Peugeot 208 Allure1.6 2018

Se hace saber a Ud. que en los autos caratulados: "CIRCULO DE INVERSORES S.A. UNIPERSONAL DE AHORRO PARA FINES DETERMINADOS C/ PINTOS ANGEL EDUARDO - Ejecución Prendaria - Expte. 13145785" se ha dictado la siguiente resolución: VILLA MARIA, 25/02/2026. Proveyendo al escrito que antecede: Al punto 1).- Téngase presente lo manifestado.Al punto 2).- Atento lo solicitado y constancias de autos, sáquese a la venta a través del portal de subastas judiciales electrónicas, conforme el Reglamento aprobado por “Anexo A” del Acuerdo Reglamentario Nº 165/2022 con intervención del martillero designado,  GASTON MARTIN URSELER, M.P. N º 01-699, el vehículo embargado y secuestrado en autos que se describe como: automóvil Marca PEUGEOT, modelo 208 ALLURE 1.6, Tipo SEDAN 5 PUERTAS, Modelo año 2018, Motor Marca PEUGEOT, Nro. 10DG090059752, Chasis marca PEUGEOT, Nro. 936CLNFP0JB020733, DOMINIO AC145OF, en el estado visto en que se encuentra.

Al punto 3) y 4): Tèngase presente.— 

Al punto 5) y 6) :El martillero deberá proceder a cargar fotos y/o videos del bien, en el término de 24 hs. de habilitado su panel, con las prevenciones del art. 13 inciso g y concordantes de la ley 7191. BASE: $5.000.000,00, al mejor postor. Se establece un monto incremental de $100.000,00 debiendo el comprador abonar el veinte por ciento (20%) del precio de venta en efectivo y el saldo al aprobarse la subasta, con más la comisión de ley del Martillero y el 4% para integrar el fondo para la previsión de violencia familiar, según lo dispuesto por la ley 9505, dentro del plazo de 24 hs., conforme las modalidades de pago previstas en el portal.  

Téngase presente la cuenta a la vista para uso judicial Nro. 304 / 2673309, CBU: 0200304551000002673392, abierta a la orden de este Tribunal y para estos autos. Publicítese en el Portal de Subastas Judiciales, conforme la anticipación mínima de 7  días corridos (art.18).

El Acto de Subasta tendrá una duración de cinco (5) días hábiles y se iniciará el día 21 DE ABRIL, a las 11 hs., momento a partir del cual los usuarios registrados podrán efectuar sus posturas en el Portal de Subastas, finalizando el día  28 DE  ABRIL a las 11 hs.

Los usuarios registrados en el Portal, podrán participar como postores y atento la modalidad virtual, no se admite la compra en comisión.

Hágase saber al ejecutante que en caso de solicitar eximición de consignar hasta el importe de su crédito y sin perjuicio de aquellos de mayor privilegio, deberá inscribirse como postor. 

El bien será adjudicado a quien hubiere realizado la mejor oferta. Una vez concluido el acto de subasta, y determinado el ganador, éste será notificado a la dirección de correo electrónico que hubiere denunciado al momento de su inscripción, así como en su panel de usuario del Portal. El tribunal agregará al expediente, a requerimiento del Martillero, la constancia -como acta provisoria de subasta- del resultado del remate.

Verificado el pago en el panel de control del tribunal se dispondrá la emisión del acta definitiva de remate. 

El saldo se deberá abonar luego de aprobarse la subasta a través de los medios de pago habilitados en el portal o mediante transferencia a la cuenta judicial a la vista (art. 30, última parte del Reglamento), bajo apercibimiento (art. 585 C.P.C.C.).

En cualquier caso, de no aprobarse el remate antes de los treinta días desde la fecha de realizado, el saldo devengará un interés equivalente a la tasa pasiva para uso judicial que publica el B.C.R.A., con más el 2% mensual y hasta su efectivo pago, que se considera adecuado para mantener la equivalencia entre el valor del bien objeto de la venta y su precio.

No verificado el pago por el adjudicatario en el plazo de 72 hs., previo emplazamiento,

será considerado remiso e informáticamente se dará aviso al segundo o tercer mejor postor para que proceda al pago y en el caso que éste no mantenga su interés en la compra, la subasta se declarará desierta total o parcialmente.

Multa: Ante el incumplimiento del adjudicatario, la Dirección de Administración del Poder Judicial de Córdoba, quedará habilitada para perseguir el cobro de la suma que resulte de calcular el 20% del valor ofertado, en concepto de cláusula penal, por incumplimiento de su oferta, según lo dispuesto por los arts. 974 y 790 sgts. Y concs. del CCC, mediante certificado de deuda emitido por el Tribunal, en los términos del art. 347 de la ley 6006, siendo el monto resultante destinado a la cuenta de Tasa de Justicia.

Los pedidos de suspensión o cancelación de la subasta deberán formalizarse con una anticipación de 24 hs. a la fecha prevista como finalización, bajo pena de inadmisibilidad.

Exhórtese a los Tribunales embargantes con una antelación de diez días. (Art. 571 del C.P.C.).

Asimismo notifíquese a Rentas y a la Municipalidad pertinente.

Líbrese oficio al Registro del Automotor a los fines de actualizar informe con bloqueo de dominio el que deberá quedar incorporado en autos. NOTIFÍQUESE.

 

 

 

Texto Firmado digitalmente por:

VUCOVICH Álvaro Benjamín
JUEZ/A DE 1RA. INSTANCIA
Fecha: 2026.02.26

 

YATCHESEN Nadya Sofia
PROSECRETARIO/A LETRADO
Fecha: 2026.02.26

 

Artículo 27 (REGLAMENTO DE LA SUBASTA JUDICIAL ELECTRÓNICA): En el supuesto que el órgano judicial suspenda o cancele la subasta, deberá reflejar de inmediato tal circunstancia a través de la opción predispuesta en su Panel de Control del Portal de Subastas, para conocimiento de los interesados. Los pedidos de suspensión o cancelación de la subasta deberán formalizarse con una anticipación de veinticuatro horas a la fecha prevista como finalización, bajo pena de inadmisibilidad;debiendo transcribirse tal apercibimiento en la cédula de notificación del decreto que ordena la subasta. ".

Datos de la subasta

Expediente: 13145785
Entidad: OFICINA DE EJECUCIONES PARTICULARES-VILLA MARIA
Decreto

VILLA MARIA, 25/02/2026. Proveyendo al escrito que antecede:


Al punto 1).- Téngase presente lo manifestado.

Al punto 2).- Atento lo solicitado y constancias de autos, sáquese a la venta a través del portal de subastas judiciales electrónicas, conforme el Reglamento aprobado por “Anexo A” del Acuerdo Reglamentario Nº 165/2022 con intervención del martillero designado,  GASTON MARTIN URSELER, M.P. N º 01-699, el vehículo embargado y secuestrado en autos que se describe como: automóvil Marca PEUGEOT, modelo 208 ALLURE 1.6, Tipo SEDAN 5 PUERTAS, Modelo año 2018, Motor Marca PEUGEOT, Nro. 10DG090059752, Chasis marca PEUGEOT, Nro. 936CLNFP0JB020733, DOMINIO AC145OF, en el estado visto en que se encuentra.

Al punto 3) y 4): Tèngase presente.— 

Al punto 5) y 6) :El martillero deberá proceder a cargar fotos y/o videos del bien, en el término de 24 hs. de habilitado su panel, con las prevenciones del art. 13 inciso g y concordantes de la ley 7191. BASE: $5.000.000,00, al mejor postor. Se establece un monto incremental de $100.000,00 debiendo el comprador abonar el veinte por ciento (20%) del precio de venta en efectivo y el saldo al aprobarse la subasta, con más la comisión de ley del Martillero y el 4% para integrar el fondo para la previsión de violencia familiar, según lo dispuesto por la ley 9505, dentro del plazo de 24 hs., conforme las modalidades de pago previstas en el portal.  

Téngase presente la cuenta a la vista para uso judicial Nro. 304 / 2673309, CBU: 0200304551000002673392, abierta a la orden de este Tribunal y para estos autos. Publicítese en el Portal de Subastas Judiciales, conforme la anticipación mínima de 7  días corridos (art.18).

El Acto de Subasta tendrá una duración de cinco (5) días hábiles y se iniciará el día 21 DE ABRIL, a las 11 hs., momento a partir del cual los usuarios registrados podrán efectuar sus posturas en el Portal de Subastas, finalizando el día  28 DE  ABRIL a las 11 hs.

Los usuarios registrados en el Portal, podrán participar como postores y atento la modalidad virtual, no se admite la compra en comisión.

Hágase saber al ejecutante que en caso de solicitar eximición de consignar hasta el importe de su crédito y sin perjuicio de aquellos de mayor privilegio, deberá inscribirse como postor. 

El bien será adjudicado a quien hubiere realizado la mejor oferta. Una vez concluido el acto de subasta, y determinado el ganador, éste será notificado a la dirección de correo electrónico que hubiere denunciado al momento de su inscripción, así como en su panel de usuario del Portal. El tribunal agregará al expediente, a requerimiento del Martillero, la constancia -como acta provisoria de subasta- del resultado del remate.

Verificado el pago en el panel de control del tribunal se dispondrá la emisión del acta definitiva de remate. 

El saldo se deberá abonar luego de aprobarse la subasta a través de los medios de pago habilitados en el portal o mediante transferencia a la cuenta judicial a la vista (art. 30, última parte del Reglamento), bajo apercibimiento (art. 585 C.P.C.C.).

En cualquier caso, de no aprobarse el remate antes de los treinta días desde la fecha de realizado, el saldo devengará un interés equivalente a la tasa pasiva para uso judicial que publica el B.C.R.A., con más el 2% mensual y hasta su efectivo pago, que se considera adecuado para mantener la equivalencia entre el valor del bien objeto de la venta y su precio.

No verificado el pago por el adjudicatario en el plazo de 72 hs., previo emplazamiento,

será considerado remiso e informáticamente se dará aviso al segundo o tercer mejor postor para que proceda al pago y en el caso que éste no mantenga su interés en la compra, la subasta se declarará desierta total o parcialmente.

Multa: Ante el incumplimiento del adjudicatario, la Dirección de Administración del Poder Judicial de Córdoba, quedará habilitada para perseguir el cobro de la suma que resulte de calcular el 20% del valor ofertado, en concepto de cláusula penal, por incumplimiento de su oferta, según lo dispuesto por los arts. 974 y 790 sgts. Y concs. del CCC, mediante certificado de deuda emitido por el Tribunal, en los términos del art. 347 de la ley 6006, siendo el monto resultante destinado a la cuenta de Tasa de Justicia.

Los pedidos de suspensión o cancelación de la subasta deberán formalizarse con una anticipación de 24 hs. a la fecha prevista como finalización, bajo pena de inadmisibilidad.

Exhórtese a los Tribunales embargantes con una antelación de diez días. (Art. 571 del C.P.C.).

Asimismo notifíquese a Rentas y a la Municipalidad pertinente.

Líbrese oficio al Registro del Automotor a los fines de actualizar informe con bloqueo de dominio el que deberá quedar incorporado en autos. NOTIFÍQUESE.

 



Texto Firmado digitalmente por:VUCOVICH Álvaro Benjamín
JUEZ/A DE 1RA. INSTANCIA
Fecha: 2026.02.26
 YATCHESEN Nadya Sofia
PROSECRETARIO/A LETRADO
Fecha: 2026.02.26

Actas
Acta

 

           //llla Maria  , a veinticinco días del mes de setiembre de dos mil veinticinco , el Oficial de Justicia que suscribe se constituye en el domicilio indicado, acompañado por el mart. Gaston Urseler , autorizado para el diligenciamiento, siendo atendido en el lugar por el sr Jonahatan Pintos DNI 38.021.815 a quien previa las formalidades de ley impuse mi cometido .- Acto seguido procedo al SECUESTRO  del siguiente bien : Un automovil marca Peugeot , modelo 208 ,   dominio AC145OF, no pudiendo constatar numero de motor y chasis, por no ser perito en la materia,  con los siguientes detalles :  cubiertas usadas , golpe tapa de baúl , paragolpe trasero izquierdo rayado, parrilla delantera rota , golpe capo, espejo delantero derecho, roto cubierta auxiliar puesta rueda delantera derecha, golpes y rayones propias del uso, auxiliar, gato y llave de rueda, el que pongo en posesión del mart. Gaston Urseler , quien lo recibe en el estado en que se encuentra y lo traslada al domicilio de Calle 16 esq. 13 ( Chazon ) .- Con lo que se  da por terminado el acto el que previa lectura y ratificación firman los intervinientes , a quien en este acto hago entrega de copia del Mandamiento que ordena la medida y de la presente , todo por ante mi Oficial de Justicia de lo que doy fe .-

                                               Victor Gerardo Rodriguez

                                               Oficial de Justicia Ad. Hoc 

Foto de perfil de GASTON MARTIN URSELER

Martillero: GASTON MARTIN URSELER

Matrícula: 01-0699

Matrícula pública: 05-1144

Teléfono: 351-155157527

Peugeot 208 Allure1.6 2018

Se hace saber a Ud. que en los autos caratulados: "CIRCULO DE INVERSORES S.A. UNIPERSONAL DE AHORRO PARA FINES DETERMINADOS C/ PINTOS ANGEL EDUARDO - Ejecución Prendaria - Expte. 13145785" se ha dictado la siguiente resolución: VILLA MARIA, 25/02/2026. Proveyendo al escrito que antecede: Al punto 1).- Téngase presente lo manifestado.Al punto 2).- Atento lo solicitado y constancias de autos, sáquese a la venta a través del portal de subastas judiciales electrónicas, conforme el Reglamento aprobado por “Anexo A” del Acuerdo Reglamentario Nº 165/2022 con intervención del martillero designado,  GASTON MARTIN URSELER, M.P. N º 01-699, el vehículo embargado y secuestrado en autos que se describe como: automóvil Marca PEUGEOT, modelo 208 ALLURE 1.6, Tipo SEDAN 5 PUERTAS, Modelo año 2018, Motor Marca PEUGEOT, Nro. 10DG090059752, Chasis marca PEUGEOT, Nro. 936CLNFP0JB020733, DOMINIO AC145OF, en el estado visto en que se encuentra.

Al punto 3) y 4): Tèngase presente.— 

Al punto 5) y 6) :El martillero deberá proceder a cargar fotos y/o videos del bien, en el término de 24 hs. de habilitado su panel, con las prevenciones del art. 13 inciso g y concordantes de la ley 7191. BASE: $5.000.000,00, al mejor postor. Se establece un monto incremental de $100.000,00 debiendo el comprador abonar el veinte por ciento (20%) del precio de venta en efectivo y el saldo al aprobarse la subasta, con más la comisión de ley del Martillero y el 4% para integrar el fondo para la previsión de violencia familiar, según lo dispuesto por la ley 9505, dentro del plazo de 24 hs., conforme las modalidades de pago previstas en el portal.  

Téngase presente la cuenta a la vista para uso judicial Nro. 304 / 2673309, CBU: 0200304551000002673392, abierta a la orden de este Tribunal y para estos autos. Publicítese en el Portal de Subastas Judiciales, conforme la anticipación mínima de 7  días corridos (art.18).

El Acto de Subasta tendrá una duración de cinco (5) días hábiles y se iniciará el día 21 DE ABRIL, a las 11 hs., momento a partir del cual los usuarios registrados podrán efectuar sus posturas en el Portal de Subastas, finalizando el día  28 DE  ABRIL a las 11 hs.

Los usuarios registrados en el Portal, podrán participar como postores y atento la modalidad virtual, no se admite la compra en comisión.

Hágase saber al ejecutante que en caso de solicitar eximición de consignar hasta el importe de su crédito y sin perjuicio de aquellos de mayor privilegio, deberá inscribirse como postor. 

El bien será adjudicado a quien hubiere realizado la mejor oferta. Una vez concluido el acto de subasta, y determinado el ganador, éste será notificado a la dirección de correo electrónico que hubiere denunciado al momento de su inscripción, así como en su panel de usuario del Portal. El tribunal agregará al expediente, a requerimiento del Martillero, la constancia -como acta provisoria de subasta- del resultado del remate.

Verificado el pago en el panel de control del tribunal se dispondrá la emisión del acta definitiva de remate. 

El saldo se deberá abonar luego de aprobarse la subasta a través de los medios de pago habilitados en el portal o mediante transferencia a la cuenta judicial a la vista (art. 30, última parte del Reglamento), bajo apercibimiento (art. 585 C.P.C.C.).

En cualquier caso, de no aprobarse el remate antes de los treinta días desde la fecha de realizado, el saldo devengará un interés equivalente a la tasa pasiva para uso judicial que publica el B.C.R.A., con más el 2% mensual y hasta su efectivo pago, que se considera adecuado para mantener la equivalencia entre el valor del bien objeto de la venta y su precio.

No verificado el pago por el adjudicatario en el plazo de 72 hs., previo emplazamiento,

será considerado remiso e informáticamente se dará aviso al segundo o tercer mejor postor para que proceda al pago y en el caso que éste no mantenga su interés en la compra, la subasta se declarará desierta total o parcialmente.

Multa: Ante el incumplimiento del adjudicatario, la Dirección de Administración del Poder Judicial de Córdoba, quedará habilitada para perseguir el cobro de la suma que resulte de calcular el 20% del valor ofertado, en concepto de cláusula penal, por incumplimiento de su oferta, según lo dispuesto por los arts. 974 y 790 sgts. Y concs. del CCC, mediante certificado de deuda emitido por el Tribunal, en los términos del art. 347 de la ley 6006, siendo el monto resultante destinado a la cuenta de Tasa de Justicia.

Los pedidos de suspensión o cancelación de la subasta deberán formalizarse con una anticipación de 24 hs. a la fecha prevista como finalización, bajo pena de inadmisibilidad.

Exhórtese a los Tribunales embargantes con una antelación de diez días. (Art. 571 del C.P.C.).

Asimismo notifíquese a Rentas y a la Municipalidad pertinente.

Líbrese oficio al Registro del Automotor a los fines de actualizar informe con bloqueo de dominio el que deberá quedar incorporado en autos. NOTIFÍQUESE.

 

 

 

Texto Firmado digitalmente por:

VUCOVICH Álvaro Benjamín
JUEZ/A DE 1RA. INSTANCIA
Fecha: 2026.02.26

 

YATCHESEN Nadya Sofia
PROSECRETARIO/A LETRADO
Fecha: 2026.02.26

 

Artículo 27 (REGLAMENTO DE LA SUBASTA JUDICIAL ELECTRÓNICA): En el supuesto que el órgano judicial suspenda o cancele la subasta, deberá reflejar de inmediato tal circunstancia a través de la opción predispuesta en su Panel de Control del Portal de Subastas, para conocimiento de los interesados. Los pedidos de suspensión o cancelación de la subasta deberán formalizarse con una anticipación de veinticuatro horas a la fecha prevista como finalización, bajo pena de inadmisibilidad;debiendo transcribirse tal apercibimiento en la cédula de notificación del decreto que ordena la subasta. ".

Datos de la subasta

Expediente: 13145785
Entidad: OFICINA DE EJECUCIONES PARTICULARES-VILLA MARIA
Decreto

VILLA MARIA, 25/02/2026. Proveyendo al escrito que antecede:


Al punto 1).- Téngase presente lo manifestado.

Al punto 2).- Atento lo solicitado y constancias de autos, sáquese a la venta a través del portal de subastas judiciales electrónicas, conforme el Reglamento aprobado por “Anexo A” del Acuerdo Reglamentario Nº 165/2022 con intervención del martillero designado,  GASTON MARTIN URSELER, M.P. N º 01-699, el vehículo embargado y secuestrado en autos que se describe como: automóvil Marca PEUGEOT, modelo 208 ALLURE 1.6, Tipo SEDAN 5 PUERTAS, Modelo año 2018, Motor Marca PEUGEOT, Nro. 10DG090059752, Chasis marca PEUGEOT, Nro. 936CLNFP0JB020733, DOMINIO AC145OF, en el estado visto en que se encuentra.

Al punto 3) y 4): Tèngase presente.— 

Al punto 5) y 6) :El martillero deberá proceder a cargar fotos y/o videos del bien, en el término de 24 hs. de habilitado su panel, con las prevenciones del art. 13 inciso g y concordantes de la ley 7191. BASE: $5.000.000,00, al mejor postor. Se establece un monto incremental de $100.000,00 debiendo el comprador abonar el veinte por ciento (20%) del precio de venta en efectivo y el saldo al aprobarse la subasta, con más la comisión de ley del Martillero y el 4% para integrar el fondo para la previsión de violencia familiar, según lo dispuesto por la ley 9505, dentro del plazo de 24 hs., conforme las modalidades de pago previstas en el portal.  

Téngase presente la cuenta a la vista para uso judicial Nro. 304 / 2673309, CBU: 0200304551000002673392, abierta a la orden de este Tribunal y para estos autos. Publicítese en el Portal de Subastas Judiciales, conforme la anticipación mínima de 7  días corridos (art.18).

El Acto de Subasta tendrá una duración de cinco (5) días hábiles y se iniciará el día 21 DE ABRIL, a las 11 hs., momento a partir del cual los usuarios registrados podrán efectuar sus posturas en el Portal de Subastas, finalizando el día  28 DE  ABRIL a las 11 hs.

Los usuarios registrados en el Portal, podrán participar como postores y atento la modalidad virtual, no se admite la compra en comisión.

Hágase saber al ejecutante que en caso de solicitar eximición de consignar hasta el importe de su crédito y sin perjuicio de aquellos de mayor privilegio, deberá inscribirse como postor. 

El bien será adjudicado a quien hubiere realizado la mejor oferta. Una vez concluido el acto de subasta, y determinado el ganador, éste será notificado a la dirección de correo electrónico que hubiere denunciado al momento de su inscripción, así como en su panel de usuario del Portal. El tribunal agregará al expediente, a requerimiento del Martillero, la constancia -como acta provisoria de subasta- del resultado del remate.

Verificado el pago en el panel de control del tribunal se dispondrá la emisión del acta definitiva de remate. 

El saldo se deberá abonar luego de aprobarse la subasta a través de los medios de pago habilitados en el portal o mediante transferencia a la cuenta judicial a la vista (art. 30, última parte del Reglamento), bajo apercibimiento (art. 585 C.P.C.C.).

En cualquier caso, de no aprobarse el remate antes de los treinta días desde la fecha de realizado, el saldo devengará un interés equivalente a la tasa pasiva para uso judicial que publica el B.C.R.A., con más el 2% mensual y hasta su efectivo pago, que se considera adecuado para mantener la equivalencia entre el valor del bien objeto de la venta y su precio.

No verificado el pago por el adjudicatario en el plazo de 72 hs., previo emplazamiento,

será considerado remiso e informáticamente se dará aviso al segundo o tercer mejor postor para que proceda al pago y en el caso que éste no mantenga su interés en la compra, la subasta se declarará desierta total o parcialmente.

Multa: Ante el incumplimiento del adjudicatario, la Dirección de Administración del Poder Judicial de Córdoba, quedará habilitada para perseguir el cobro de la suma que resulte de calcular el 20% del valor ofertado, en concepto de cláusula penal, por incumplimiento de su oferta, según lo dispuesto por los arts. 974 y 790 sgts. Y concs. del CCC, mediante certificado de deuda emitido por el Tribunal, en los términos del art. 347 de la ley 6006, siendo el monto resultante destinado a la cuenta de Tasa de Justicia.

Los pedidos de suspensión o cancelación de la subasta deberán formalizarse con una anticipación de 24 hs. a la fecha prevista como finalización, bajo pena de inadmisibilidad.

Exhórtese a los Tribunales embargantes con una antelación de diez días. (Art. 571 del C.P.C.).

Asimismo notifíquese a Rentas y a la Municipalidad pertinente.

Líbrese oficio al Registro del Automotor a los fines de actualizar informe con bloqueo de dominio el que deberá quedar incorporado en autos. NOTIFÍQUESE.

 



Texto Firmado digitalmente por:VUCOVICH Álvaro Benjamín
JUEZ/A DE 1RA. INSTANCIA
Fecha: 2026.02.26
 YATCHESEN Nadya Sofia
PROSECRETARIO/A LETRADO
Fecha: 2026.02.26

Actas
Acta 1: None

 

           //llla Maria  , a veinticinco días del mes de setiembre de dos mil veinticinco , el Oficial de Justicia que suscribe se constituye en el domicilio indicado, acompañado por el mart. Gaston Urseler , autorizado para el diligenciamiento, siendo atendido en el lugar por el sr Jonahatan Pintos DNI 38.021.815 a quien previa las formalidades de ley impuse mi cometido .- Acto seguido procedo al SECUESTRO  del siguiente bien : Un automovil marca Peugeot , modelo 208 ,   dominio AC145OF, no pudiendo constatar numero de motor y chasis, por no ser perito en la materia,  con los siguientes detalles :  cubiertas usadas , golpe tapa de baúl , paragolpe trasero izquierdo rayado, parrilla delantera rota , golpe capo, espejo delantero derecho, roto cubierta auxiliar puesta rueda delantera derecha, golpes y rayones propias del uso, auxiliar, gato y llave de rueda, el que pongo en posesión del mart. Gaston Urseler , quien lo recibe en el estado en que se encuentra y lo traslada al domicilio de Calle 16 esq. 13 ( Chazon ) .- Con lo que se  da por terminado el acto el que previa lectura y ratificación firman los intervinientes , a quien en este acto hago entrega de copia del Mandamiento que ordena la medida y de la presente , todo por ante mi Oficial de Justicia de lo que doy fe .-

                                               Victor Gerardo Rodriguez

                                               Oficial de Justicia Ad. Hoc 

Foto de perfil de GASTON MARTIN URSELER

Martillero: GASTON MARTIN URSELER

Matrícula: 01-0699

Matrícula pública: 05-1144

Teléfono: 351-155157527

Ubicación

Dirección: CALLE 13 ESQ 16

Exhibición: Dias Habiles por la tarde previo coordinar con el Martillero Gaston Urseler al TE 351 5157527

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