la presentación de fecha 20/02/2026: Agréguese cédulas de notificación.

A la presentación de fecha 23/02/2026: Agréguese informe de bloqueo de dominio. Téngase presente. En su mérito y atento constancias de autos, sáquese a la venta a través del portal de subastas judiciales electrónicas, conforme Resolución N° 153 de fecha 19/06/2020 y Acuerdo Reglamentario N° 1649 Serie A de fecha 19/08/2020 del Excmo. TSJ, así como lo preceptuado por el Acuerdo Reglamentario N° 155 Serie "B" de fecha 22/04/2018, con intervención del martillero designado, un automotor marca RENAULT, modelo ZL- KANGOO PH3 CONFORT 1.6 1P; tipo FURGON, motor RENAULT, N°K4MJ730Q158661, chasis RENAULT N°8A1FC1315GL875454, año 2015, DOMINIO OVW 260.

Términos y condiciones de la subasta: Se hace saber a todos los interesados que el acto de subasta tendrá una duración de cinco (5) días hábiles y se iniciará el día siete (07) de abril de 2026 a las 10.00 hs, momento a partir del cual los usuarios registrados podrán efectuar sus posturas en el Portal de Subastas, finalizando el día 14 de abril de 2026 a las 10.00 hs, sin perjuicio de la prórroga derivada del “minuto adicional” (art. 25 AR supra citado).

Los usuarios registrados en el Portal podrán participar como postores. Atento la modalidad virtual no se admite la compra en comisión.

El automotor saldrá a la venta por la suma de pesos CUATRO millones ($4.000.000,00), y se establece un monto incremental de CUATROCIENTOS MIL pesos ($400.000,00).

La oferta de quien resulte mejor postor deberá efectivizarse a través de las modalidades de pago autorizadas en el portal, debiendo el comprador abonar en el plazo de 48 horas de finalizado el remate el veinte por ciento (20%) del valor de su compra, con más la comisión de la ley al martillero, aporte al fondo para la prevención de la violencia familiar, impuesto a los sellos, y demás comisiones e impuestos que resulten a su cargo.

El bien será adjudicado a quien hubiere realizado la mejor oferta, conforme el Reglamento de subastas electrónicas referenciado.

Una vez concluido el acto de subasta y determinado el ganador, éste será notificado en su panel de usuario del Portal y -supletoriamente- a la dirección de correo electrónico que hubiere denunciado al momento de su inscripción. El tribunal agregará al expediente, a requerimiento del Martillero, la constancia -como acta provisoria de subasta- del resultado del remate.

En caso de no constar en el Portal el pago por el adjudicatario en el plazo de 72 horas, será considerado remiso e informáticamente se dará aviso al segundo mejor postor para que proceda al pago. En su defecto, se dará aviso al tercer mejor postor, siempre que éste último no sea el postor remiso, a iguales fines. En el caso de que ninguno de ellos mantenga su interés en la compra, la subasta se declarará desierta.

Una vez verificado el pago por el tribunal en su Panel de Control, se procederá a realizar el acta definitiva, que se pondrá a la oficina por el plazo y a los efectos de ley, y a los fines establecidos en el art. 589 y conc. del CPCC.

El saldo se deberá abonar luego de aprobarse la subasta mediante transferencia electrónica (art. 30, última parte del Reglamento).

En cualquier caso, de no aprobarse el remate antes de los treinta días desde la fecha de realizado, el saldo devengará un interés equivalente a la tasa pasiva para uso judicial que publica el B.C.R.A., con más el 2% mensual y hasta su efectivo pago, que se considera adecuado para mantener la equivalencia entre el valor del bien objeto de la venta y su precio.

Cláusula Penal : Hágase saber a todos los interesados que, ante el incumplimiento del ganador, será pasible de la sanción prevista en concepto de cláusula penal por el incumplimiento de su oferta equivalente al veinte por ciento (20%) del valor ofertado, según lo dispuesto por los artículos 974 y 790, siguientes y concordantes del Código Civil y Comercial de la Nación. Dichos fondos serán destinados a la cuenta especial creada por ley N°8002 a favor del Poder Judicial de la Provincia de Córdoba. A tal efecto, la Oficina de Tasa de Justicia, una vez comunicado por el Tribunal el incumplimiento al pago de dicha sanción, quedará habilitada para perseguir su cobro de manera compulsiva. Los pedidos de suspensión o cancelación de la subasta deberán formalizarse con una anticipación de 24 hs. a la fecha prevista como finalización, bajo pena de inadmisibilidad (art. 27 A.R. 155 SERIE B del 22/04/2018).

Pedidos de suspensión o cancelación de la subasta: Los pedidos de suspensión o cancelación de la subasta deberán presentarse con una anticipación mínima de 24 hs. respecto de la fecha prevista para su finalización, bajo pena de inadmisibilidad.

Publíquese la existencia del remate en el “Portal de Subastas del Poder Judicial” por un plazo mínimo de siete (7) días corridos.

Hágase saber al martillero que deberá: a) publicar en el “Portal” una descripción detallada del inmueble, al menos 6 (seis) fotografías y 1 (un) video. Además, fotografías de los informes de dominio, catastral, datos profesionales y de contacto del Martillero designado y todo otro dato que pueda resultar de interés y que surja de las constancias de autos. Ello deberá reflejar adecuadamente el estado, calidad y dimensiones del bien objeto del acto; b) responder adecuadamente las consultas de los interesados en el plazo de dos días de realizada la consulta en el “Portal”, de manera de que los interesados tengan real dimensión de las características del bien objeto de la venta; c) presentar una cuenta de gastos tres días antes de la subasta (art. 53 inc. a de la citada ley); d) rendir cuentas dentro del plazo de 10 días, en los términos y bajo el apercibimiento fijado por el art. 13 inc. K de la Ley 7191; e) remitir, en el término de 3 días hábiles, por correo electrónico, a la casilla de correo subastas@justiciacordoba.gob.ar, la planilla mencionada en el punto II) de los Considerandos de dicho acuerdo -como archivo adjunto con el asunto “Informe AFIP”. Luego deberá incorporar al expediente una constancia de esa remisión (Ac. Regl. Nº 124 Serie “B” del 07/10/2014); f) acreditar, en el plazo de 5 días de realizada la subasta, el diligenciamiento del oficio de comunicación del remate al Registro de Propiedad Automotor, haciéndolo responsable en los términos del art. 58 y conc. de Ley 7191 y modif. Si correspondiera, además, el pago del IVA.

Hágase saber al ejecutante que el bloqueo de dominio del automotor deberá encontrarse vigente al momento de publicarse el presente decreto en el portal de subastas judiciales debiendo, en caso de ser necesario, renovarse.

Notifíquese con la debida antelación, a los acreedores embargantes, a las partes, Martillero interviniente, a los fines y en los términos prescriptos por el art. 571 del C.P.C.C.

Cumplimente con lo ordenado en proveído de fecha 19/12/2025 in fine, esto es, córrase vista a las partes de los créditos fiscales municipales y provinciales a los fines que prevé el art. 592 del C.P.C. Notifíquese.

Texto Firmado digitalmente por: DIAZ BIALET Juan Pablo
JUEZ/A DE 1RA. INSTANCIA
Fecha: 2026.02.27
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Matrícula: 01-0746

Matrícula pública: 05-0000

Teléfono: 351-4594037

Ubicación

Dirección: VELEZ 55- Bº ALBERDI

Exhibición: VER 06/ Y 10 DE ABRIL DE 16 A 17 HS

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