VOLKSWAGEN, tipo CHASIS C/ CABINA, modelo 17.250 E

Un CAMION, marca VOLKSWAGEN, tipo CHASIS C/ CABINA, modelo 17.250 E/2008 motor marca, CUMMINS N° 30924063, CHASIS MARCA VOLKSWAGEN N° 9BW9N82438R815586, año 2008, DOMINIO HAI-104 inscripto en el Registro Nacional de la Propiedad del Automotor en un 100% a nombre de la razón social EL PATURUZU S.A CUIT: 30-70950851-9, en el estado en que se encuentra, a saber: "...que presenta cabina color blanco, caja de carga con laterales de chapa color rojo, cubierta de lona color azul, parada sobre sus dos ejes, con ruedas con cubiertas en regular estado de conservación; no puedo constatar el estado del interior de la cabina, ni tampoco verificar el funcionamiento del motor.

Datos de la subasta

Expediente: 3585080
Entidad: J.1A INST.C.C.FAM.7A-SEC.14 -RIO CUARTO
Decreto

RIO CUARTO, 20/03/2026. Atento lo solicitado y constancias de autos: Sáquese a la venta a través del portal de subastas judiciales electrónicas, conforme el Reglamento aprobado por “Anexo Único”, del Acuerdo Reglamentario N° 167, Serie B, del 16/05/2024, con intervención del martillero designado Polack, Delfin Armando 01- 2411, los siguientes BIENES MUEBLES REGISTRABLES secuestrados en autos y que se describe como:
• Un CAMION, marca VOLKSWAGEN, tipo CHASIS C/ CABINA, modelo 17.250 E/2008 motor marca, CUMMINS N° 30924063, CHASIS MARCA VOLKSWAGEN N° 9BW9N82438R815586, año 2008, DOMINIO HAI-104 inscripto en el Registro Nacional de la Propiedad del Automotor en un 100% a nombre de la razón social EL PATURUZU S.A CUIT: 30-70950851-9, en el estado en que se encuentra, a saber: "...que presenta cabina color blanco, caja de carga con laterales de chapa color rojo, cubierta de lona color azul, parada sobre sus dos ejes, con ruedas con cubiertas en regular estado de conservación; no puedo constatar el estado del interior de la cabina, ni tampoco verificar el funcionamiento del motor, por cuanto las llaves de la unidad no se encuentren en la concesionaria y las puertas de la cabina se encuentran cerradas con llave...", conforme surge del oficio de secuestro de fecha 24/02/2025, efectivizado con fecha 05/03/2025; en tanto con fecha 17/09/2025 donde además se constató: …Camión Volkswagen dominio HAI104, se encuentran en las mismas condiciones en las que se encontraban y se describen en el acta labrada por el Suscripto con fecha 05/03/2025… B) Que el camión marca Volkswagen, dominio HAI104, tampoco pudo ser su motor encendido, por cuanto la batería se encuentra completamente descargada. En cuanto al habitáculo constato que se encuentra en regular estado de conservación, presentando el radio CD desmontado, y la butaca del conductor tiene el tapizado roto; con suciedad (polvillo) en sus superficies. Dejo constancia que en una guantera abierta superior del camión se encontraba la documentación de la unidad, la cual se entrega al autorizado, las que describo a continuación: Cédula verde con número de control 28630109 y constancias de ruta. En atención al estado del vehículo (conforme oficio de secuestro agregado en autos), el modelo y que la subasta llevada a cabo con anterioridad ha quedado desierta, el martillero actuante manifiesta reducir en un 30% el monto consignado para la subasta anterior ($37.000.000), todo ello de conformidad a lo establecido por el art.20 del anexo y Acuerdo precedentemente mencionado; por lo cual el vehículo saldrá a la venta con la base de $25.900.000 y al mejor postor. Se establece un monto Incremental de $259.000.
• Un CAMION, marca MERCEDES BENZ, tipo CHASIS C/ CABINA, modelo L1218 R motor marca, MERCEDES BENZ N° 37794010-454601, CHASIS MARCA MERCEDES BENZ N° 9BM694004YB219551, año 2000, DOMINIO DII-998 inscripto en el Registro Nacional de la Propiedad del Automotor en un 100% a nombre de la razón social EL PATURUZU S.A CUIT: 30-70950851-9, en el estado en que se encuentra a saber: "...el que se encuentra parado sobre sus dos ejes, con ruedas con cubiertas en mal estado de conservación, con caja de carga con laterales de chapa, color rojo, con pintura con desgaste, y cubierta de lona color azul rota. El chasis es de color negro; las ópticas traseras tienen los plásticos rotos, el paragolpe trasero doblado en extremo derecho. Tiene una rueda de auxilio con cubierta en mal estado. El interior de la cabina presenta abundante suciedad, tapizados de butacas rotos y luz de interior desprendida; cubierta del manubrio en mal estado; debajo del torpedo se observan tuberías (mangueras) desconectadas y colgando. No es posible verificar el funcionamiento del motor por cuanto no se encuentran las llaves del camión en la concesionaria. El camión es de color blanco...", conforme surge del oficio de secuestro de fecha 24/02/2025, efectivizado con fecha 05/03/2025; en tanto con fecha 17/09/2025 se constató: … 2) Camión Mercedes Benz dominio DII998, modelo L1218R …, se encuentran en las mismas condiciones en las que se encontraban y se describen en el acta labrada por el Suscripto con fecha 05/03/2025. (…) A) Que el camión Mercedes Benz, dominio DII998 no puede ponerse en marcha el motor por cuanto presenta la batería de energía completamente descargada. Que el interior de su habitáculo se encuentra en las mismas condiciones constatadas en el acto del 05/3/2025; observándose que se encuentra con mucha tierra (polvo) acumulado en sus superficies. En atención al estado del vehículo (conforme oficio de secuestro agregado en autos), el modelo, y que la subasta llevada a cabo con anterioridad ha quedado desierta, el martillero actuante manifiesta reducir en un 30% el monto consignado para la subasta anterior ($28.000.000), todo ello de conformidad a lo establecido por el art.20 del anexo y Acuerdo precedentemente mencionado; por lo que el vehículo saldrá a la venta con la base de $19.600.000 y al mejor postor. Se establece un monto Incremental de $190.000.
Fíjase como fecha para el inicio de la subasta el día miércoles 22/04/2026, a las 11:00 hs., la que tendrá una duración de cinco días hábiles, momento a partir del cual los usuarios registrados podrán efectuar sus posturas en el Portal de Subastas, finalizando el día miércoles 29/04/2026 a las 11:00 hs.
En atención a que el bloqueo registral de los vehículos a subastarse vencen el día 17/04/2026, póngase en conocimiento del Martillero que deberá diligenciar nuevo oficio al Registro de la Propiedad del Automotor correspondiente a fin de contar con el certificado de estado de dominio actualizado y el bloqueo registral vigente a la fecha de subasta aquí fijada.-
La oferta de quien resulte mejor postor deberá efectivizarse a través de las modalidades de pago autorizadas en el portal, debiendo el comprador abonar en el plazo de 48hs. de finalizado el remate el veinte por ciento (20%) del valor de su compra, con más la comisión de la ley al martillero, y el aporte del cuatro por ciento (4%) sobre el precio de la subasta (Fondo para la prevención de la violencia familiar, Art 24 Ley 9505, modif. por Decr. N° 480/14), y demás comisiones e impuestos que resulten a su cargo. Atento la modalidad virtual, no se admite la compra en comisión. El adjudicatario de un bien registrable podrá informar fehacientemente al Tribunal, antes del auto de aprobación de subasta el porcentaje a ceder a uno o más terceros, a los fines de conformar un condominio diviso o indiviso sobre el bien subastado. El bien será adjudicado a quien hubiere realizado la mejor oferta, conforme el Reglamento de subastas electrónicas referenciado. Una vez concluido el acto de subasta y determinado el ganador, este será notificado en su panel de usuario del Portal y -supletoriamente- a la dirección de correo electrónico que hubiere denunciado al momento de su inscripción. Verificado el pago en el panel de control del Tribunal, a requerimiento del Martillero, se agregará al expediente la constancia -como acta provisoria de subasta- del resultado del remate. No constando en el Portal el pago por el adjudicatario en el plazo de 72 hs. y previo emplazamiento si el juez lo considera conveniente, será considerado remiso e informáticamente se dará aviso al segundo mejor postor para que proceda al pago. En su defecto, se dará aviso al tercer mejor postor, a iguales fines. En el caso de que ninguno de ellos mantenga su interés en la compra, la subasta se declarará desierta total o parcialmente (art. 33). Ante el incumplimiento del adjudicatario, la Dirección de Administración del Poder Judicial de Córdoba quedará habilitada para perseguir el cobro de la suma que resulte de calcular el veinte por ciento (20%) del valor ofertado, en concepto de cláusula penal por incumplimiento de su oferta, según lo dispuesto por los artículos 974 y 790 siguientes y concordantes del Código Civil y Comercial de la Nación, siendo el monto resultante destinado a la cuenta de Tasa de Justicia, conforme el procedimiento dispuesto por el art. 34 del Reglamento. Los pedidos de suspensión o cancelación de la subasta deberán formalizarse con una anticipación de 24 hs. a la fecha prevista como finalización, bajo pena de inadmisibilidad; debiendo transcribirse tal apercibimiento en la cédula de notificación del decreto que ordena la subasta (art. 27).
El saldo se deberá abonar luego de aprobarse la subasta mediante transferencia electrónica (art. 30, última parte del Reglamento), en la Cuenta Judicial a la vista Nº 302/3645402; CBU 0200302151000003645424, bajo apercibimiento (art. 585 C.P.C.C.). En cualquier caso, de no aprobarse el remate antes de los treinta días desde la fecha de realizado, y con independencia de a quien le sea imputable la demora, el saldo devengará un interés equivalente a la tasa pasiva para uso judicial que publica el B.C.R.A., con más el 4% mensual y hasta su efectivo pago, que se considera adecuado para mantener la equivalencia entre el valor del bien objeto de la venta y su precio. Una vez verificado el pago por el tribunal en su Panel de Control, se procederá conforme lo establecido en el art. 589 y conc. CPCC. Atento la naturaleza del bien cuya subasta se ordena –mueble registrable-, el carácter constitutivo de la inscripción registral a los fines de determinar la propiedad del mismo, la circunstancia de considerárselo una cosa riesgosa y a fin de evitar posibles responsabilidades derivadas del uso del rodado sin estar efectivizada la inscripción dominial respectiva a favor del adquirente, hágase saber que la entrega de la unidad se realizará una vez que se acredite el ingreso por ante el Registro del Automotor que correspondiera, del trámite concerniente a la inscripción registral de la unidad a favor del comprador, la que se podrá efectuar una vez aprobada la subasta y acreditado el pago del saldo de precio, debiendo el comprador retirarla en el término de 5 días, asumiendo los gastos pertinentes; bajo apercibimiento de hacerse cargo de los gastos de depósito que pudieran generarse con posterioridad. Publíquese la existencia del remate en el “Portal de Subastas del Poder Judicial” conforme la anticipación de 7 días (art. 18). Hágase saber al martillero que deberá:
A) Publicar en el “Portal” una descripción detallada del bien registrable, al menos 6 (seis) fotografías y 1 (un) video. Además, fotografías de los informes de dominio, datos profesionales y de contacto del Martillero designado y todo otro dato que pueda resultar de interés y que surja de las constancias de autos. Ello deberá reflejar adecuadamente el estado, calidad y dimensiones, en su caso, del bien objeto del acto.
B) Responder adecuadamente las consultas de los interesados en el plazo de dos días de realizada la consulta en el “Portal”, de manera de que los interesados tengan real dimensión de las características del bien objeto de la venta.
C) Presentar una cuenta de gastos tres días antes de la subasta (art. 53 inc. a de la citada ley);
D) Rendir cuentas dentro del plazo de 10 días, en los términos y bajo el apercibimiento fijado por el art. 13 inc. K de la Ley 7191.
E) Remitir, en el término de 3 días hábiles, por correo electrónico, a la casilla de correo subastas@justiciacordoba.gob.ar, la planilla mencionada en el punto II) de los Considerandos de dicho acuerdo -como archivo adjunto- con el asunto “Informe ARCA”. Luego deberá incorporar al expediente una constancia de esa remisión (Ac. Regl. Nº 124 Serie “B” del 07/10/2014);
F) Acreditar, en el plazo de 5 días de realizada la subasta, el diligenciamiento del oficio de comunicación del remate al Registro Nacional de la Propiedad del Automotor y Registro General de la Provincia, haciéndolo responsable en los términos del art. 58 y conc. de Ley 7191 y modif.
G) Acreditar el pago del impuesto a la transferencia de muebles e inmuebles. Si correspondiera, además, el pago del I.V.A.
H) Efectuar los trámites de inscripción del bien subastado y las comunicaciones a los organismos Tributarios para la toma de razón del cambio de titular, en la forma ordenada por el art. 28 del Reglamento de la oficina de subastas (Ac. Regl. N° 1233/2014). Cumpliméntese las demás formalidades de ley.
Se hace saber que la revisión de los automotores a subastar será los días lunes 20/04/2026 en el horario de 11 a 15 y martes 21/04/2026 en el horario de 9 a 12, ello a fin de poner en conocimiento a los posibles interesados.
Del informe de deuda emitida por la Municipalidad de Coronel Moldes, córrase vista a las partes por el término de tres días a fin que formulen las observaciones que creyeren pertinentes (art. 592 del CPCC), bajo apercibimiento.
Asimismo de la respuesta de oficio proveniente de la D.G.R en relación a las deudas por multa de los dominios DII998 y HAI104, córrase vista a las partes por el término de tres días a fin que formulen las observaciones que creyeren pertinentes (art. 592 del CPCC), bajo apercibimiento.
Exhórtese a los Tribunales embargantes con antelación de diez (10) días, a saber: Exma. Cámara del Trabajo de Río Cuarto, Secretaria N° 2 en razón de los embargos trabados en autos “FRACCAROLLI HECTOR DANIEL C/ EL PATURUZU S.A- ORDINARIO DESPIDO EXPTE. 735388”; (Cfme. copia de la documental incorporada en autos) y Oficina de Cobros Particulares de Tercera Nominación de esta ciudad en razón del embargo trabado en autos: "CUELLO, FERNANDO JOSE C/ PATURUZU S.A - EJECUTIVO” (Expte. 14315446).
Notifíquese con transcripción del art. 27 del Reglamento y con un mínimo de 10 días de anticipación a los fines de poner en conocimiento de la presente subasta a la totalidad de partes intervinientes, a la liquidadora, al martillero y, de igual modo, a los acreedores preferentes si hubiere en los términos establecidos por el art. 571 del C.P.C.C.-

Texto Firmado digitalmente por: BUITRAGO Santiago
JUEZ/A DE 1RA. INSTANCIA
Fecha: 2026.03.26
GALIZIA Veronica Andrea
PROSECRETARIO/A LETRADO
Fecha: 2026.03.26

Actas
Acta

COPIA ACTA ACUERDO REGLAMENTARIO N° 5, SERIE “B”, AÑO 1986, TSJ.-
En la ciudad de Río Cuarto, Provincia de Córdoba, a cinco días del mes de marzo del año dos mil veinticinco, siendo las 9:45 hs., previas las formalidades de ley, por mis propios medios, me constituí juntamente con el/a autorizado/a Martillero Delfín Armando Polack, Mat. Prof. 01-2411, en el domicilio de AGECER- CONCESIONARIA VOLVO OFICIAL, sito en Ruta A005 Km 9.5 (Ex ruta 36 frente a canal 13) esta ciudad de Río Cuarto, a fin de dar cumplimiento a la orden judicial precedente, librada en los autos caratulados “VIZZO. ANDREA MARIA C/ EL PATURUZU S.A. - ACCIONES SOCIETARIAS” (Expte. N° 3585080). En el lugar soy atendido por Bruno Molayoli, DNI 30.705.049, quien dijo ser gerente de post venta de la concesionaria, a quien hago conocer acabadamente del contenido de la orden judicial que antecede y quien no puso reparos a la medida. Acto seguido procedo a Secuestrar los siguientes bienes: 1) Acoplado marca Bonano, dominio FRW 613, el que se encuentra parado sobre sus tres ejes de ruedas duales, que presenta cubiertas en mal estado de conservación, chasis color amarillo, laterales de chapa color rojo; cubierta de lona azul rota. También dos ruedas de auxilio con cubiertas en mal estado. Ambos ejes traseros presentan cubiertas en mal estado. Ambos ejes traseros presentan dos llantas sin cubiertas (total cuatro cubiertas son las que faltan). La pintura del acoplado se observa desgastada, y ausente en sectores de óxido. 2) Un camión Mercedes Benz, dominio DII 998, el que se encuentra parado sobre sus dos ejes, con ruedas con cubiertas en mal estado de conservación, con caja de carga con laterales de chapa, color rojo, con pintura con desgaste, y cubierta de lona color azul rota. El chasis es de color negro; las ópticas traseras tienen los plásticos rotos, el paragolpe trasero deblado en extremo derecho. Tiene una rueda de auxilio con cubierta en mal estado. El interior de la cabina presenta abundante suciedad, tapizados de butacas rotos y luz de interior desprendida; cubierta del manubrio en mal estado; debajo del torpedo se observan tuberías (mangueras) desconectadas y colgando. No es posible verificar el funcionamiento del motor por cuanto no se encuentran las llaves del camión en la concesionaria. El camión es de color blanco. 3) Un camión Volkswagen, dominio HAI 104, que presenta cabina color blanco, caja de carga con laterales de chapa color rojo, cubierta de lona color azul, parado sobre sus dos ejes, con ruedas con cubiertas en regular estado de conservación; no puedo constatar el estado del interior de la cabina, ni tampoco verificar el funcionamiento del motor, por cuanto las llaves de la unidad no se encuentren en la concesionaria y las puertas de la cabina se encuentran cerradas con llave. Se toman fotografías de los bienes secuestrados, las que serán agregadas a la presente. Acto seguido, procedo a poner los bienes secuestrados, a disposición del martillero Delfin Armando Polack, DNI 24.333.490, quien manifiesta que recibe los bienes, lo cuales no traslada a otro lugar, que deja los bienes en el domicilio atendo la imposibilidad de trasladar los mismos. Seguidamente, invito a los intervinientes a firmar el presente acto, manifestando el Sr. Bruno Molayoli su voluntad de no firmar. Entrego copia de la orden y de la presente. Doy por finazalido el acto, el que previa lectura y ratificación firma, Delfin Armando Polack, no firma el Sr Bruno Molayoli por no querer hacerlo, por ante mí, Oficial de Justicia, que doy fe.-

COPIA ACUERDO REGLAMENTARIO N° 5, SERIE “B”, AÑO 1986, TSJ.- En la ciudad de Río Cuarto, Provincia de Córdoba, a diecisiete días del mes de setiembre del año dos mil veinticinco, siendo las 12:00 hs., previas las formalidades de ley, por mis propios medios, me constituí juntamente con el/a autorizado/a Martillero Delfín Armando Polack, Mat. Prof. 01-2411, en el domicilio de AGECER- CONCESIONARIA VOLVO OFICIAL, sito en Ruta A005 Km 9.5 (Ex ruta 36 frente a canal 13) esta ciudad de Río Cuarto, a fin de dar cumplimiento a la orden judicial precedente, librada en los autos caratulados “VIZZO. ANDREA MARIA C/ EL PATURUZU S.A. - ACCIONES SOCIETARIAS” (Expte. N° 3585080). En el lugar procedo a Constatar que los bienes muebles registrables que se indican en el mandamiento: 1) Acoplado dominio FRW613 marca Bonano; 2) Camión Mercedes Benz dominio DII998, modelo L1218R y 3) Camión Volkswagen dominio HAI104, se encuentran en las mismas condiciones en las que se encontraban y se describen en el acta labrada por el Suscripto con fecha 05/03/2025; la que tengo a la vista y de la que agrego una copia a la presente. Seguidamente haciendo uso de las llaves de los camiones que en la ocasión acompaña el Martillero Delfín Armando Polack procedo a constatar lo siguiente, conforme lo ordena la manda de referencia: A) Que el camión Mercedes Benz, dominio DII998 no puede ponerse en marcha el motor por cuanto presenta la batería de energía completamente descargada. Que el interior de su habitáculo se encuentra en las mismas condiciones constatadas en el acto del 05/3/2025; observándose que se encuentra con mucha tierra (polvo) acumulado en sus superficies. B) Que el camión marca Volkswagen, dominio HAI104, tampoco pudo ser su motor encendido, por cuanto la batería se encuentra completamente descargada. En cuanto al habitáculo constato que se encuentra en regular estado de conservación, presentando el radio CD desmontado, y la butaca del conductor tiene el tapizado roto; con suciedad (polvillo) en sus superficies. Dejo constancia que en una guantera abierta superior del camión se encontraba la documentación de la unidad, la cual se entrega al autorizado, las que describo a continuación: Cédula verde con número de control 28630109 y constancias de ruta. Se toman fotografías, las que serán agregadas a la presente. Dejo copia de la orden y de la presente. Doy por finalizado el acto, el que previa lectura y ratificación, firma Delfín Armando Polack, por ante mí, Oficial de Justicia, que doy fe.-

Foto de perfil de Delfin Armando Polack

Martillero: Delfin Armando Polack

Matrícula: 01-2411

Matrícula pública: 05-2976

Teléfono: 353-4185536

VOLKSWAGEN, tipo CHASIS C/ CABINA, modelo 17.250 E

Un CAMION, marca VOLKSWAGEN, tipo CHASIS C/ CABINA, modelo 17.250 E/2008 motor marca, CUMMINS N° 30924063, CHASIS MARCA VOLKSWAGEN N° 9BW9N82438R815586, año 2008, DOMINIO HAI-104 inscripto en el Registro Nacional de la Propiedad del Automotor en un 100% a nombre de la razón social EL PATURUZU S.A CUIT: 30-70950851-9, en el estado en que se encuentra, a saber: "...que presenta cabina color blanco, caja de carga con laterales de chapa color rojo, cubierta de lona color azul, parada sobre sus dos ejes, con ruedas con cubiertas en regular estado de conservación; no puedo constatar el estado del interior de la cabina, ni tampoco verificar el funcionamiento del motor.

Datos de la subasta

Expediente: 3585080
Entidad: J.1A INST.C.C.FAM.7A-SEC.14 -RIO CUARTO
Decreto

RIO CUARTO, 20/03/2026. Atento lo solicitado y constancias de autos: Sáquese a la venta a través del portal de subastas judiciales electrónicas, conforme el Reglamento aprobado por “Anexo Único”, del Acuerdo Reglamentario N° 167, Serie B, del 16/05/2024, con intervención del martillero designado Polack, Delfin Armando 01- 2411, los siguientes BIENES MUEBLES REGISTRABLES secuestrados en autos y que se describe como:
• Un CAMION, marca VOLKSWAGEN, tipo CHASIS C/ CABINA, modelo 17.250 E/2008 motor marca, CUMMINS N° 30924063, CHASIS MARCA VOLKSWAGEN N° 9BW9N82438R815586, año 2008, DOMINIO HAI-104 inscripto en el Registro Nacional de la Propiedad del Automotor en un 100% a nombre de la razón social EL PATURUZU S.A CUIT: 30-70950851-9, en el estado en que se encuentra, a saber: "...que presenta cabina color blanco, caja de carga con laterales de chapa color rojo, cubierta de lona color azul, parada sobre sus dos ejes, con ruedas con cubiertas en regular estado de conservación; no puedo constatar el estado del interior de la cabina, ni tampoco verificar el funcionamiento del motor, por cuanto las llaves de la unidad no se encuentren en la concesionaria y las puertas de la cabina se encuentran cerradas con llave...", conforme surge del oficio de secuestro de fecha 24/02/2025, efectivizado con fecha 05/03/2025; en tanto con fecha 17/09/2025 donde además se constató: …Camión Volkswagen dominio HAI104, se encuentran en las mismas condiciones en las que se encontraban y se describen en el acta labrada por el Suscripto con fecha 05/03/2025… B) Que el camión marca Volkswagen, dominio HAI104, tampoco pudo ser su motor encendido, por cuanto la batería se encuentra completamente descargada. En cuanto al habitáculo constato que se encuentra en regular estado de conservación, presentando el radio CD desmontado, y la butaca del conductor tiene el tapizado roto; con suciedad (polvillo) en sus superficies. Dejo constancia que en una guantera abierta superior del camión se encontraba la documentación de la unidad, la cual se entrega al autorizado, las que describo a continuación: Cédula verde con número de control 28630109 y constancias de ruta. En atención al estado del vehículo (conforme oficio de secuestro agregado en autos), el modelo y que la subasta llevada a cabo con anterioridad ha quedado desierta, el martillero actuante manifiesta reducir en un 30% el monto consignado para la subasta anterior ($37.000.000), todo ello de conformidad a lo establecido por el art.20 del anexo y Acuerdo precedentemente mencionado; por lo cual el vehículo saldrá a la venta con la base de $25.900.000 y al mejor postor. Se establece un monto Incremental de $259.000.
• Un CAMION, marca MERCEDES BENZ, tipo CHASIS C/ CABINA, modelo L1218 R motor marca, MERCEDES BENZ N° 37794010-454601, CHASIS MARCA MERCEDES BENZ N° 9BM694004YB219551, año 2000, DOMINIO DII-998 inscripto en el Registro Nacional de la Propiedad del Automotor en un 100% a nombre de la razón social EL PATURUZU S.A CUIT: 30-70950851-9, en el estado en que se encuentra a saber: "...el que se encuentra parado sobre sus dos ejes, con ruedas con cubiertas en mal estado de conservación, con caja de carga con laterales de chapa, color rojo, con pintura con desgaste, y cubierta de lona color azul rota. El chasis es de color negro; las ópticas traseras tienen los plásticos rotos, el paragolpe trasero doblado en extremo derecho. Tiene una rueda de auxilio con cubierta en mal estado. El interior de la cabina presenta abundante suciedad, tapizados de butacas rotos y luz de interior desprendida; cubierta del manubrio en mal estado; debajo del torpedo se observan tuberías (mangueras) desconectadas y colgando. No es posible verificar el funcionamiento del motor por cuanto no se encuentran las llaves del camión en la concesionaria. El camión es de color blanco...", conforme surge del oficio de secuestro de fecha 24/02/2025, efectivizado con fecha 05/03/2025; en tanto con fecha 17/09/2025 se constató: … 2) Camión Mercedes Benz dominio DII998, modelo L1218R …, se encuentran en las mismas condiciones en las que se encontraban y se describen en el acta labrada por el Suscripto con fecha 05/03/2025. (…) A) Que el camión Mercedes Benz, dominio DII998 no puede ponerse en marcha el motor por cuanto presenta la batería de energía completamente descargada. Que el interior de su habitáculo se encuentra en las mismas condiciones constatadas en el acto del 05/3/2025; observándose que se encuentra con mucha tierra (polvo) acumulado en sus superficies. En atención al estado del vehículo (conforme oficio de secuestro agregado en autos), el modelo, y que la subasta llevada a cabo con anterioridad ha quedado desierta, el martillero actuante manifiesta reducir en un 30% el monto consignado para la subasta anterior ($28.000.000), todo ello de conformidad a lo establecido por el art.20 del anexo y Acuerdo precedentemente mencionado; por lo que el vehículo saldrá a la venta con la base de $19.600.000 y al mejor postor. Se establece un monto Incremental de $190.000.
Fíjase como fecha para el inicio de la subasta el día miércoles 22/04/2026, a las 11:00 hs., la que tendrá una duración de cinco días hábiles, momento a partir del cual los usuarios registrados podrán efectuar sus posturas en el Portal de Subastas, finalizando el día miércoles 29/04/2026 a las 11:00 hs.
En atención a que el bloqueo registral de los vehículos a subastarse vencen el día 17/04/2026, póngase en conocimiento del Martillero que deberá diligenciar nuevo oficio al Registro de la Propiedad del Automotor correspondiente a fin de contar con el certificado de estado de dominio actualizado y el bloqueo registral vigente a la fecha de subasta aquí fijada.-
La oferta de quien resulte mejor postor deberá efectivizarse a través de las modalidades de pago autorizadas en el portal, debiendo el comprador abonar en el plazo de 48hs. de finalizado el remate el veinte por ciento (20%) del valor de su compra, con más la comisión de la ley al martillero, y el aporte del cuatro por ciento (4%) sobre el precio de la subasta (Fondo para la prevención de la violencia familiar, Art 24 Ley 9505, modif. por Decr. N° 480/14), y demás comisiones e impuestos que resulten a su cargo. Atento la modalidad virtual, no se admite la compra en comisión. El adjudicatario de un bien registrable podrá informar fehacientemente al Tribunal, antes del auto de aprobación de subasta el porcentaje a ceder a uno o más terceros, a los fines de conformar un condominio diviso o indiviso sobre el bien subastado. El bien será adjudicado a quien hubiere realizado la mejor oferta, conforme el Reglamento de subastas electrónicas referenciado. Una vez concluido el acto de subasta y determinado el ganador, este será notificado en su panel de usuario del Portal y -supletoriamente- a la dirección de correo electrónico que hubiere denunciado al momento de su inscripción. Verificado el pago en el panel de control del Tribunal, a requerimiento del Martillero, se agregará al expediente la constancia -como acta provisoria de subasta- del resultado del remate. No constando en el Portal el pago por el adjudicatario en el plazo de 72 hs. y previo emplazamiento si el juez lo considera conveniente, será considerado remiso e informáticamente se dará aviso al segundo mejor postor para que proceda al pago. En su defecto, se dará aviso al tercer mejor postor, a iguales fines. En el caso de que ninguno de ellos mantenga su interés en la compra, la subasta se declarará desierta total o parcialmente (art. 33). Ante el incumplimiento del adjudicatario, la Dirección de Administración del Poder Judicial de Córdoba quedará habilitada para perseguir el cobro de la suma que resulte de calcular el veinte por ciento (20%) del valor ofertado, en concepto de cláusula penal por incumplimiento de su oferta, según lo dispuesto por los artículos 974 y 790 siguientes y concordantes del Código Civil y Comercial de la Nación, siendo el monto resultante destinado a la cuenta de Tasa de Justicia, conforme el procedimiento dispuesto por el art. 34 del Reglamento. Los pedidos de suspensión o cancelación de la subasta deberán formalizarse con una anticipación de 24 hs. a la fecha prevista como finalización, bajo pena de inadmisibilidad; debiendo transcribirse tal apercibimiento en la cédula de notificación del decreto que ordena la subasta (art. 27).
El saldo se deberá abonar luego de aprobarse la subasta mediante transferencia electrónica (art. 30, última parte del Reglamento), en la Cuenta Judicial a la vista Nº 302/3645402; CBU 0200302151000003645424, bajo apercibimiento (art. 585 C.P.C.C.). En cualquier caso, de no aprobarse el remate antes de los treinta días desde la fecha de realizado, y con independencia de a quien le sea imputable la demora, el saldo devengará un interés equivalente a la tasa pasiva para uso judicial que publica el B.C.R.A., con más el 4% mensual y hasta su efectivo pago, que se considera adecuado para mantener la equivalencia entre el valor del bien objeto de la venta y su precio. Una vez verificado el pago por el tribunal en su Panel de Control, se procederá conforme lo establecido en el art. 589 y conc. CPCC. Atento la naturaleza del bien cuya subasta se ordena –mueble registrable-, el carácter constitutivo de la inscripción registral a los fines de determinar la propiedad del mismo, la circunstancia de considerárselo una cosa riesgosa y a fin de evitar posibles responsabilidades derivadas del uso del rodado sin estar efectivizada la inscripción dominial respectiva a favor del adquirente, hágase saber que la entrega de la unidad se realizará una vez que se acredite el ingreso por ante el Registro del Automotor que correspondiera, del trámite concerniente a la inscripción registral de la unidad a favor del comprador, la que se podrá efectuar una vez aprobada la subasta y acreditado el pago del saldo de precio, debiendo el comprador retirarla en el término de 5 días, asumiendo los gastos pertinentes; bajo apercibimiento de hacerse cargo de los gastos de depósito que pudieran generarse con posterioridad. Publíquese la existencia del remate en el “Portal de Subastas del Poder Judicial” conforme la anticipación de 7 días (art. 18). Hágase saber al martillero que deberá:
A) Publicar en el “Portal” una descripción detallada del bien registrable, al menos 6 (seis) fotografías y 1 (un) video. Además, fotografías de los informes de dominio, datos profesionales y de contacto del Martillero designado y todo otro dato que pueda resultar de interés y que surja de las constancias de autos. Ello deberá reflejar adecuadamente el estado, calidad y dimensiones, en su caso, del bien objeto del acto.
B) Responder adecuadamente las consultas de los interesados en el plazo de dos días de realizada la consulta en el “Portal”, de manera de que los interesados tengan real dimensión de las características del bien objeto de la venta.
C) Presentar una cuenta de gastos tres días antes de la subasta (art. 53 inc. a de la citada ley);
D) Rendir cuentas dentro del plazo de 10 días, en los términos y bajo el apercibimiento fijado por el art. 13 inc. K de la Ley 7191.
E) Remitir, en el término de 3 días hábiles, por correo electrónico, a la casilla de correo subastas@justiciacordoba.gob.ar, la planilla mencionada en el punto II) de los Considerandos de dicho acuerdo -como archivo adjunto- con el asunto “Informe ARCA”. Luego deberá incorporar al expediente una constancia de esa remisión (Ac. Regl. Nº 124 Serie “B” del 07/10/2014);
F) Acreditar, en el plazo de 5 días de realizada la subasta, el diligenciamiento del oficio de comunicación del remate al Registro Nacional de la Propiedad del Automotor y Registro General de la Provincia, haciéndolo responsable en los términos del art. 58 y conc. de Ley 7191 y modif.
G) Acreditar el pago del impuesto a la transferencia de muebles e inmuebles. Si correspondiera, además, el pago del I.V.A.
H) Efectuar los trámites de inscripción del bien subastado y las comunicaciones a los organismos Tributarios para la toma de razón del cambio de titular, en la forma ordenada por el art. 28 del Reglamento de la oficina de subastas (Ac. Regl. N° 1233/2014). Cumpliméntese las demás formalidades de ley.
Se hace saber que la revisión de los automotores a subastar será los días lunes 20/04/2026 en el horario de 11 a 15 y martes 21/04/2026 en el horario de 9 a 12, ello a fin de poner en conocimiento a los posibles interesados.
Del informe de deuda emitida por la Municipalidad de Coronel Moldes, córrase vista a las partes por el término de tres días a fin que formulen las observaciones que creyeren pertinentes (art. 592 del CPCC), bajo apercibimiento.
Asimismo de la respuesta de oficio proveniente de la D.G.R en relación a las deudas por multa de los dominios DII998 y HAI104, córrase vista a las partes por el término de tres días a fin que formulen las observaciones que creyeren pertinentes (art. 592 del CPCC), bajo apercibimiento.
Exhórtese a los Tribunales embargantes con antelación de diez (10) días, a saber: Exma. Cámara del Trabajo de Río Cuarto, Secretaria N° 2 en razón de los embargos trabados en autos “FRACCAROLLI HECTOR DANIEL C/ EL PATURUZU S.A- ORDINARIO DESPIDO EXPTE. 735388”; (Cfme. copia de la documental incorporada en autos) y Oficina de Cobros Particulares de Tercera Nominación de esta ciudad en razón del embargo trabado en autos: "CUELLO, FERNANDO JOSE C/ PATURUZU S.A - EJECUTIVO” (Expte. 14315446).
Notifíquese con transcripción del art. 27 del Reglamento y con un mínimo de 10 días de anticipación a los fines de poner en conocimiento de la presente subasta a la totalidad de partes intervinientes, a la liquidadora, al martillero y, de igual modo, a los acreedores preferentes si hubiere en los términos establecidos por el art. 571 del C.P.C.C.-

Texto Firmado digitalmente por: BUITRAGO Santiago
JUEZ/A DE 1RA. INSTANCIA
Fecha: 2026.03.26
GALIZIA Veronica Andrea
PROSECRETARIO/A LETRADO
Fecha: 2026.03.26

Actas
Acta 1: None

COPIA ACTA ACUERDO REGLAMENTARIO N° 5, SERIE “B”, AÑO 1986, TSJ.-
En la ciudad de Río Cuarto, Provincia de Córdoba, a cinco días del mes de marzo del año dos mil veinticinco, siendo las 9:45 hs., previas las formalidades de ley, por mis propios medios, me constituí juntamente con el/a autorizado/a Martillero Delfín Armando Polack, Mat. Prof. 01-2411, en el domicilio de AGECER- CONCESIONARIA VOLVO OFICIAL, sito en Ruta A005 Km 9.5 (Ex ruta 36 frente a canal 13) esta ciudad de Río Cuarto, a fin de dar cumplimiento a la orden judicial precedente, librada en los autos caratulados “VIZZO. ANDREA MARIA C/ EL PATURUZU S.A. - ACCIONES SOCIETARIAS” (Expte. N° 3585080). En el lugar soy atendido por Bruno Molayoli, DNI 30.705.049, quien dijo ser gerente de post venta de la concesionaria, a quien hago conocer acabadamente del contenido de la orden judicial que antecede y quien no puso reparos a la medida. Acto seguido procedo a Secuestrar los siguientes bienes: 1) Acoplado marca Bonano, dominio FRW 613, el que se encuentra parado sobre sus tres ejes de ruedas duales, que presenta cubiertas en mal estado de conservación, chasis color amarillo, laterales de chapa color rojo; cubierta de lona azul rota. También dos ruedas de auxilio con cubiertas en mal estado. Ambos ejes traseros presentan cubiertas en mal estado. Ambos ejes traseros presentan dos llantas sin cubiertas (total cuatro cubiertas son las que faltan). La pintura del acoplado se observa desgastada, y ausente en sectores de óxido. 2) Un camión Mercedes Benz, dominio DII 998, el que se encuentra parado sobre sus dos ejes, con ruedas con cubiertas en mal estado de conservación, con caja de carga con laterales de chapa, color rojo, con pintura con desgaste, y cubierta de lona color azul rota. El chasis es de color negro; las ópticas traseras tienen los plásticos rotos, el paragolpe trasero deblado en extremo derecho. Tiene una rueda de auxilio con cubierta en mal estado. El interior de la cabina presenta abundante suciedad, tapizados de butacas rotos y luz de interior desprendida; cubierta del manubrio en mal estado; debajo del torpedo se observan tuberías (mangueras) desconectadas y colgando. No es posible verificar el funcionamiento del motor por cuanto no se encuentran las llaves del camión en la concesionaria. El camión es de color blanco. 3) Un camión Volkswagen, dominio HAI 104, que presenta cabina color blanco, caja de carga con laterales de chapa color rojo, cubierta de lona color azul, parado sobre sus dos ejes, con ruedas con cubiertas en regular estado de conservación; no puedo constatar el estado del interior de la cabina, ni tampoco verificar el funcionamiento del motor, por cuanto las llaves de la unidad no se encuentren en la concesionaria y las puertas de la cabina se encuentran cerradas con llave. Se toman fotografías de los bienes secuestrados, las que serán agregadas a la presente. Acto seguido, procedo a poner los bienes secuestrados, a disposición del martillero Delfin Armando Polack, DNI 24.333.490, quien manifiesta que recibe los bienes, lo cuales no traslada a otro lugar, que deja los bienes en el domicilio atendo la imposibilidad de trasladar los mismos. Seguidamente, invito a los intervinientes a firmar el presente acto, manifestando el Sr. Bruno Molayoli su voluntad de no firmar. Entrego copia de la orden y de la presente. Doy por finazalido el acto, el que previa lectura y ratificación firma, Delfin Armando Polack, no firma el Sr Bruno Molayoli por no querer hacerlo, por ante mí, Oficial de Justicia, que doy fe.-

COPIA ACUERDO REGLAMENTARIO N° 5, SERIE “B”, AÑO 1986, TSJ.- En la ciudad de Río Cuarto, Provincia de Córdoba, a diecisiete días del mes de setiembre del año dos mil veinticinco, siendo las 12:00 hs., previas las formalidades de ley, por mis propios medios, me constituí juntamente con el/a autorizado/a Martillero Delfín Armando Polack, Mat. Prof. 01-2411, en el domicilio de AGECER- CONCESIONARIA VOLVO OFICIAL, sito en Ruta A005 Km 9.5 (Ex ruta 36 frente a canal 13) esta ciudad de Río Cuarto, a fin de dar cumplimiento a la orden judicial precedente, librada en los autos caratulados “VIZZO. ANDREA MARIA C/ EL PATURUZU S.A. - ACCIONES SOCIETARIAS” (Expte. N° 3585080). En el lugar procedo a Constatar que los bienes muebles registrables que se indican en el mandamiento: 1) Acoplado dominio FRW613 marca Bonano; 2) Camión Mercedes Benz dominio DII998, modelo L1218R y 3) Camión Volkswagen dominio HAI104, se encuentran en las mismas condiciones en las que se encontraban y se describen en el acta labrada por el Suscripto con fecha 05/03/2025; la que tengo a la vista y de la que agrego una copia a la presente. Seguidamente haciendo uso de las llaves de los camiones que en la ocasión acompaña el Martillero Delfín Armando Polack procedo a constatar lo siguiente, conforme lo ordena la manda de referencia: A) Que el camión Mercedes Benz, dominio DII998 no puede ponerse en marcha el motor por cuanto presenta la batería de energía completamente descargada. Que el interior de su habitáculo se encuentra en las mismas condiciones constatadas en el acto del 05/3/2025; observándose que se encuentra con mucha tierra (polvo) acumulado en sus superficies. B) Que el camión marca Volkswagen, dominio HAI104, tampoco pudo ser su motor encendido, por cuanto la batería se encuentra completamente descargada. En cuanto al habitáculo constato que se encuentra en regular estado de conservación, presentando el radio CD desmontado, y la butaca del conductor tiene el tapizado roto; con suciedad (polvillo) en sus superficies. Dejo constancia que en una guantera abierta superior del camión se encontraba la documentación de la unidad, la cual se entrega al autorizado, las que describo a continuación: Cédula verde con número de control 28630109 y constancias de ruta. Se toman fotografías, las que serán agregadas a la presente. Dejo copia de la orden y de la presente. Doy por finalizado el acto, el que previa lectura y ratificación, firma Delfín Armando Polack, por ante mí, Oficial de Justicia, que doy fe.-

Foto de perfil de Delfin Armando Polack

Martillero: Delfin Armando Polack

Matrícula: 01-2411

Matrícula pública: 05-2976

Teléfono: 353-4185536

Ubicación

Dirección: Ruta A005 Km 9,5, X5800 Río Cuarto, Córdoba

Exhibición: lunes 20/04/2026 en el horario de 11 a 15 y martes 21/04/2026 en el horario de 9 a 12

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