Peugeot 208 ACTIVE1.6 2018

VILLA MARIA, 15/12/2025. Proveyendo al escrito que antecedeAtento lo solicitado y constancias de autos, sáquese a la venta a través del portal de subastas judiciales electrónicas, conforme el Reglamento aprobado por “Anexo A” del Acuerdo Reglamentario Nº 165/2022 con intervención del martillero designado, URSELER, GASTON MARTINel automotor prendado y secuestrado en autos y que se describe como: automóvil Marca Peugeot, modelo 208 ACTIVE 1.6, Tipo SEDAN 5 PUERTAS, Modelo año 2018, Motor Marca Peugeot,  Nro. 10DG090077820, Chasis marca Peugeot,  Nro. 936CLNFP0JB052287, DOMINIO AD138UE en el estado visto en que se encuentra.

El martillero deberá proceder a cargar fotos y/o videos del bien, en el término de 24 hs. de habilitado su panel, con las prevenciones del art. 13 inciso g y concordantes de la ley 7191. BASE: $5.000.000, al mejor postor (Cfr. art. 31 Ley de Prenda Dec Ley 15.348/46). Se establece un monto incremental de $100.000 debiendo el comprador abonar el veinte por ciento (20%) del precio de venta en efectivo y el saldo al aprobarse la subasta, con más la comisión de ley del Martillero y el 4% para integrar el fondo para la previsión de violencia familiar, según lo dispuesto por la ley 9505, dentro del plazo de 24 hs., conforme las modalidades de pago previstas en el portal.  

Téngase presente la cuenta a la vista para uso judicial Nro. 304 / 8282204 - CBU Nº 0200304551000008282242 abierta a la orden de este Tribunal y para estos autos. Publicítese en el Portal de Subastas Judiciales, conforme la anticipación mínima de 7 días corridos (art.18).

El Acto de Subasta tendrá una duración de cinco (5) días hábiles y se iniciará el día 16 de marzo próximo a las 11 hs., momento a partir del cual los usuarios registrados podrán efectuar sus posturas en el Portal de Subastas, finalizando el día  23 de marzo de 2026 a las 11 hs.

Los usuarios registrados en el Portal, podrán participar como postores y atento la modalidad virtual, no se admite la compra en comisión.

Hágase saber al ejecutante que en caso de solicitar eximición de consignar hasta el importe de su crédito y sin perjuicio de aquellos de mayor privilegio, deberá inscribirse como postor. 

El bien será adjudicado a quien hubiere realizado la mejor oferta. Una vez concluido el acto de subasta, y determinado el ganador, éste será notificado a la dirección de correo electrónico que hubiere denunciado al momento de su inscripción, así como en su panel de usuario del Portal. El tribunal agregará al expediente, a requerimiento del Martillero, la constancia -como acta provisoria de subasta- del resultado del remate.

Verificado el pago en el panel de control del tribunal se dispondrá la emisión del acta definitiva de remate. 

El saldo se deberá abonar luego de aprobarse la subasta a través de los medios de pago habilitados en el portal o mediante transferencia a la cuenta judicial a la vista (art. 30, última parte del Reglamento), bajo apercibimiento (art. 585 C.P.C.C.).

En caso, de no aprobarse el remate antes de los treinta días desde la fecha de realizado, el saldo devengará un interés equivalente a la tasa pasiva para uso judicial que publica el B.C.R.A., con más el 3% mensual y hasta su efectivo pago, que se considera adecuado para mantener la equivalencia entre el valor del bien objeto de la venta y su precio.

No verificado el pago por el adjudicatario en el plazo de 72 hs., previo emplazamiento, será considerado remiso e informáticamente se dará aviso al segundo o tercer mejor postor para que proceda al pago y en el caso que éste no mantenga su interés en la compra, la subasta se declarará desierta total o parcialmente.

Multa: Ante el incumplimiento del adjudicatario, la Dirección de Administración del Poder Judicial de Córdoba, quedará habilitada para perseguir el cobro de la suma que resulte de calcular el 20% del valor ofertado, en concepto de cláusula penal, por incumplimiento de su oferta, según lo dispuesto por los arts. 974 y 790 sgts. Y concs. del CCC, mediante certificado de deuda emitido por el Tribunal, en los términos del art. 347 de la ley 6006, siendo el monto resultante destinado a la cuenta de Tasa de Justicia.

Los pedidos de suspensión o cancelación de la subasta deberán formalizarse con una anticipación de 24 hs. a la fecha prevista como finalización, bajo pena de inadmisibilidad.

Exhórtese a los Tribunales embargantes con una antelación de diez días. (Art. 571 del C.P.C.).

Asimismo notifíquese a Rentas y a la Municipalidad pertinente.

Líbrese oficio al Registro del Automotor a los fines de actualizar informe con bloqueo de dominio el que deberá quedar incorporado en autos. NOTIFÍQUESE.-


Texto Firmado digitalmente por:BUSTAMANTE SAAVEDRA Alcides Gerardo
JUEZ/A DE 1RA. INSTANCIA
Fecha: 2025.12.15
 YATCHESEN Nadya Sofia
PROSECRETARIO/A LETRADO
Fecha: 2025.12.15

Datos de la subasta

Expediente: 13060842
Entidad: OFICINA DE EJECUCIONES PARTICULARES-VILLA MARIA
Decreto

VILLA MARIA, 15/12/2025. Proveyendo al escrito que antecedeAtento lo solicitado y constancias de autos, sáquese a la venta a través del portal de subastas judiciales electrónicas, conforme el Reglamento aprobado por “Anexo A” del Acuerdo Reglamentario Nº 165/2022 con intervención del martillero designado, URSELER, GASTON MARTINel automotor prendado y secuestrado en autos y que se describe como: automóvil Marca Peugeot, modelo 208 ACTIVE 1.6, Tipo SEDAN 5 PUERTAS, Modelo año 2018, Motor Marca Peugeot,  Nro. 10DG090077820, Chasis marca Peugeot,  Nro. 936CLNFP0JB052287, DOMINIO AD138UE en el estado visto en que se encuentra.

El martillero deberá proceder a cargar fotos y/o videos del bien, en el término de 24 hs. de habilitado su panel, con las prevenciones del art. 13 inciso g y concordantes de la ley 7191. BASE: $5.000.000, al mejor postor (Cfr. art. 31 Ley de Prenda Dec Ley 15.348/46). Se establece un monto incremental de $100.000 debiendo el comprador abonar el veinte por ciento (20%) del precio de venta en efectivo y el saldo al aprobarse la subasta, con más la comisión de ley del Martillero y el 4% para integrar el fondo para la previsión de violencia familiar, según lo dispuesto por la ley 9505, dentro del plazo de 24 hs., conforme las modalidades de pago previstas en el portal.  

Téngase presente la cuenta a la vista para uso judicial Nro. 304 / 8282204 - CBU Nº 0200304551000008282242 abierta a la orden de este Tribunal y para estos autos. Publicítese en el Portal de Subastas Judiciales, conforme la anticipación mínima de 7 días corridos (art.18).

El Acto de Subasta tendrá una duración de cinco (5) días hábiles y se iniciará el día 16 de marzo próximo a las 11 hs., momento a partir del cual los usuarios registrados podrán efectuar sus posturas en el Portal de Subastas, finalizando el día  23 de marzo de 2026 a las 11 hs.

Los usuarios registrados en el Portal, podrán participar como postores y atento la modalidad virtual, no se admite la compra en comisión.

Hágase saber al ejecutante que en caso de solicitar eximición de consignar hasta el importe de su crédito y sin perjuicio de aquellos de mayor privilegio, deberá inscribirse como postor. 

El bien será adjudicado a quien hubiere realizado la mejor oferta. Una vez concluido el acto de subasta, y determinado el ganador, éste será notificado a la dirección de correo electrónico que hubiere denunciado al momento de su inscripción, así como en su panel de usuario del Portal. El tribunal agregará al expediente, a requerimiento del Martillero, la constancia -como acta provisoria de subasta- del resultado del remate.

Verificado el pago en el panel de control del tribunal se dispondrá la emisión del acta definitiva de remate. 

El saldo se deberá abonar luego de aprobarse la subasta a través de los medios de pago habilitados en el portal o mediante transferencia a la cuenta judicial a la vista (art. 30, última parte del Reglamento), bajo apercibimiento (art. 585 C.P.C.C.).

En caso, de no aprobarse el remate antes de los treinta días desde la fecha de realizado, el saldo devengará un interés equivalente a la tasa pasiva para uso judicial que publica el B.C.R.A., con más el 3% mensual y hasta su efectivo pago, que se considera adecuado para mantener la equivalencia entre el valor del bien objeto de la venta y su precio.

No verificado el pago por el adjudicatario en el plazo de 72 hs., previo emplazamiento, será considerado remiso e informáticamente se dará aviso al segundo o tercer mejor postor para que proceda al pago y en el caso que éste no mantenga su interés en la compra, la subasta se declarará desierta total o parcialmente.

Multa: Ante el incumplimiento del adjudicatario, la Dirección de Administración del Poder Judicial de Córdoba, quedará habilitada para perseguir el cobro de la suma que resulte de calcular el 20% del valor ofertado, en concepto de cláusula penal, por incumplimiento de su oferta, según lo dispuesto por los arts. 974 y 790 sgts. Y concs. del CCC, mediante certificado de deuda emitido por el Tribunal, en los términos del art. 347 de la ley 6006, siendo el monto resultante destinado a la cuenta de Tasa de Justicia.

Los pedidos de suspensión o cancelación de la subasta deberán formalizarse con una anticipación de 24 hs. a la fecha prevista como finalización, bajo pena de inadmisibilidad.

Exhórtese a los Tribunales embargantes con una antelación de diez días. (Art. 571 del C.P.C.).

Asimismo notifíquese a Rentas y a la Municipalidad pertinente.

Líbrese oficio al Registro del Automotor a los fines de actualizar informe con bloqueo de dominio el que deberá quedar incorporado en autos. NOTIFÍQUESE.-


Texto Firmado digitalmente por:BUSTAMANTE SAAVEDRA Alcides Gerardo
JUEZ/A DE 1RA. INSTANCIA
Fecha: 2025.12.15
 YATCHESEN Nadya Sofia
PROSECRETARIO/A LETRADO
Fecha: 2025.12.15

Foto de perfil de GASTON MARTIN URSELER

Martillero: GASTON MARTIN URSELER

Matrícula: 01-0699

Matrícula pública: 05-1144

Teléfono: 351-155157527

Peugeot 208 ACTIVE1.6 2018

VILLA MARIA, 15/12/2025. Proveyendo al escrito que antecedeAtento lo solicitado y constancias de autos, sáquese a la venta a través del portal de subastas judiciales electrónicas, conforme el Reglamento aprobado por “Anexo A” del Acuerdo Reglamentario Nº 165/2022 con intervención del martillero designado, URSELER, GASTON MARTINel automotor prendado y secuestrado en autos y que se describe como: automóvil Marca Peugeot, modelo 208 ACTIVE 1.6, Tipo SEDAN 5 PUERTAS, Modelo año 2018, Motor Marca Peugeot,  Nro. 10DG090077820, Chasis marca Peugeot,  Nro. 936CLNFP0JB052287, DOMINIO AD138UE en el estado visto en que se encuentra.

El martillero deberá proceder a cargar fotos y/o videos del bien, en el término de 24 hs. de habilitado su panel, con las prevenciones del art. 13 inciso g y concordantes de la ley 7191. BASE: $5.000.000, al mejor postor (Cfr. art. 31 Ley de Prenda Dec Ley 15.348/46). Se establece un monto incremental de $100.000 debiendo el comprador abonar el veinte por ciento (20%) del precio de venta en efectivo y el saldo al aprobarse la subasta, con más la comisión de ley del Martillero y el 4% para integrar el fondo para la previsión de violencia familiar, según lo dispuesto por la ley 9505, dentro del plazo de 24 hs., conforme las modalidades de pago previstas en el portal.  

Téngase presente la cuenta a la vista para uso judicial Nro. 304 / 8282204 - CBU Nº 0200304551000008282242 abierta a la orden de este Tribunal y para estos autos. Publicítese en el Portal de Subastas Judiciales, conforme la anticipación mínima de 7 días corridos (art.18).

El Acto de Subasta tendrá una duración de cinco (5) días hábiles y se iniciará el día 16 de marzo próximo a las 11 hs., momento a partir del cual los usuarios registrados podrán efectuar sus posturas en el Portal de Subastas, finalizando el día  23 de marzo de 2026 a las 11 hs.

Los usuarios registrados en el Portal, podrán participar como postores y atento la modalidad virtual, no se admite la compra en comisión.

Hágase saber al ejecutante que en caso de solicitar eximición de consignar hasta el importe de su crédito y sin perjuicio de aquellos de mayor privilegio, deberá inscribirse como postor. 

El bien será adjudicado a quien hubiere realizado la mejor oferta. Una vez concluido el acto de subasta, y determinado el ganador, éste será notificado a la dirección de correo electrónico que hubiere denunciado al momento de su inscripción, así como en su panel de usuario del Portal. El tribunal agregará al expediente, a requerimiento del Martillero, la constancia -como acta provisoria de subasta- del resultado del remate.

Verificado el pago en el panel de control del tribunal se dispondrá la emisión del acta definitiva de remate. 

El saldo se deberá abonar luego de aprobarse la subasta a través de los medios de pago habilitados en el portal o mediante transferencia a la cuenta judicial a la vista (art. 30, última parte del Reglamento), bajo apercibimiento (art. 585 C.P.C.C.).

En caso, de no aprobarse el remate antes de los treinta días desde la fecha de realizado, el saldo devengará un interés equivalente a la tasa pasiva para uso judicial que publica el B.C.R.A., con más el 3% mensual y hasta su efectivo pago, que se considera adecuado para mantener la equivalencia entre el valor del bien objeto de la venta y su precio.

No verificado el pago por el adjudicatario en el plazo de 72 hs., previo emplazamiento, será considerado remiso e informáticamente se dará aviso al segundo o tercer mejor postor para que proceda al pago y en el caso que éste no mantenga su interés en la compra, la subasta se declarará desierta total o parcialmente.

Multa: Ante el incumplimiento del adjudicatario, la Dirección de Administración del Poder Judicial de Córdoba, quedará habilitada para perseguir el cobro de la suma que resulte de calcular el 20% del valor ofertado, en concepto de cláusula penal, por incumplimiento de su oferta, según lo dispuesto por los arts. 974 y 790 sgts. Y concs. del CCC, mediante certificado de deuda emitido por el Tribunal, en los términos del art. 347 de la ley 6006, siendo el monto resultante destinado a la cuenta de Tasa de Justicia.

Los pedidos de suspensión o cancelación de la subasta deberán formalizarse con una anticipación de 24 hs. a la fecha prevista como finalización, bajo pena de inadmisibilidad.

Exhórtese a los Tribunales embargantes con una antelación de diez días. (Art. 571 del C.P.C.).

Asimismo notifíquese a Rentas y a la Municipalidad pertinente.

Líbrese oficio al Registro del Automotor a los fines de actualizar informe con bloqueo de dominio el que deberá quedar incorporado en autos. NOTIFÍQUESE.-


Texto Firmado digitalmente por:BUSTAMANTE SAAVEDRA Alcides Gerardo
JUEZ/A DE 1RA. INSTANCIA
Fecha: 2025.12.15
 YATCHESEN Nadya Sofia
PROSECRETARIO/A LETRADO
Fecha: 2025.12.15

Datos de la subasta

Expediente: 13060842
Entidad: OFICINA DE EJECUCIONES PARTICULARES-VILLA MARIA
Decreto

VILLA MARIA, 15/12/2025. Proveyendo al escrito que antecedeAtento lo solicitado y constancias de autos, sáquese a la venta a través del portal de subastas judiciales electrónicas, conforme el Reglamento aprobado por “Anexo A” del Acuerdo Reglamentario Nº 165/2022 con intervención del martillero designado, URSELER, GASTON MARTINel automotor prendado y secuestrado en autos y que se describe como: automóvil Marca Peugeot, modelo 208 ACTIVE 1.6, Tipo SEDAN 5 PUERTAS, Modelo año 2018, Motor Marca Peugeot,  Nro. 10DG090077820, Chasis marca Peugeot,  Nro. 936CLNFP0JB052287, DOMINIO AD138UE en el estado visto en que se encuentra.

El martillero deberá proceder a cargar fotos y/o videos del bien, en el término de 24 hs. de habilitado su panel, con las prevenciones del art. 13 inciso g y concordantes de la ley 7191. BASE: $5.000.000, al mejor postor (Cfr. art. 31 Ley de Prenda Dec Ley 15.348/46). Se establece un monto incremental de $100.000 debiendo el comprador abonar el veinte por ciento (20%) del precio de venta en efectivo y el saldo al aprobarse la subasta, con más la comisión de ley del Martillero y el 4% para integrar el fondo para la previsión de violencia familiar, según lo dispuesto por la ley 9505, dentro del plazo de 24 hs., conforme las modalidades de pago previstas en el portal.  

Téngase presente la cuenta a la vista para uso judicial Nro. 304 / 8282204 - CBU Nº 0200304551000008282242 abierta a la orden de este Tribunal y para estos autos. Publicítese en el Portal de Subastas Judiciales, conforme la anticipación mínima de 7 días corridos (art.18).

El Acto de Subasta tendrá una duración de cinco (5) días hábiles y se iniciará el día 16 de marzo próximo a las 11 hs., momento a partir del cual los usuarios registrados podrán efectuar sus posturas en el Portal de Subastas, finalizando el día  23 de marzo de 2026 a las 11 hs.

Los usuarios registrados en el Portal, podrán participar como postores y atento la modalidad virtual, no se admite la compra en comisión.

Hágase saber al ejecutante que en caso de solicitar eximición de consignar hasta el importe de su crédito y sin perjuicio de aquellos de mayor privilegio, deberá inscribirse como postor. 

El bien será adjudicado a quien hubiere realizado la mejor oferta. Una vez concluido el acto de subasta, y determinado el ganador, éste será notificado a la dirección de correo electrónico que hubiere denunciado al momento de su inscripción, así como en su panel de usuario del Portal. El tribunal agregará al expediente, a requerimiento del Martillero, la constancia -como acta provisoria de subasta- del resultado del remate.

Verificado el pago en el panel de control del tribunal se dispondrá la emisión del acta definitiva de remate. 

El saldo se deberá abonar luego de aprobarse la subasta a través de los medios de pago habilitados en el portal o mediante transferencia a la cuenta judicial a la vista (art. 30, última parte del Reglamento), bajo apercibimiento (art. 585 C.P.C.C.).

En caso, de no aprobarse el remate antes de los treinta días desde la fecha de realizado, el saldo devengará un interés equivalente a la tasa pasiva para uso judicial que publica el B.C.R.A., con más el 3% mensual y hasta su efectivo pago, que se considera adecuado para mantener la equivalencia entre el valor del bien objeto de la venta y su precio.

No verificado el pago por el adjudicatario en el plazo de 72 hs., previo emplazamiento, será considerado remiso e informáticamente se dará aviso al segundo o tercer mejor postor para que proceda al pago y en el caso que éste no mantenga su interés en la compra, la subasta se declarará desierta total o parcialmente.

Multa: Ante el incumplimiento del adjudicatario, la Dirección de Administración del Poder Judicial de Córdoba, quedará habilitada para perseguir el cobro de la suma que resulte de calcular el 20% del valor ofertado, en concepto de cláusula penal, por incumplimiento de su oferta, según lo dispuesto por los arts. 974 y 790 sgts. Y concs. del CCC, mediante certificado de deuda emitido por el Tribunal, en los términos del art. 347 de la ley 6006, siendo el monto resultante destinado a la cuenta de Tasa de Justicia.

Los pedidos de suspensión o cancelación de la subasta deberán formalizarse con una anticipación de 24 hs. a la fecha prevista como finalización, bajo pena de inadmisibilidad.

Exhórtese a los Tribunales embargantes con una antelación de diez días. (Art. 571 del C.P.C.).

Asimismo notifíquese a Rentas y a la Municipalidad pertinente.

Líbrese oficio al Registro del Automotor a los fines de actualizar informe con bloqueo de dominio el que deberá quedar incorporado en autos. NOTIFÍQUESE.-


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JUEZ/A DE 1RA. INSTANCIA
Fecha: 2025.12.15
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PROSECRETARIO/A LETRADO
Fecha: 2025.12.15

Foto de perfil de GASTON MARTIN URSELER

Martillero: GASTON MARTIN URSELER

Matrícula: 01-0699

Matrícula pública: 05-1144

Teléfono: 351-155157527

Ubicación

Dirección: CALLE 13 ESQ 16

Exhibición: Dias habiles por la tarde previo coordinar visita con el Martillero al TE 351 5157527

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